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Cascomi presentó medida cautelar para cesar desalojos en Tundayme

Por Super User
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Comunicación INREDH

01/10/2015

Cascomi presentó medida cautelar para cesar desalojos en Tundayme

 Medida cautelar para evitar más desalojos en  #Tundayme

Luis Sánchez, presidente Comunidad Amazónica de Acción Social «Cordillera del Cóndor Mirador» (Cascomi) presentó hoy, 1 de octubre de 2015, una medida cautelar para que cesen los desalojos en el sector de San Marcos, parroquia Tundayme, provincia Zamora Chinchipe.


La medida cautelar fue presentada en el cantón de Gualaquiza para que un juez de primera instancia lo resuelva. Esta medida fue interpuesta en contra Belén Catalina Sánchez Coba, Gerente General y Representante de Ecuacorriente S.A.; Javier Córdova Ministro de Minería; Lorena Tapia, Ministra del Ambiente del Ecuador y Cristina Silva Cadmen, Directora Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom).


Esto luego de que ayer, guardias de la empresa minera y 135 efectivos de la Policía Nacional (Esto según datos del Ministerio del Interior) ingresarán a la parroquia de Tundayme para desalojar a varias familias de la zona que habitan en el lugar donde se prevé ejecutar la minería a cielo abierto para extraer cobre y oro.


Estos desalojos forzosos generan desplazamiento de los miembros de la comunidad de Cascomi. Los desplazamientos de comunidades indígenas se encuentran prohibidos por la Constitución del Ecuador en numeral 11 del artículo 57, que establece: las comunidades tienen derecho “a no ser desplazado de sus tierras ancestrales”.


Las familias afectadas son parte de la lista de los perjudicados por los procesos de servidumbre minera iniciados por la empresa ante la Agencia de Control y Regulación Minera (Arcom – Zamora), en contra de las familias comuneras de la zona para dar inicio a los trabajos para la extracción de cobre por parte de la empresa Ecuacorrientes. Esta explotación se dará bajo la modalidad de minería a cielo abierto en la Cordillera del Cóndor, zona ecológicamente muy sensible y que se encuentra en territorio de comunidades shuar y mestizas.


El juez que conozca de la medida cautelar debe resolver sobre la misma de forma inmediata y urgente conforme lo indica la Constitución y el artículo 29 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.


Cabe mencionar que el 8 de junio de este año antes de que sucedan los desalojos la comunidad shuar de Cascomi presentó una medida cautelar en Quito para solicitar protección y evitar los hechos de los que hoy son víctimas. Esta primera medida cautelar fue negada. Su argumento fue que no existía ni urgencia ni daño reparable a su territorio.


Ayer varias familias fueron desalojadas de sus casas. La empresa con resguardo policial y maquinaria pesada destruyeron las viviendas de los habitantes de la comunidad indígena, ocasionando los primeros desplazamientos de la comunidad.


Peticiones de la medida cautelar


1.- Se ordene la suspensión del proceso de ampliación del Proyecto Mirador conforme a las especificaciones técnicas consensuadas con el Ministerio del Ambiente, Ministerio de Minas y CASCOMI, hasta que la Corte Constitucional del Ecuador resuelva las acciones por incumplimiento N.° 0039-10-AN y 0033-12-AN (acumuladas).


2.- Se suspenda la ejecución de servidumbres mineras restantes de la zona de influencia del proyecto Mirador, hasta que la Corte Constitucional del Ecuador resuelva las acciones por incumplimiento N.° 0039-10-AN y 0033-12-AN (acumuladas).


3.- Se provea de forma inmediata viviendas a las familias de la comunidad de CASCOMI que ya han sido desplazadas dentro de su mismo territorio ancestral; además de que se ordene la devolución de los bienes despojados durante el proceso de desalojo.


4.- Se ordene al Ministerio del Ambiente el control social y ambiental continuo en la zona del proyecto Mirador, a través de un proceso consensuado con CASCOMI y con informes continuos a su honorable judicatura

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