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90 días de instrucción fiscal por la alteración de evidencia en la desaparición de la cabeza de Francisco Cajigas

Por luxor2608
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Comunicación INREDH

09/06/2017

 90 días de instrucción fiscal por la alteración de evidencia en la desaparición de la cabeza de Francisco Cajigas

 

 

 

Tras dos horas, el juez de la Unidad Judicial de Esmeralda César Cortez  dictaminó 90 días de instrucción fiscal por el delito de alteración de evidencias y elementos de prueba en el proceso de investigación por la desaparición del cráneo del joven colombiano Francisco Cajigas Botina, que desapareció el 17 de noviembre de 2015 tras ser detenido por la policía en la ciudad de Ibarra y 13 días después fue localizado sin vida. 

 

Luego Francisco fue llevado al Centro Forense de Esmeraldas donde se le practicó la autopsia y se lo embaló para ser entregado a su familia. El 20 de mayo de 2016, tras una exhumación realizada por Medicina Legal de Colombia se conoció que el cuerpo de Francisco estaba sin cabeza.

 

La audiencia de formulación de cargos contra tres funcionarios del Centro Forense de Esmeralda: médico legista y dos auxiliares, se instaló a las 15:30 de este miércoles, 7 de junio de 2017, en la ciudad de Esmeralda.

En la audiencia, la Fiscalía dijo que existen elementos contundentes que demuestran que los tres funcionarios manipularon la evidencia y que fue un acto con intencionalidad y no por omisión, como asegura la defensa de los funcionarios.

 

Unos de sus argumentos es que, los testimonios recogidos demuestran que durante la autopsia que se le practicó a Francisco, el cuerpo y la cabeza estaban juntos y  no desmembrados.

 

El juez tras escuchar los alegatos, dictaminó medidas cautelares para los tres procesados. Ellos deberán presentarse cada viernes a la entidad competente y no podrán salir del país.

 

Para la familia de Francisco Cajigas, el accionar de los funcionarios no es un mero acto de omisión sino que tiene clara intencionalidad. Además, asegura que la manipulación en el cráneo de Francisco está íntimamente ligado a la desaparición y ejecución extrajudicial de su ser querido.  “Esperamos que se haga justicia y se sancione a las personas que alteraron la evidencia”.

 

El delito de alteración de evidencia es  sancionado con una pena de 1 a 3 años de prisión, así lo establece el artículo 292 en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

Al momento, también se sigue el proceso penal de investigación por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de Francisco. Este proceso se lo investiga en la ciudad de Ibarra.

Por su parte, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) espera que estos actos no queden en la impunidad y se sancione tanto a los autores de la manipulación de la evidencia, como a quienes cometieron el execrable acto de la desaparición forzada y ejecución extrajudicial.

 

 

 

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