{"id":2731,"date":"2020-05-22T19:31:00","date_gmt":"2020-05-23T00:31:00","guid":{"rendered":"https:\/\/lreyes.ml\/2020\/05\/22\/organizaciones-sociales-y-de-derechos-humanos-piden-reduccion-de-poblacion-carcelaria-con-enfoque-de-genero-para-precautelar-la-seguridad-de-las-mujeres\/"},"modified":"2020-05-22T19:31:00","modified_gmt":"2020-05-23T00:31:00","slug":"organizaciones-sociales-y-de-derechos-humanos-piden-reduccion-de-poblacion-carcelaria-con-enfoque-de-genero-para-precautelar-la-seguridad-de-las-mujeres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/2020\/05\/22\/organizaciones-sociales-y-de-derechos-humanos-piden-reduccion-de-poblacion-carcelaria-con-enfoque-de-genero-para-precautelar-la-seguridad-de-las-mujeres\/","title":{"rendered":"Organizaciones sociales y de derechos humanos piden reducci\u00f3n de poblaci\u00f3n carcelaria con enfoque de g\u00e9nero para precautelar la seguridad de las mujeres"},"content":{"rendered":"<figure id=\"attachment_2730\" aria-describedby=\"caption-attachment-2730\" style=\"width: 1000px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" size-full wp-image-2730\" src=\"https:\/\/covid-19.lreyes.ml\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/violencia_genero.png\" alt=\"\" class=\"caption\" title=\"Segu00fan informaciu00f3n recabada por organizaciones de la sociedad civil en el Ecuador cada 71 horas una mujer es asesinada por razones de gu00e9nero. Foto referencial: Pixabay.com \" align=\"none\" width=\"1000\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/inredh.org\/covid19\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/violencia_genero.png 1000w, https:\/\/inredh.org\/covid19\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/violencia_genero-300x150.png 300w, https:\/\/inredh.org\/covid19\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/violencia_genero-768x384.png 768w, https:\/\/inredh.org\/covid19\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/violencia_genero-585x293.png 585w\" sizes=\"auto, (max-width: 1000px) 100vw, 1000px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-2730\" class=\"wp-caption-text\">Segu00fan informaciu00f3n recabada por organizaciones de la sociedad civil en el Ecuador cada 71 horas una mujer es asesinada por razones de gu00e9nero. Foto referencial: Pixabay.com<\/figcaption><\/figure>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Tal como lo han se\u00f1alado <strong>organismos internacionales de derechos humanos<\/strong>, as\u00ed como la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud <strong>es imperativo reducir la poblaci\u00f3n carcelaria<\/strong> antes de que el virus ingrese a los centros de privaci\u00f3n de libertad, para evitar, en palabras del jurista Zaffaroni, un \u201ccrimen de lesa humanidad\u201d<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>.\u00a0 La experiencia en otros pa\u00edses refiere que <strong>no son suficientes las medidas<\/strong> de aislamiento y prevenci\u00f3n respecto de las c\u00e1rceles, pues estas solo ralentizan el ingreso del virus<a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a>.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">De acuerdo con <strong>informaci\u00f3n oficial proporcionada por el director de la SNAI<\/strong>, en su comparecencia del 22 de abril de 2020, ante la Comisi\u00f3n de Justicia de la Asamblea Nacional, se encuentran privadas de libertad\u00a0 39403 personas; y, para prevenir el COVID-19 se cuenta solamente con un presupuesto de 26.300 d\u00f3lares.\u00a0 Las organizaciones de Derechos Humanos <strong>hemos presentado garant\u00edas jurisdiccionales<\/strong> (H\u00e1beas Corpus y medidas cautelares) con el fin de que las autoridades judiciales se pronuncien en el sentido de garantizar los derechos a la vida y a la integridad de las personas privadas de libertad, sin embargo, todas estas acciones han sido desechadas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Hasta la fecha se han producido contagios y fallecimientos confirmados por\u00a0 Covid-19 en algunos centros de privaci\u00f3n de libertad, mientras varios familiares de personas privadas de libertad se han puesto en contacto con organizaciones de la Alianza de Derechos Humanos, para informar sobre otros casos de presuntos contagios.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Con profunda preocupaci\u00f3n conocimos la informaci\u00f3n difundida por los medios de comunicaci\u00f3n el d\u00eda <strong>21 de mayo 2020,<\/strong> donde se se\u00f1ala que el <strong>70% de personas privadas de libertad del CRS<\/strong> de Ambato<strong>, dio positivo<\/strong> para Covid-19<a href=\"#_ftn3\" name=\"_ftnref3\">[3]<\/a>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Por ello, ante <strong>el anuncio de indultos presidenciales <\/strong>que fue realizado el 28 de abril 2020, y que a\u00fan <strong>no se concreta,<\/strong> y la exclusi\u00f3n expresa en estos indultos de\u00a0 \u201cpersonas que han cometido delitos sexuales\u201d, organizaciones de derechos humanos, feministas y de la sociedad civil* que suscribimos esta alerta, <strong>requerimos del\u00a0 Estado ecuatoriano<\/strong> y de sus funciones ejecutiva, legislativa y judicial, que adopten <strong>medidas urgentes<\/strong> y necesarias para despoblar <strong>los centros de privaci\u00f3n de libertad,<\/strong> como indultos, libertad anticipada , cambios de medias cautelares, entre otras, tomando en consideraci\u00f3n los siguientes criterios para la ejecuci\u00f3n de las mismas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Precautelar la salud, integridad y vida de las personas privadas de la libertad es un principio fundamental de protecci\u00f3n de los derechos humanos, tanto en esta pandemia, como en situaciones de normalidad.\u00a0 El Estado <strong>tiene una obligaci\u00f3n reforzada de garantizar la protecci\u00f3n<\/strong> de las personas privadas de la libertad y tomar todas las medidas necesarias para evitar que la epidemia llegue a los entornos carcelarios. Sin embargo, <strong>esto no significa que puede desatenderse<\/strong> de sus obligaciones con relaci\u00f3n a la <strong>prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n de la violencia en contra de las mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes<\/strong>; por lo que la atenci\u00f3n, protecci\u00f3n y garant\u00eda de derechos de las mujeres y NNA que han sido v\u00edctimas de violencia, es un imperativo que debe abordar el Estado de manera integral y conjunta. En ese sentido, demandamos m\u00e1s medidas que viabilicen de manera inmediata la reducci\u00f3n del hacinamiento y la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n carcelaria. <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Asimismo, recalcamos que la <strong>protecci\u00f3n de mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, v\u00edctimas y sobrevivientes de violencia basada en g\u00e9nero<\/strong> requiere que no solamente se excluyan a personas que han cometido delitos sexuales sino tambi\u00e9n a todas las personas que han sido procesadas por delitos y contravenciones relacionadas con la violencia basada en g\u00e9nero, incluyendo femicidios,\u00a0 homicidios y asesinatos donde la v\u00edctima haya sido\u00a0 una mujer, y que la reducci\u00f3n de la poblaci\u00f3n carcelaria se realice con enfoque de g\u00e9nero por las siguientes razones:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\">\n<li><span style=\"font-size: 12pt;\"><strong>La lucha contra la violencia de g\u00e9nero es responsabilidad estatal y no de las v\u00edctimas<\/strong><\/span><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">La violencia basada en g\u00e9nero, constituye uno de los problemas m\u00e1s graves y estructurales del pa\u00eds. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de G\u00e9nero del INEC y CNIG<a href=\"#_ftn4\" name=\"_ftnref4\">[4]<\/a> en el a\u00f1o 2019, <strong>el 64,9% de las mujeres en el Ecuador<\/strong>, han vivido alg\u00fan tipo de violencia basada en g\u00e9nero por el hecho de ser mujeres. <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Seg\u00fan informaci\u00f3n recabada por organizaciones de la sociedad civil en el Ecuador <strong>cada 71 horas una mujer es asesinada por razones de g\u00e9nero. <\/strong>\u00a0En el marco de la emergencia sanitaria actual, desde el 12 de marzo hasta el 20 de mayo del presente a\u00f1o se registraron 17737 llamadas relacionadas con casos de violencia contra la mujer y miembros del n\u00facleo familiar<a href=\"#_ftn5\" name=\"_ftnref5\">[5]<\/a>.\u00a0 Existe evidencia de que las medidas de aislamiento han provocado un incremento de casos de violencia\u00a0 de g\u00e9nero en la mayor\u00eda de pa\u00edses y de que el encierro dificulta que las mujeres soliciten ayuda o denuncien la violencia. Desde que inici\u00f3 la pandemia, y a pesar del subregistro que existe en las condiciones actuales, en Ecuador se han registrado un total de 12 muertes violentas\u00a0 de mujeres, ni\u00f1as y j\u00f3venes<a href=\"#_ftn6\" name=\"_ftnref6\">[6]<\/a> y 186 denuncias por delitos sexuales<a href=\"#_ftn7\" name=\"_ftnref7\">[7]<\/a>. <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Seg\u00fan la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), <strong>los Estados deben adoptar medidas integrales para cumplir con la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres<\/strong>:\u00a0 a) contar con un adecuado marco jur\u00eddico de protecci\u00f3n, con una aplicaci\u00f3n efectiva del mismo y con pol\u00edticas de prevenci\u00f3n y pr\u00e1cticas que permitan actuar de una manera eficaz ante las denuncias. b) la estrategia de prevenci\u00f3n debe ser integral, es decir, debe prevenir los factores de riesgo y a la vez fortalecer las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencia contra la mujer. c) deben adoptar medidas preventivas en casos espec\u00edficos en los que es evidente que determinadas mujeres y ni\u00f1as pueden ser v\u00edctimas de violencia<a href=\"#_ftn8\" name=\"_ftnref8\">[8]<\/a>.\u00a0 <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Las obligaciones del Estado, en el contexto de emergencia se ven reforzadas y <strong>son a\u00fan m\u00e1s exigibles en condiciones de emergencia.<\/strong> As\u00ed, el\u00a0 Secretario General de las Naciones Unidas ha hecho un llamado a los Estados para \u201cque hagan de la prevenci\u00f3n y la gesti\u00f3n de la violencia contra las mujeres una parte fundamental de sus planes de respuesta nacionales ante el COVID-19\u201d.\u00a0 <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">En el marco de las obligaciones del Estado, <strong>dejar agresores de mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes en libertad<\/strong>, en un contexto en el cual la violencia de g\u00e9nero se ha recrudecido a efectos del propio encierro y\u00a0 donde el Estado ha reconocido su <strong>incapacidad de garantizar un acceso<\/strong> a los servicios de justicia enviar\u00eda\u00a0 un <strong>mensaje de impunidad<a href=\"#_ftn9\" name=\"_ftnref9\">[9]<\/a><\/strong>\u00a0 y un <strong>mensaje de indefensi\u00f3n a las v\u00edctimas y sobrevivientes<\/strong> que se encuentran en estos momentos\u00a0 encerradas y aisladas por la pandemia.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">De esta forma, los mensajes y esfuerzos que est\u00e9 llevando a cabo el Ecuador\u00a0 para la prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n de las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero se neutralizar\u00edan con decisiones judiciales que liberen a agresores de mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes sentenciados o en prisi\u00f3n preventiva, sea por cambio de r\u00e9gimen penitenciario o a trav\u00e9s de indultos o medidas sustitutivas a la prisi\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"2\">\n<li><span style=\"font-size: 12pt;\"><strong>Derechos de las v\u00edctimas a una reparaci\u00f3n sin re victimizaci\u00f3n<\/strong><\/span><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">La Corte IDH ha se\u00f1alado que, durante los procesos judiciales, las v\u00edctimas son sujeto de derechos<a href=\"#_ftn10\" name=\"_ftnref10\">[10]<\/a>, por ello las mujeres v\u00edctimas de violencia deben ser escuchadas en todos los asuntos que les afecten incluyendo la posibilidad de liberaci\u00f3n de sus agresores, y sus derechos deben ser protegidos y respetados a lo largo de los procesos judiciales, en particular, su derecho a un debido proceso, a la no re victimizaci\u00f3n, a la salud integral, a una reparaci\u00f3n integral, entre otros.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Las obligaciones de respetar y garantizar la protecci\u00f3n de los derechos de las v\u00edctimas de delitos\u00a0 no se agotan durante el proceso judicial, sino que se extienden a cualquier otra situaci\u00f3n que acontezca durante la privaci\u00f3n de libertad de los agresores.\u00a0 El Estado debe brindar garant\u00edas de protecci\u00f3n y no repetici\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">La obligaci\u00f3n de sancionar diligentemente a los agresores de violencias hacia las mujeres y ni\u00f1as establecida por la Convenci\u00f3n Bel\u00e9m do Par\u00e1 exige evaluar con m\u00e1ximo cuidado y precauci\u00f3n la concesi\u00f3n de mecanismos alternativos a la prisi\u00f3n, incluso en situaciones de emergencia sanitaria, ya que los derechos de las v\u00edctimas no se suspenden ni se anulan durante dichas emergencias.\u00a0 En este sentido y considerando que la mayor cantidad de delitos relacionados con la violencia basada en g\u00e9nero se presentan dentro de los entornos familiares, el Estado debe generar medidas de protecci\u00f3n de las personas privadas de la libertad, sin que esto implique cargar a las v\u00edctimas y sobrevivientes, su cuidado y protecci\u00f3n durante la pandemia y exponerlas a nuevos episodios de violencia.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Liberar a agresores en casos de violencia de g\u00e9nero expone a las v\u00edctimas a la repetici\u00f3n de la violencia, pues los agresores de mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes consideran que son su propiedad y objetos de control, y una vez liberados no dudar\u00e1n en retornar a intimidar, hostigar, agredir e incluso matar a sus v\u00edctimas. Es responsabilidad de las autoridades y de todas las funciones del Estado garantizar que\u00a0 estos casos no sucedan en nuestro pa\u00eds.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"3\">\n<li><span style=\"font-size: 12pt;\"><strong>Posibles afectaciones psicol\u00f3gicas en las v\u00edctimas derivadas de la impunidad y la libertad de los agresores en el contexto de la pandemia<\/strong><\/span><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">De acuerdo con profesionales de salud mental, la impunidad de los agresores, trae una serie de consecuencias a nivel ps\u00edquico.\u00a0 Las mujeres v\u00edctimas de violencia experimentan: miedo constante a que se repitan las agresiones; re victimizaci\u00f3n, pues la proximidad forzada con un agresor est\u00e1\u00a0 ligada a la noci\u00f3n de trauma y por ello reviven las sensaciones experimentadas durante las agresiones que normalmente no son aisladas sino continuadas; cuadros de ansiedad, cuadros depresivos y la reactivaci\u00f3n del trastorno de estr\u00e9s postraum\u00e1tico que muchas v\u00edctimas consolidan en caso de ser obligadas a vivir nuevamente con su agresor en un contexto donde\u00a0 el aislamiento es el escenario ideal para un femicidio u otras agresiones.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<ol style=\"text-align: justify;\" start=\"4\">\n<li><span style=\"font-size: 12pt;\"><strong>Reducir la poblaci\u00f3n carcelaria con enfoque de g\u00e9nero y de acuerdo con el principio de inter\u00e9s superior de ni\u00f1as y ni\u00f1os<\/strong><\/span><\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Como lo han se\u00f1alado organismos internacionales, los Estados deben incorporar la perspectiva de g\u00e9nero a partir de un enfoque interseccional, en todas las respuestas para contener la pandemia, siendo inadmisibles soluciones que no partan de un an\u00e1lisis adecuado de los potenciales impactos de las mismas en la vida de las personas, especialmente de las mujeres, ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes.\u00a0 <br \/><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">En este sentido, las\u00a0 organizaciones de mujeres y derechos humanos, hacemos una propuesta de liberaci\u00f3n de personas privadas de la libertad que parta justamente de\u00a0 an\u00e1lisis interseccional y de g\u00e9nero. Por esta raz\u00f3n, proponemos que las liberaciones carcelarias prioricen a la poblaci\u00f3n femenina y a las personas que se encuentran presas por delitos asociados a la pobreza.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">De acuerdo con estad\u00edsticas (SNAI, 2019)<a href=\"#_ftn11\" name=\"_ftnref11\">[11]<\/a>, la mayor\u00eda de las mujeres que se encuentran privadas de la libertad en Ecuador, son mujeres empobrecidas, generalmente juzgadas por delitos contra la propiedad o relacionados con el micro tr\u00e1fico de drogas. Esta situaci\u00f3n da cuenta de la feminizaci\u00f3n de la pobreza por la que atraviesa nuestra sociedad, pero que tambi\u00e9n permite afirmar que la mayor parte de la poblaci\u00f3n femenina en prisi\u00f3n no constituye un riesgo para la integridad de otras personas. En el sistema penitenciario ecuatoriano se encuentran recluidas madres con sus hijos e hijas menores de cinco a\u00f1os, y otras madres con hijos dependientes fuera de los muros de los centros carcelarios.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Seg\u00fan las cifras que ha proporcionado el director de la SNAI a la Asamblea Nacional de la\u00a0 poblaci\u00f3n de 39 403 personas privadas de libertad, 2589 son mujeres<a href=\"#_ftn12\" name=\"_ftnref12\">[12]<\/a>.\u00a0 La situaci\u00f3n de las mujeres en los Centros de Rehabilitaci\u00f3n Social ha sido precaria, incluso antes de la crisis sanitaria. Las mujeres privadas de libertad son invisibilizadas frente a un sistema penitenciario androc\u00e9ntrico, miope y poco sensible al g\u00e9nero. Sus necesidades en salud, salud sexual, salud reproductiva y prevenci\u00f3n de violencia son sistem\u00e1ticamente ignoradas, lo que hace que est\u00e9n en una situaci\u00f3n de doble e incluso triple vulnerabilidad.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 12pt;\">Por todo lo anterior, solicitamos a las autoridades correspondientes, abordar de forma urgente la reducci\u00f3n de la poblaci\u00f3n carcelaria, con enfoque de g\u00e9nero y de acuerdo con el principio de inter\u00e9s superior de las ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, y en el marco de las obligaciones estatales de prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n de la violencia en contra de las mujeres, las ni\u00f1as, ni\u00f1os y los adolescentes.<\/span><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10pt;\"><strong>La Alianza por los Derechos Humanos Ecuador<\/strong> est\u00e1 conformada por las siguientes organizaciones: <\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10pt;\">Surkuna, Cedhu, Inredh, Amazon Frontlines, Cdh\u00a0 Guayaquil, Idea\u00a0 Dignidad, Fundaci\u00f3n Aldea, Omasne, Amazon Watch, Acci\u00f3n Ecol\u00f3gica, Yasunidos, Apt Norte, Cuencas Sagradas, Cedenma, Fundaci\u00f3n Pachamama, Fundaci\u00f3n Alejandro Labaka, Fundaci\u00f3n Dignidad, Extinction Rebellion, Geograf\u00eda Cr\u00edtica<\/span><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Pasi\u00f3n por el Derecho. Zaffaroni sobre coronavirus en c\u00e1rceles: \u00abNos encontramos ante una nueva forma de cr\u00edmenes de lesa humanidad\u00bb. Nota de prensa de 21 de abril de 2020. Recuperado de <a href=\"https:\/\/lpderecho.pe\/zaffaroni-coronavirus-carceles-encontramos-nueva-forma-crimenes-humanidad\/\">https:\/\/lpderecho.pe\/zaffaroni-coronavirus-carceles-encontramos-nueva-forma-crimenes-humanidad\/<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> Por ejemplo: a)Interior decide aislar sus 69 centros penitenciarios.\u00a0 La medida afecta a los 50.800 reclusos y 23 funcionarios de prisiones (12 de marzo de 2020).<a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-03-12\/interior-eleva-a-16-las-carceles-aisladas-para-evitar-la-expansion-del-coronavirus.html\"> https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-03-12\/interior-eleva-a-16-las-carceles-aisladas-para-evitar-la-expansion-del-coronavirus.html<\/a>.\u00a0 b) Prisiones suspende las visitas y los permisos a los reclusos por el coronavirus. Interior endurece las restricciones e incluye a las c\u00e1rceles de la Generalitat al Extender las medidas a \u201ctodos los centros penitenciarios del Estado. (15 de marzo de 2020)<a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-03-15\/prisiones-suspende-las-visitas-y-los-permisos-a-los-reclusos-por-el-coronavirus.html\"> https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-03-15\/prisiones-suspende-las-visitas-y-los-permisos-a-los-reclusos-por-el-coronavirus.html<\/a>. c) El virus salta los muros de la c\u00e1rcel.\u00a0 La enfermedad golpea con desigual fuerza en las prisiones: 13 reclusos contagiados frente a 134 trabajadores. (3 de abril de 2020) <a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-04-03\/el-virus-salta-los-muros-de-la-carcel.html\">https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-04-03\/el-virus-salta-los-muros-de-la-carcel.html<\/a>. d) Los contagios se acumulan en la prisi\u00f3n madrile\u00f1a de Estremera.\u00a0 La c\u00e1rcel registra una reclusa meurta, 12 internos enfermos y tres funcionarios contagiados. (9 de abril de 2020)<a href=\"https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-04-08\/los-contagios-se-acumulan-en-la-prision-madrilena-de-estremera.html\"> https:\/\/elpais.com\/espana\/2020-04-08\/los-contagios-se-acumulan-en-la-prision-madrilena-de-estremera.htm<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref3\" name=\"_ftn3\">[3]<\/a>https:\/\/twitter.com\/EcuavisaInforma\/status\/1263454907438415872?s=08<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref4\" name=\"_ftn4\">[4]<\/a> Instituto Nacional de Estad\u00edsticas y Censos \u2013 Consejo Nacional de\u00a0\u00a0\u00a0Igualdad de g\u00e9nero,\u00a0Encuesta Nacional de Relaciones Familiares y Violencia de G\u00e9nero contra la Mujer,\u00a02011.<a href=\"http:\/\/www.humanas.org.ec\/pdf\/Violencia_de_Genero_Ecuador_encuesta_nacional.pdf\">\u00a0<\/a>\u00a0<a href=\"https:\/\/www.ecuadorencifras.gob.ec\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/Banner-Violencia-contra-las-mujeres-2019.png\">https:\/\/www.ecuadorencifras.gob.ec\/wp-content\/uploads\/2019\/11\/Banner-Violencia-contra-las-mujeres-2019.png<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref5\" name=\"_ftn5\">[5]<\/a>Secretar\u00eda\u00a0 de Derechos Humanos, An\u00e1lisis de Intervenci\u00f3n de\u00a0 la SDH a emergencias por violencia contra las mujeres a partir del registro de llamadas de auxilio del Sistema Ecu 911 durante la pandemia sanitaria por Covid 19- Marzo. Quito, 11 de abril de 2020. \u00a0<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref6\" name=\"_ftn6\">[6]<\/a> Alianza para el Mapeo de los Feminicidios en el Ecuador, corte 16 de marzo al 26 de abril del 2020.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref7\" name=\"_ftn7\">[7]<\/a> El Comercio, 186 casos de delitos sexuales denunciados en 20 d\u00edas. Disponible en:<\/p>\n<p>https:\/\/www.elcomercio.com\/actualidad\/delitos-sexuales-denunciados-aislamiento-coronavirus.html<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref8\" name=\"_ftn8\">[8]<\/a> Corte Interamericana de Derechos Humanos.\u00a0 Caso L\u00f3pez Soto y otros vs.. Venezuela. Sentencia de 26 de septiembre de 2018. (Fondo, Reparaciones y Costas).\u00a0 P\u00e1rrafo. 131<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref9\" name=\"_ftn9\">[9]<\/a> Naciones Unidas, Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer. Disponible: <a href=\"https:\/\/www.acnur.org\/fileadmin\/Documentos\/BDL\/2016\/10742.pdf\">https:\/\/www.acnur.org\/fileadmin\/Documentos\/BDL\/2016\/10742.pdf<\/a>.\u00a0 En este informe de 2006 el Secretario General de Naciones Unidas se refiere al papel que cumple la impunidad en la naturalizaci\u00f3n de la violencia contra las mujers.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref10\" name=\"_ftn10\">[10]<\/a> Corte IDH, La v\u00edctima ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos a sus 25 a\u00f1os de funcionamiento. Disponible en: <a href=\"http:\/\/www.corteidh.or.cr\/tablas\/R08060-4.pdf\">http:\/\/www.corteidh.or.cr\/tablas\/R08060-4.pdf<\/a><\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref11\" name=\"_ftn11\">[11]<\/a> El Servicio Nacional de atenci\u00f3n a personas privadas de la libertad y adolescentes infractores, en la informaci\u00f3n estad\u00edstica a nivel nacional que emite\u00a0 en\u00a0 junio 2019, detalla el numero de personas privadas de la libertad por delito y por sexo. De acuerdo a estas estad\u00edsticas el 71% de las mujeres se encuentra privadas de la libertad por trafico de drogas y delitos contra la propiedad.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref12\" name=\"_ftn12\">[12]<\/a> Comparecencia del General Edmundo Moncayo ante la Asamblea Nacional (Comisi\u00f3n de Justicia) <a href=\"https:\/\/www.facebook.com\/JusticiaAsambleaNacional\/videos\/701182417310107\/?v=701182417310107\">https:\/\/www.facebook.com\/JusticiaAsambleaNacional\/videos\/701182417310107\/?v=701182417310107<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tal como lo han se\u00f1alado organismos internacionales de derechos humanos, as\u00ed como la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud es imperativo reducir la poblaci\u00f3n carcelaria antes de que el virus ingrese a los centros de privaci\u00f3n de libertad, para evitar, en palabras del jurista Zaffaroni, un \u201ccrimen de lesa humanidad\u201d[1].\u00a0 La experiencia en otros pa\u00edses refiere [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2730,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[2],"tags":[5,15,44],"class_list":["post-2731","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-covid-19","tag-covid19ec","tag-emergenciasanitaria","tag-enfoquedegenero"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2731","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2731"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2731\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2730"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2731"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2731"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/inredh.org\/covid19\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2731"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}