El próximo martes, 1 de febrero del 2022, a las 08:30, en la Corte Provincial de Tungurahua, se instalará la audiencia de apelación a la sentencia emitida por la jueza de la Unidad Judicial de Ambato, Tania Haro Figueroa, donde aceptó la acción de protección interpuesta por la hidroeléctrica Hidrotambo S.A. por la presunta violación al debido proceso y seguridad jurídica.
En esta diligencia tanto la defensa del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) -parte accionada- como las comunidades de la cuenca Dulcepamba afectadas por la sentencia -a través de la tercería coadyuvante- presentarán sus alegatos que fundamentan el detrimento que significa revocar la resolución del Recurso Extraordinario de Revisión, emitida por la ex Senaga en 2019.
En este dictamen emitido el pasado 8 de diciembre del 2021, se deja sin efecto la resolución del Recurso Extraordinario de Revisión Nro. 2018-008 que, desde el 2019, determina que la infraestructura de la hidroeléctrica es “rudimentaria” e “inadecuada”, creando riesgos de socavación, erosión, e inundación para las comunidades durante las crecidas normales del río; le ordena rediseñar y reconstruir sus obras, y modifica la autorización de agua de la empresa para garantizar el respeto de los derechos prioritarios al agua de las comunidades y la vida acuática del río Dulcepamba.
Esto luego de que, el pasado 19 de noviembre de 2021, Hidrotambo S.A. presentara una acción de protección en contra del MAATE, la cual fue aceptada sin que las comunidades afectadas por la operación de la hidroeléctrica fuesen notificadas y tomadas en cuenta en la decisión de la primera instancia.
Para Yasmín Calva, abogada de las comunidades afectadas, “la jueza Haro Figueroa estaba en la obligación en analizar la existencia o no de una vulneración de derechos, escuchando a todas las partes involucradas en el proceso del recurso de revisión, es decir, debió identificar a los terceros con interés, notificarles e incluirles en el proceso. Sin embargo, esto no se dio y se configura una vulneración al debido proceso y a la tutela judicial efectiva”.
Frente a esto, las 140 comunidades afectadas por las actividades de la hidroeléctrica solicitaron al Tribunal, desde diciembre pasado, que se les permita contribuir en el análisis del proceso como terceros coadyuvantes del accionado, explicó Yasmín Calva, abogada de las comunidades afectadas.
Desde la Confederación de los Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (Ecuarunari) se destacó, mediante un pronunciamiento, los peligros existentes por la infraestructura de la hidroeléctrica, así como la violación sistemática del derecho al agua que pone en riesgo la soberanía alimentaria de las comunidades y su caudal ecológico.
Por su parte, Fernando Cabascango, presidente de la Comisión de Garantías Constitucionales, DDHH, Derechos Colectivos y la Interculturalidad, expresó su preocupación frente a la negligencia del Estado y recalcó que los habitantes de San Pablo de Amalí merecen protección y garantías frente a los intereses de las corporaciones.
En ese mismo sentido, Mireya Pazmiño, asambleísta por la provincia de Bolívar solicitó a sus compañeros asambleístas de la provincia de Tungurahua tomar cartas en el asunto ante la vulneración de los derechos humanos de los habitantes de la comunidad de San Pablo de Amalí, puesto que el trámite judicial reposa en los tribunales de Ambato.
Artículo de interés: Petición de las 140 comunidades de la cuenca del río Dulcepamba para asegurar su acceso al agua, su integridad y seguridad ante riesgo de inundación, y el bienestar de la Naturaleza
Contacto de prensa:
Acción Ecológica – 099 274 7727
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) – 099 902 9381
Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) – 099 205 8210
Yasmín Calva, abogada de las comunidades – 098 984 9212
Corte Provincial de Tungurahua instalará la audiencia de apelación de la acción de protección que revoca el recurso administrativo que regula a la hidroeléctrica Hidrotambo
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