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Cascomi presentará Acción de Protección por los tres desalojos en Tundayme

Por Super User
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Comunicación INREDH

11/02/2016

Cascomi presentará Acción de Protección por los tres desalojos en Tundayme

 

El 11 de febrero del 2016, en la casa de Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Luis Sánchez presidente de la Comunidad Indígena Shuar (Cascomi) denunció los acontecimientos que envuelven el tercer desalojo en la parroquia de Tundayme, cantón El Pangui, provincia Zamora Chichipe.

 

Abel Arpi de la Asamblea de los Pueblos del Sur, Severino Sharupi del frente anti extractivista y Jorge Herrera presidente de la Conaie respaldaron las denuncias de la comunidad.

 

En esta ocasión, el tercer desalojo se desarrolló alrededor de las 10 de la mañana del jueves 4 de febrero del año en curso. Dos miembros de la Policía, miembros de la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom), la empresa minera Ecuacorriente S.A. (Ecsa), personal del Ministerio de Salud y el Ministerio de Inclusión realizaron el tercer desalojo a Rosario Wari Ampush, una mujer de 107 años, como señala Luis Sánchez

 

 

Según el comunicado del sector oficial, las entidades del Estado han realizado una obra social al desalojar a la adulta mayor Rosario Wari, no obstante, Luis Sánchez no está de acuerdo con este comunicado y cuestiona la llamada obra social. Él se pregunta el motivo del traslado de la adulta mayor al cantón El Pangui, en vez de brindar esa ayuda en el mismo territorio, sin necesidad de traslado alguno.

 

Al momento, los familiares de Rosario Wari se encuentran preocupados por el estado emocional de la señora, ya que ella se encuentra sola y desesperada en su actual casa. Raquel Mashendo, nieta de Rosario, dice “pedimos que nuestra abuelita regrese a su territorio ancestral ya que está sufriendo mucha allá. Está alejada de su hijo”.


 

 

Sánchez denuncia que los desalojos de la empresa minera son solapados. “Sabemos muy bien las estrategias o tácticas que utiliza la empresa minera para justificar que no hay violación de Derechos Humanos”.

Ahora Cascomi, presentará una Acción de Protección con el fin de exigir la reparación integral a las familias que han sido desalojadas. En esta acción jurídica se denunciarán los hechos del 30 de septiembre donde fueron desahuciadas 16 familias, el 15 de diciembre cuando afectaron a una familia más, el 16 de diciembre a la madrugada se llevaron otros 14 desalojos, y este último ocurrido el 4 de febrero donde se desplazó a la adulta mayor Rosario Wari.

 

Nathaly Yépez, abogada de la las comunidad, dijo que si bien el Estado es responsable por la gestión de recursos naturales renovables y no renovables, sin embargo, esta competencia no tiene por qué interferir en los derechos humanos de las personas, en este caso de los miembros de la parroquia de Tundayme. La abogada explicó que el Estado ecuatoriano y ECSA firmaron un contrato en el año 2012 sin ningún tipo de consulta que contempla la Constitución como es la consulta a pueblos indígenas o consulta ambiental.

 

Yépez mencionó que se interpusieron dos medidas cautelares presentadas por la comunidad en el año 2015. Estas medidas tenían por objetivo prevenir los desalojos a los miembros de la comunidad, una de las medidas fue presentada el 08 de julio y la otra en diciembre. Ambas acciones jurídicas fueron negadas. Éstas medidas trataban de impedir los desalojos y daños que ahora denuncia la comunidad.

 

Con los tres desalojos y las medidas cautelares negadas, Yépez afirma que se presentará una Acción de Protección ante la justicia constitucional en la ciudad de Zamora, provincia Zamora Chinchipe, en los próximos días.

 

El derecho internacional de los Derechos Humanos ha establecido estándares claros sobre el derecho a la vivienda y los desalojos. Los desalojos deben producirse según lo define la ley, deben respetar los derechos humanos, atender al interés general y que sean razonables y proporcionales.

 

Yépez advierte que en relación al primer estándar, si bien el Estado ecuatoriano puede alegar tiene que los procesos de servidumbre están regidos por la ley, no obstante, como lo establece la misma normativa ecuatoriana y el derecho internacional todo desalojo debe tener una orden judicial. En este sentido, los comuneros de CASCOMI no han recibido ninguna notificación de los desalojos.

 

En todo caso, si el Estado logra demostrar la legalidad de los desalojos hay que tener en cuenta otras obligaciones que el Estado n cumplió antes, durante y después del acto de desalojo. Las obligaciones que no se han cumplido son:

  1. Falta de consulta previa a la comunidad con el objetivo de obtener el consentimiento de la comunidad.
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  3. Falta de avisos de desalojos que debían contener las explicaciones por parte del Estado del por qué no existe otra alternativa que el desalojo.
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  5. Si el estado hubiese querido implementar procesos de reasentamiento debían darse por lo menos con 90 días una vez que se le haya consultado a la comunidad.

También se añade que durante los procesos de desalojos no se respetó el derecho a la dignidad humana por la hora en que se iniciaron los desalojos. Otra de las obligaciones del Estado es brindar tiempo a los afectados para realizar un inventario para asegurar sus bienes.

 

Actualmente existen 12 procesos de denuncia penal que han interpuesto los habitantes de CASCOMI contra la empresa minera porque no saben dónde están sus bienes. Esperamos que dentro de este litigio se abra un espacio de debate sobre las condiciones en las que se pretenden desarrollar proyectos de desarrollo y los derechos humanos.

 

Yépez agregó que el tema de derecho a la vivienda no solo consiste en tener un terreno, cuatro paredes y un techo, en este caso se debe tomar en cuenta la dimensión cultural. Cascomi ha sido claro en este sentido, la comunidad tiene procesos de relaciones comunitarias por años y con estos desalojos estas relaciones se han destruido. Es por ello, que el Estado también tiene que asegurar la dimensión cultural de la vivienda esté asegurada.

 

El Estado ecuatoriano debe respetar los derechos humanos, entre ellos la consulta previa y respeto a los derechos básicos como la vivienda, la alimentación y el trabajo.

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