Inicio Nacional Corte Provincial de Pichincha dispone la búsqueda indefinida de Juliana Campoverde

Corte Provincial de Pichincha dispone la búsqueda indefinida de Juliana Campoverde

Por Yuli Gaona
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Hoy, 13 de marzo de 2020, el Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha conformado por las juezas Maritza Romero Estévez (ponente), Patlova Guerra y Diana Fernández, ratificó la sentencia emitida el pasado 17 de julio de 2019 por el Tribunal de Garantías Penales en el caso Juliana Campoverde y negó la apelación del procesado. La prisión de 25 años para Jonathan Carrillo se mantiene luego de ser acusado del secuestro extorsivo con resultado de muerte de Juliana Campoverde.

Además, se aceptó el recurso de apelación de las medidas de reparación solicitadas por parte de los acusadores particulares Elizabeth Rodríguez y Absalón Campoverde, padres de Juliana, entre ellas:

  1. La continuidad de la búsqueda indefinida del cuerpo de Juliana Campoverde que se reactivará luego de la respectiva coordinación con el Ministerio de Gobierno.
  2. La creación de un monto económico de recompensa dedicado a las personas que brinden información que permita encontrar el cuerpo de Juliana.
  3. La investigación de la Iglesia evangélica “Oasis de Esperanza” (donde laboró el pastor Jonathan Carrillo, acusado del delito contra Juliana) o de cualquiera que sea su nombre actualmente y el cierre de esta institución en el caso de no estar legalmente establecida.
  4. Llamado de atención a los fiscales y agentes investigadores que actuaron de manera negligente durante la investigación del caso y pedido de realizar de manera más diligente los procesos de investigación posteriores.
  5. La colocación de una placa de la memoria a cargo de la Iglesia Evangélica Cuadrangular ubicada en la ciudad de Guayaquil.

La audiencia de apelación se instaló hoy, a las 08h30, en las instalaciones de la Corte Provincial. A este encuentro asistieron todas las partes procesales: Fiscalía General del Estado, la acusación particular por parte de Juliana Campoverde y la defensa de Jonathan Carrillo. Esta audiencia se realizó sin la presencia de público, en concordancia con disposiciones internas de la Corte para garantizar la salud frente a la actual emergencia sanitaria activada en el Ecuador.

 Organizaciones sociales permanecieron en los exteriores de la Corte Provincial vigilantes de la resolución del Tribunal

Los argumentos presentados por Fiscalía General del Estado, a través de la fiscal Mayra Soria, se basaron en cuestionar el recurso de apelación presentado por la defensa de Jonathan Carrillo, pues no tenían una fundamentación adecuada, argumento que fue ratificado en sentencia. Durante el proceso de investigación hasta el juicio del caso de Juliana llevado a cabo en 2019, Fiscalía presentó varias pruebas (testimonial, pericial y documental) que concluían la actuación de Jonathan Carrillo en el cometimiento del delito por el que fue sentenciado.

En cuanto a la defensa de Jonathan Carrillo, se alegaron dos puntos principales. Una, la solicitud de nulidad de sentencia por la supuesta vulneración del derecho a la defensa a raíz de que la Fiscalía no utilizó el acuerdo de cooperación eficaz firmado de forma reservada con el procesado; y el segundo, con respecto a que la sentencia estuvo mal motivada ya que se basó solamente en prueba indiciaria y no se logró destruir la presunción de inocencia, al no haber pruebas directas de la comisión del delito y su responsable.

La acusación particular respecto al recurso de apelación presentado por el procesado, alegó que la cooperación eficaz no se utilizó por parte del acusado y que el pedir la nulidad luego alegar la inocencia es sumamente contradictorio. Además, enfatizó que se probó con pruebas técnico-científicas, testimonios y documentos que Juliana Campoverde fue sujeta a un proceso de manipulación por parte del procesado, que éste fue la última persona que estuvo con ella, que murió en sus manos y que ella ya no se encuentra con vida a partir de julio del 2012. En segundo lugar, la acusación particular sustentó el recurso de apelación acerca de la insuficiencia de las medidas de reparación otorgadas por el Tribunal inferior y la solicitud de ampliar dichas medidas.

Para Pamela Chiriboga, abogada de Inredh y abogada del caso, la ratificación de esta sentencia vuelve a constituir un precedente en la búsqueda de personas desaparecidas. En primer lugar, porque se ratificó la sentencia del tribunal de primera instancia, lo que significa que el caso de Juliana sigue siendo el primer caso en el Ecuador, además del caso de los hermanos Restrepo, en el que se ha sentenciado a los responsables a pesar de la ausencia del cuerpo.

Además, el Tribunal determinó que se continúe con la búsqueda del cuerpo lo cual constituye un precedente mayor, ya que reconoce que el Ecuador tiene que hacerse responsable de la búsqueda del paradero de la víctima, o en este caso de sus restos, de manera indefinida. Tal como dice Elizabeth Rodríguez, “esta es la mayor medida de reparación que se esperaba por parte de la familia y ahora es una realidad, no solo para la familia Campoverde Rodríguez sino también para los casos que vengan a futuro”.

 

Elizabeth Rodríguez y la abogada del caso, Pamela Chiriboga, consideran importante esta resolución para los demás casos de desapariciones en el Ecuador

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