
La constitucionalidad de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, que reforma la Ley de Seguridad Social (IESS) y la Ley del Banco de la Seguridad Social (BIESS), fue objeto de análisis en audiencia pública el 4 de noviembre de 2026.
El 4 de noviembre de 2026, a las 10h00, se desarrolló de manera telemática, la audiencia pública en la que se analizó argumentos de la constitucionalidad de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, mediante la cual se reforma la Ley de Seguridad Social y la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Durante la audiencia, las abogadas de INREDH, Amanda Mosquera y Andrea Toapanta, junto con los demás accionantes, expusieron los argumentos que sustentan la inconstitucionalidad de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia. Además, señalaron las irregularidades que se habrían presentado durante su aprobación y las posibles afectaciones que esta reforma tendría sobre los derechos e intereses de las personas afiliadas y jubiladas.
En la intervención se señalaron las disposiciones dentro de la Ley que supondrían la vulneración a derechos constitucionales como el derecho a la seguridad social, el derecho al patrimonio de la seguridad social, participación ciudadana y la seguridad social. Puesto que, estas medidas comprometer los recursos destinados a garantizar las prestaciones y cubrir las contingencias de los afiliados y jubilados.
Tras la intervención de los abogados del Estado, quienes defendieron la constitucionalidad de la ley, se dio paso a las réplicas de ambas partes. Asimismo, los jueces formularon preguntas a los representantes de cada posición para profundizar en sus argumentos y solicitar mayores sustentos. Durante estas intervenciones la abogada de INREDH, Andrea Toapanta, menciona lo siguiente: “Ante la evidente falta de data por parte de las instituciones accionadas, desconocemos si es que este mecanismo es el único y existe la sostenibilidad de este…Consideramos que la declaración de la inconstitucionalidad de esta ley podría ayudar a reformular, establecer nuevos mecanismos con todos los informes que deberían existir, para darnos a conocer si existen más mecanismos que podrían ayudar al sistema a la liquidez y la sostenibilidad del sistema de seguridad social.”
Después de todas las intervenciones y más de 5 horas la audiencia concluyó con las intervenciones tanto de los accionantes como de los accionados. Además, se dio un plazo de 48 horas para presentar más documentaciones que puede ser analizada juntamente con los testimonios y evidencias presentadas en esta audiencia para poder dar una resolución. Desde INREDH, esperamos que el Pleno de la Corte Constitucional emita una sentencia que conozca la inconstitucionalidad de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, y proteja y garantice los derechos de las personas afiliadas y pensionadas.