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Comité Nacional De Víctimas Del Ecuador difunde carta abierta dirigida a candidatos presidenciales.

Por luxor2608
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Comité Nacional De Víctimas Del Ecuador

11/01/2017

Comité Nacional De Víctimas Del Ecuador difunde carta abierta dirigida a candidatos presidenciales.

 

 

Señor / Señora

Candidato /Candidata

 

El motivo de la presente carta es para comunicarle la existencia de un colectivo de víctimas de violaciones, graves violaciones a derechos humanos y delitos de lesa humanidad (documentadas y no documentas en el Informe de la Comisión de la Verdad); a los cuales el Estado ecuatoriano en distintos periodos ha vulnerado nuestra dignidad humana, para lo cual nos hemos consolidado para buscar MEMORIA, VERDAD, JUSTICIA y REPARACIÓN.

 

En este sentido,  primero le informaremos el contexto de nuestra situación para luego proceder a realizarle unas preguntas que nos permitirán tener claridades respecto a su posición política respecto a nuestra condición.

 

El Estado ecuatoriano a partir del 2007 tomó la iniciativa de esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos que afectaron a cientos de ecuatorianas/os en el país, para el efecto se conformó la Comisión de la Verdad. Dándose inicio a un proceso de justicia transicional en el Ecuador con el objetivo de esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por gobiernos democráticos, en el período comprendido entre los años 1983 al 2008, con la finalidad de esclarecer la verdad de los hechos infaustos, procurar una recomposición social en base a hacer posible una postergada justicia, y subsanar los daños causados diseñando  políticas de reparación para las víctimas, para de esta manera, buscar una verdadera paz entre ecuatoriano/as y así mismo enviar un mensaje disuasivo en el sentido que no serán tolerados a futuro estos actos, y que de producirse no habrá cabida a la impunidad. 

 

Durante la presidencia del Economista Rafael Correa Delgado se conformó por Decreto Ejecutivo 305 de 18 de mayo de 2007 La Comisión de la Verdad,  con la finalidad de investigar, los hechos violatorios de los derechos humanos, cometidos en el Ecuador.

 

En un  inicio el periodo de investigación de la Comisión de la verdad se habría fijado entre los años 1983-1988, sin embargo, dicho periodo se amplió, quedando finalmente establecido el lapso de investigación entre el 4 de octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008. El trabajo de la Comisión, fue arduo, por lo que tuvo que ser prorrogado por tres ocasiones, sustentadas en sendos Decretos Presidenciales: finalmente la encomienda de la Comisión concluyó con la presentación de su Informe en el año 2010.

 

En el informe se documentó 118 casos de violaciones a los derechos humanos de los cuales se desprenden 456 víctimas directas, 269 de las cuales sufrieron privación ilegal de la libertad; 365 padecieron tortura; 86 violencia sexual;  17 fueron desaparecidas, 26 sufrieron atentados contra el derecho a la vida y 68 fueron ejecutadas extrajudicialmente. Vale la pena tener presente que el 80% de las víctimas corresponden a  hombres y  el 20%  a mujeres.

 

Además del reporte casuístico la Comisión de la Verdad, realizó una serie de conclusiones y recomendaciones  al Estado ecuatoriano entre las que incluyó la elaboración de una ley para la reparación de las víctimas

 

Así mismo, recomendó  diferentes encomiendas a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, principales instituciones encargadas del proceso de reparación integral.

 

Como consecuencia de lo descrito, el Estado ecuatoriano asumió la responsabilidad de  determinar las causas, circunstancias, indicios de responsabilidad y los presuntos responsables de los delitos de lesa humanidad y las graves violaciones de los derechos humanos ocurridos en el Ecuador durante el período determinado.

 

La Asamblea Nacional, por su parte, el 5 de diciembre de 2013, entregó la “Ley para la  Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad ocurridos en el Ecuador entre el 4 de Octubre de 1993 y el 31 de   Diciembre de 2008” que busca que se repare integralmente a las víctimas, en lo posible, procurando restituir sus derechos al estado anterior al hecho agresor, se establezca la verdad de lo sucedido, la entrega de indemnizaciones materiales e inmateriales, una debida rehabilitación psico-social, y se establezcan garantías de no repetición.

 

Así, de conformidad con el artículo 4  de la Ley de Víctimas, se otorga a la Defensoría del Pueblo la competencia de crear el Programa de Reparación por vía administrativa, la misma que está representada a través de la Dirección Nacional de Reparación a Víctimas.

 

Por otro lado, el artículo 7 de la Ley de Víctimas  atribuye al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos la responsabilidad de pagar una indemnización a las víctimas por  los daños materiales e inmateriales producidos a consecuencia de las graves violaciones a los derechos humanos y delitos de lesa humanidad

 

En función de lo arriba señalado, el Comité de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos del Ecuador, en su afán de conseguir Verdad, Justicia, Reparación y Memoria se permite realizarle las siguientes preguntas a usted señor/señora candidato/a, a fin de que la colectividad a la que nos pertenecemos tenga conocimiento su posición sobre lo siguiente:

 

1.     ¿Reconoce Usted los hallazgos, víctimas del Informe de la Comisión de la Verdad del Ecuador y la responsabilidad estatal que esto involucra?

 

2.     ¿Reconoce Usted la necesidad de Verdad, Justicia, Reparación y Memoria de las víctimas de violaciones a derechos humanos, graves violaciones a derechos y delitos de lesa humanidad en Ecuador?

 

3.     ¿Facilitaría un diálogo abierto entre Usted y el Comité de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos de Ecuador para informarle la situación respecto a Verdad, Justicia, Reparación y Memoria?

 

4.      ¿Propiciaría usted  una evaluación del proceso de reparación de víctimas en conjunto con el Comité de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos de Ecuador para que mancomunadamente se revise “Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad Ocurridos en el Ecuador entre el 4 de Octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008″ y sus normas conexas con miras de garantizar su efectividad?

 

5.     ¿Facilitaría Usted la celeridad de los procesos de judicialización de los casos de graves violaciones de derechos humanos y delitos de lesa humanidad en Ecuador?

 

6.     ¿ Promovería usted un proceso que permita el que los 18 casos documentados, pero que no fueron incorporados al informe de la Comisión de la Verdad, puedan ingresar al proceso de reparación generado por la “Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad Ocurridos en el Ecuador entre el 4 de Octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008″ ?

 

7.     ¿Tendría usted la voluntad de generar un nuevo proceso de reporte de casos de violaciones a los derechos o delitos de lesa humanidad, que permita incorporar los casos que no ingresaron en el proceso anterior?

 

8.     ¿Dotaría de presupuesto para la construcción consensuada de una política integral de Memoria y Reparación en función de las violaciones a derechos humanos, graves violaciones a derechos y delitos de lesa humanidad en Ecuador?

 

 

Estaremos pendientes de su atenta respuesta.

 

Atentamente

 

Comité de Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos en Ecuador.

 

 

 

Clara Merino                                                                            Yoder Rivadeneira

PRESIDENTA                                                              VICEPRESIDENTE

 

 

 

Christian Paula                                                            César Zea

VOCAL                                                                        VOCAL

 

 

Líder Jiménez

VOCAL

 

 

 

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Nota: Para mayor información podrá comunicarse con la Presidenta del Comité, la señora Clara Merino (0998104642 / claramerino@gmail.com) o INREDH (02-2446970)

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