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A nosotrxs tambien nos torturan

Por luxor2608
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Christian Paula

10/01/2015

A nosotrxs tambien nos torturan

Tortura LGBTI en Ecuador

 

 

El Informe de la Comisión de la Verdad (2010) asigna en su primer tomo un análisis sobre los derechos de la población LGBTI en Ecuador denominado “Homofobia y transfobia: violencia y discriminación contra el colectivo LGBTI en la década de 1990 y 2000” en donde se evidencia la agresión social e institucional que vivió la población LGBTI en las dos décadas revisadas. En este documento se dividen la vulneraciones en diversas áreas, siendo estas las siguientes:

 

          El contexto de discriminación al colectivo LGBTI.

          Políticas de seguridad local: violencia sistemática e invisibilidad.

          Pasividad de las autoridadesfrente a actos de violencia homofóbica.

          Discriminación y violencia homofóbica en la sociedad.

          Temor a las represalias e invisibilidad.

          Violación de derechos humanos.

          Violencia sexual.

 

Estas acciones muchas veces se justificaban debido a que la homosexualidad era considerada delito en Ecuador, pero el 27 de noviembre de 1997 el Tribunal Constitucional del Ecuador declaró la despenalización del delito de homosexualidad, que se encontraba en el art.516 del Código Penal de la época, sin embargo dicho acontecimiento no limitó a la sociedad y al Estado a continuar con la violencia y la discriminación contra la población LGBTI.

 

Ahora bien, esta violencia sistemática que establece la Comisión de la Verdad que no terminó con la despenalización de la homosexualidad se refleja en varios pedidos de Acciones Urgentes que realiza Amnistía Internacional entre los años 2001 a 2006, a través de los cuales solicita expresamente a las autoridades de gobierno (Ministro de Gobierno y Ministra General del Estado) se investiguen y sancionen a miembros de la Policía Nacional que violaban, torturaban, acosaban e intentaban asesinar a personas LGBTI. Algunas de estas personas víctimas de esta persecución policial se dedicaban a la defensa de derechos de la población LGBTI, por lo que las denuncias debieron ser procesadas de manera más rápida y eficaz. Lamentablemente las reiteradas denuncias presentadas de manera formal ante la Fiscalía hasta el día de hoy no han sido procesadas adecuadamente, visibilizándose la impunidad existente respecto a violaciones de derechos cuando las víctimas son personas LGBTI.

 

La violencia institucional también se da al interno de las Fuerzas Armadas del Ecuador, hecho que fue sancionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Homero Flor Vs. Ecuador (2016), en donde la Corte sancionó al Estado ecuatoriano por permitir la destitución de un miembro militar (Fuerza Terrestre) quien fue “acusado de homosexualidad” para destituirlo de su cargo (año 2003), cuando la homosexualidad ya no era considerado delito y la Constitución (1998) garantizaba la no discriminación por orientación sexual.

 

Estos casos muestran la forma agresiva que la sociedad ecuatoriana aún trata a la población LGBTI, que según el INEC (2013),  más del  60% de esta sufre algún tipo de violencia en el espacio público. Lo que confirma la existencia de una sociedad altamente homofóbica que naturaliza la violencia en perjuicio de la población LGBTI. Si b
ien estas cifras ayudaron a que se logre tipificar los delitos de odio, tortura y discriminación en el actual Código Integral Penal (2014), aún no existen sentencias por las cuales se sancione la violencia que sufren las personas LGBTI.

 

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Por lo tanto, exhortamos al Estado ecuatoriano tomar medidas urgentes para el cambio de patrones socio-culturales que permitan cambiar la mentalidad discriminatoria de la sociedad ecuatoriana; pero a la vez exigimos que se agiliten los procesos penales por violaciones de derechos de la población LGBTI, en especial de aquellos que constituyen graves violaciones de derechos humanos cometidos por la fuerza pública como lo manifiesta la Comisión de la Verdad del Ecuador.

 

 

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