La Asociación de Familiares y Amigos de Desaparecidos en Ecuador (Asfadec) con acompañamiento técnico-jurídico de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH), emiten este pronunciamiento relacionado a la aprobación por unanimidad de 112 votos en la Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley Orgánica para la Actuación Integralde Personas Desaparecidas y Extraviadas, dado el jueves 24 de octubre del 2019, durante la sesión del Pleno Nro. 623.
En primer lugar, saludamos al órgano Legislativo Ecuatoriano, quien desde la creación de la Comisión Ocasional que Conoce Casos Personas Desaparecidas, no solo conocieron de ciertos casos específicos de personas desaparecidas, sino que además junto a las autoridades y la sociedad civil lograron la realización de un proyecto de ley que pudiera hacerle frente a algunas de las aristas de la problemática de la “Desaparición, especialmente la involuntaria y el extravío”; más allá de la sola Tipificación de desaparición involuntaria como delito, sino un Proyecto que pretende solucionar dicha problemática de manera integral.
Insistimos que este es un proyecto de ley que permitió la participación de la sociedad civil, especialmente de los familiares de personas desaparecidas, así como, de organizaciones de derechos humanos y de otras índoles, que acompañan esta noble lucha. Tanto Asfadec, Desendor, Inredh y Covidefem.
En particular Asfadec, Inredh y la señora Alexandra Córdova, madre de David Romo Córdova, desaparecido, construimos la propuesta del Proyecto de Ley Orgánica para la Búsqueda, Investigación y Localización de personas desparecidas, quién a través de la Asambleísta, María Lourdes Cuesta, pudo ser conocido por la Comisión Ocasional. Propuesta que fue unificada con la presentada por el Fiscal Pérez Reyna, demostrando así, el esfuerzo, la experiencia y exponiendo recomendaciones desde los familiares para solucionar esta problemática.
A pesar de las críticas que se planteó a la Comisión Ocasional Asamblea durante la creación del proyecto, juzgamos que el contenido aprobado recoge la mayoría de los puntos solicitados y requeridos desde la sociedad civil, especialmente desde los familiares que viven y tratan día a día con los operadores de justicia. E incluso, puede darle frente a otras aristas tales como la desaparición en contexto de movilidad humana, en desastres o catástrofes naturales, niñas, niños y adolescentes, personas mayores adultas mayores o con discapacidad.
La Ley Orgánica que fue aprobada por el órgano legislativo contiene en líneas generales lo siguiente:
- Las disposiciones fundamentales, en las cuales se establece que la ley tiene por objetivo la búsqueda, investigación y localización de personas desaparecidas y extraviadas, tanto en el territorio nacional como fuera del él, cuando se trate de ecuatorianos en este último. Además, la protección de los derechos de las víctimas indirectas o familiares, así como la prevención y coordinación interinstitucional para garantizar una efectiva respuesta.
- Dentro de los derechos reconocidos para víctimas directas y indirectas, se establece, en otras, la obligación urgente del Estado de buscar a los desaparecidos, la prohibición a los operadores de justicia a la no discriminación o estigmatización de cualquier naturaleza, así como la información oportuna, efectiva y comprensible por parte del Estado acerca de las investigaciones en curso.
- También se establecen como obligaciones estatales, más allá de buscar a las personas desaparecidas, la capacitación a los operadores de justicia y sus auxiliares de investigación y sensibilización de forma especializada, el acompañamiento psicológico, jurídico y social a los familiares, la dotación de recursos suficientes, la creación espacios de memoria y reflexión para la ciudadanía acerca del fenómenos social de la desaparición de personas.
- Además, uno de los puntos más cruciales del proyecto, es la creación del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, Extraviadas y Respuesta a la Víctimas Indirectas, el cual se conforma de 18 instituciones públicas que se encargarán de diseñar política pública, protocolos, fomentar la participación social, creación de protocolos, coordinar las acciones que protejan a las víctimas indirectas, durante el proceso de búsqueda; cada una desde el ámbito de sus competencias; además de que serán los encargados de capacitar tanto a agentes fiscales delas Unidades Especializadas de Investigación de personas desaparecidas, como de la Policía Nacional, sus propios funcionarios en conformidad a estándares de derechos humanos, perspectiva de género, atención a víctimas, líneas de investigación, etc.
- Este sistema se encarga también de supervisar y evaluar al nuevo Comité de Investigación, Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas y Extraviadas, instancia técnico-operativa y que estará conformado por la Fiscalía, el Ministerio de Gobierno, Policía Nacional y Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Sus atribuciones serán la determinación de factores criminológicos y mecanismos de investigación emergentes, identificar factores de reincidencia, elaboración de estadísticas y diagnósticos para identificar patrones, etc.
- Específicamente acerca de la búsqueda de personas, se establece un procedimiento emergente y especializado, sin determinación de plazos específicos, que describe desde el inicio de la búsqueda con la noticia de persona desaparecida, la activación de los protocolos pertinentes, las diferentes acciones para determinar la ubicación en los que se incluye la revisión de las bases de datos de hospitales, cárceles, albergues, cementerios, migración, terminales, etc.; las acciones posteriores a la localización de personas desaparecidas y sin identidad, ni referente familiar.
- Otra arista crucial del proyecto, que responde a uno de los pedidos recurrentes de los familiares, desde el 2013 es la creación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, Extraviadas, identificadas y no identificadas, el cual permitirá la sistematización de toda la información proporcionada por el Sistema Nacional, la unificación de las estadísticas, cotejamiento con información genética, estudios antropológicos desprendidos de los cuerpos encontrados, etc.
- Desde ASFADEC, una de sus luchas más importantes también ha sido la prevención de la desaparición. En el proyecto, existe un capítulo de eje de Prevención que está dirigido a sensibilizar, concientizar, prevenir y enfrentar las causas que ocasionan la desaparición y extravío de personas. Dentro de estas acciones se implementan medidas educativas, generar líneas de investigación para estudios cualitativos y cuantitativos, planes desde los gobiernos autónomos descentralizados, así como, la obligatoriedad de difusión a medios de comunicación públicos, privados y comunitarios de información acerca de la desaparición o extravío, que debe ser objetiva, contrastada y verificada.
Desde Asfadec e Inredh, consideramos que tras 7 años de
exigencia de una política integral para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, por fin se podrá garantizar el derecho a la justicia célere e inmediata que tenemos todas las personas.
Sabemos que aún falta el Veto Presidencial, por lo que exhortamos al Presidente Lenín Moreno que pueda aprobar sin ningún tipo de veto el proyecto de ley, para que ésta sea promulgada en el Registro Oficial de forma inmediata y se comience a organizar todos los mecanismos estatales.
Estaremos vigilantes no solo de la respuesta del presidente de la República, pero aún más, de que a partir de la promulgación de la Ley, esta Ley Orgánica no se quede en letra muerta y todas las 18 instituciones públicas, medios de comunicación, instituciones educativas y la sociedad, puedan transformar toda esta legislación en realidad, y en el caso de no hacerlo, recibir la sanción adecuada para esto.
Esto, nuevamente, no responde a partidos políticos específicos, ni a una coyuntura social actual, los desaparecidos en el Ecuador es una realidad concreta desde los años 70’s y que va a seguir en la medida en la que el Estado y la sociedad no le preste la importancia para solucionarlo.Seguiremos en la lucha porque sabemos que no es suficiente, pero creemos firmemente que, si esta ley orgánica se transforma en realidad, podemos cambiar los casos que lastimosamente vengan a futuro, pero incluso, ciertos casos históricos que no se han podido resolver. Nos mantenemos vigilantes y siempre en la lucha.
«Solos los perdemos, unidos los encontraremos»
Contacto de prensa:
Lidia Rueda, secretaria de Asfadec, 0995601228
Paúl Pullupaxi, comunicación Inredh, 0992058210