Tras un proceso judicial que inició hace 28 años; después de la primera sentencia favorable hace 10 años; y luego de más de años 50 de los crímenes ambientales cometidos en el marco de las operaciones de la empresa Chevron-Texaco en la Amazonía Ecuatoriana, el 15 y 16 de septiembre del presente año, la fiscal General del Estado, Diana Salazar, por pedido del procurador General, Íñigo Salvador, decidió que se inicie una nueva investigación por cohecho contra indígenas Siekopai, Kichwas y mestizos, quienes firmaron y ganaron la demanda por contaminación ambiental en contra de la petrolera.
Entre las personas investigadas hay incluso ancianos sabios de 90 y 103 años1, quienes siguen esperando reparación integral por la vulneración de sus derechos y continúan luchando por el acceso a la justicia en cortes extranjeras. De forma lamentable, esto sigue ocurriendo después de haber demostrado la impunidad2 con la que Chevron-Texaco ocupó, explotó, exportó y comercializó un recurso natural no renovable como lo es el petróleo.
Esta reciente investigación por un supuesto “soborno” al exjuez Nicolás Zambrano Lozada, quien dictó un fallo histórico, es un nuevo acto de criminalización en contra de las/os afectadas/os. Ni la Fiscal General ni el Procurador han considerado, al menos, que la Fiscalía de Sucumbíos, hace ya dos años, determinó que el juez, quien ya fue investigado, no cometió delito de prevaricato y archivó la investigación. En este sentido, es un abuso del derecho penal que autoridades públicas continúen impulsando investigaciones irregulares y sin fundamento, ahora bajo la figura jurídica de otro delito, como el de cohecho.
Este acto, además, constituye una demostración de cómo el poder corporativo de la transnacional tiene la capacidad de capturar al sistema económico, comunicacional y político ecuatoriano, instrumentalizar a la fiscalía y usar indebidamente el derecho penal. Ha sido el mismo Estado, cuyo rol debería ser garantizar y proteger los derechos humanos, colectivos y de la naturaleza, quien continúa utilizando el aparataje para generar una sistemática criminalización de las/os afectadas/os por el caso -por tanto, de quienes defienden el ambiente-, buscando garantizar la impunidad para la empresa y obstaculizando su labor de defensa.3
Con esta acción, el gobierno demuestra nuevamente su complicidad con el dictamen del ilegítimo panel arbitral internacional de la Haya, en el Laudo Arbitral, que ordena al Estado ecuatoriano la anulación de la sentencia del caso Aguinda Vs Chevron, y que impida que las y los afectados puedan realizar las acciones para ejecutar la sentencia -exequátur- fuera del país.
Para nosotros como parte de la Alianza de Organizaciones de los Derechos Humanos del Ecuador, este laudo vulnera la Constitución de la República y, en consecuencia, los derechos humanos y colectivos de las y los demandantes en el caso Chevron y de los al menos 30 mil afectados por la contaminación petrolera, pues dispone al Ejecutivo interferir en la función judicial, promover la inseguridad jurídica y dejar a los demandantes sin derecho a la defensa.4
Vale decir que la petrolera llegó al país en 1964, y sus recursos crecieron principalmente por la contaminación de la Amazonía ecuatoriana; así como, por la devastación natural, la muerte y la enfermedad en comunidades indígenas y mestizas que no han terminado hasta la fecha. 880 fosas de petróleo siguen presentes en la selva y cientos de personas fallecidas y enfermas, quienes no han recibido atención prioritaria, pese a haber obtenido sentencias favorables en todas las instancias internas del país. Los crímenes de esta empresa han sido ampliamente conocidos e impugnados a nivel nacional e internacional, y han sido catalogados como uno de los desastres de origen antrópico más graves a nivel mundial.
Como parte de la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos de Ecuador, denunciamos esta acción, y exigimos de los órganos de administración de justicia la aplicación del Acuerdo de Escazú. Esta normativa firmada por Ecuador obliga al Estado a proteger a las y los defensoras ambientales, y, además, aplicar las directrices y estándares internacionales relativas a personas defensoras de derechos humanos y de la naturaleza que han sido, inclusive, señaladas por la propia Fiscalía.5
Reiteramos como propias las palabras de la Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones Petroleras de Texaco (UDAPT), que, en su denuncia emitida el martes, 21 de septiembre, señala que los intereses no sólo de la petrolera Chevron, sino del Estado ecuatoriano es garantizar la impunidad y la injusticia en el país:
“Está claro que detrás de estas acciones de persecución y criminalización judicial a los afectados y sus defensores, está la petrolera Chevron, quien creemos, usa al Gobierno de Ecuador y sus autoridades, para que éstas actúen en contra de la población amazónica y así le garanticen impunidad por su crimen. En el fondo lo que busca Chevron con el Gobierno del Ecuador, es de anular la sentencia que está ejecutoriada en el país y servir los intereses de la transnacional petrolera”.6
Finalmente, como organizaciones de Derechos Humanos, también exigimos al Estado ecuatoriano:
- No utilizar los órganos de justicia, entre ellos la Fiscalía, para criminalizar a personas defensoras.
- Garantizar la reparación integral y la no persecución a esta población ahora criminalizada.
- Proteger la vida, la seguridad y la labor de las/os defensoras/es de los derechos humanos y del ambiente. En este sentido, aplicar el Acuerdo de Escazú, firmado por el Ecuador.
- Cumplir las sentencias que de forma reiterada reconocieron la vulneración de derechos y la falta de reparación integral de las personas afectadas.
- Recordamos que la zona afectada por la producción hidrocarburífera de Chevron-Texaco no ha dejado de ser una zona empobrecida y de tener altos niveles de necesidades básicas insatisfechas.7 Esto significa que la acusación de haber intentado sobornar al ahora exjuez también desconoce la sistemática vulneración de derechos, la situación de pobreza en la que se encuentran las personas criminalizadas y la ausencia de reparación a esta población. Esta población sobrevive en medio de una contaminación que continúa y que, en ese contexto, incluso de persecución, sigue defendiendo su territorio.
1 Video de las personas que fueron indagadas por la Fiscalía: https://twitter.com/udapt_oficial/status/1440722199225061380
2 Las pruebas presentadas dentro del caso incluyen 106 informes de peritos, 80.000 resultados físicos químicos de agua, suelo y sedimentos y más de 40 testimonios de afectadas(os) y expertos, que demostraron la gravedad del caso y la contaminación de Chevron-Texaco en la Amazonía ecuatoriana.
3 Uno de los casos de intervención directa por parte del Estado fue el envío de cartas por parte del procurador Íñigo Salvador a cortes de justicia de Argentina y de Canadá, en las que solicita que no se admita el caso Chevron-Texaco. Es decir, en lugar de defender a las y los demandantes lo hace con relación a la empresa petrolera.
4 Calificamos como ilegítimo este Laudo Arbitral porque la Constitución prohíbe expresamente que el Ejecutivo -sin ser parte de la demanda- intervenga en la función judicial, como lo hizo después de este panel impidiendo que la sentencia se ejecute. Además, hay que considerar que los demandantes ni siquiera pudieron ejercer su derecho a la defensa en el mismo laudo
5 https://www.fiscalia.gob.ec/directrices-institucionales-sobre-derechos-humanos-y-genero/
6 Ver testimonios de las declaraciones de las y los ancianos Siekopai: http://texacotoxico.net/fiscalia-pretende-inmiscuir-a-indigenas-en-supuesto-cohecho-a-juez-para-favorecer-a-chevron/ https://www.facebook.com/watch/?v=331756682075190
7 El último censo (2010) revela que las zonas de Sucumbíos (cantones Shushufindi y Lago Agrio) y Orellana (cantones Joya de los Sacha y Coca), se ubican entre los cantones más empobrecidos del Ecuador, donde el nivel de pobreza y pobreza extrema está muy por encima del nivel nacional. Bajo los índices de calificación de NBI (Necesidades Básicas Insatisfechas) hay un nivel de pobreza y extrema pobreza que supera el 75%.