Inicio Covid – 19 Audiencia de acción de protección por afectaciones del derrame de crudo es diferida ante pedido de accionados

Audiencia de acción de protección por afectaciones del derrame de crudo es diferida ante pedido de accionados

Por Yuli Gaona
209 views

 
Este 16 de mayo, a un día de la audiencia en el juicio propuesto por los afectados por el derrame del petróleo del pasado 7 de abril, el juez del proceso, Jaime Oña Mayorga, aplaza la diligencia para el 25 de mayo de 2020, día decretado como feriado a nivel nacional. El diferimiento de la audiencia es pedido del Ministro de Energía y Recursos Naturales no Renovables, quien alega “imposibilidad de acceder al expediente” en la emergencia sanitaria.

Le recordamos al Consejo de la Judicatura que, al ser un proceso que se realizará por vía digital, recae en la Judicatura la tarea de digitalizar los expedientes íntegros para facilitar el acceso que las partes requerimos y al que tenemos derecho.
A la vez, recordamos al Ministerio de Energía  que las actividades de las entidades del sector público no se han suspendido por la emergencia. Es más, como expresamente el gobierno autorizó el mantenimiento de las actividades extractivas, las funciones de control deberían estar en especial alerta y activadas. Falta al principio de buena fe que las instituciones demandadas no hayan hecho uso oportuno de sus competencias, medios y recursos para acceder a los documentos del proceso.   Lamentamos que, por encima de la vida, la salud y la integridad de miles de personas primen acciones que buscan dilatar o retrasar de manera injustificada la protección y garantía de derechos.

La audiencia ya fue diferida una vez, del 12 al 18 de mayo.  Debemos recordarles al Consejo de Judicatura y al juez de la causa que, si la audiencia se sigue aplazando, se desnaturaliza a la acción de protección como recurso  ÁGIL, SENCILLO Y EFECTIVO. Al respecto, la Corte Constitucional sostiene que el principio de celeridad “(i)ncluye que los procesos se sustancien dentro de los términos previstos en el ordenamiento jurídico y que, en caso de existir un exceso de estos términos, aquello sea proporcional y razonable y debidamente justificado por parte del operador de justicia”.
Como organizaciones accionantes, le reiteramos al Consejo de la Judicatura de Francisco de Orellana que se está dilatando un proceso que debe desarrollarse con celeridad, tanto por su naturaleza, como por la gravedad de las violaciones a derechos humanos que se siguen dando por el derrame del 7 de abril.
Al día de hoy, están vigentes las vulneraciones a los derechos a la vida digna, al agua, a la salud, a la adecuada alimentación y a la soberanía alimentaria, a la integridad del territorio, al medio ambiente sano, a los procesos vitales de la naturaleza. Todas las vulneraciones, consecuencia del derrame de petróleo del 7 de abril. Se mantiene el  estado de desprotección y vulnerabilidad por los ríos y tierras contaminadas que impiden a las víctimas contar con el agua y la alimentación adecuadas. Todo esto, exacerbado en un contexto de emergencia sanitaria por la pandemia.

Paradójicamente, mientras las actividades petroleras son consideradas “estratégicas”, las víctimas de un derrame de petróleo sí enfrentan verdaderos obstáculos para movilizarse y acceder a los mínimos de su supervivencia. A eso se suma, ahora, el obstáculo a acceder a justicia pronta y ágil.
Además, es público que el riesgo de que ocurran nuevos derrames por  derrumbes en el área de San Rafael sigue presente y se acrecienta. La amenaza es directa, grave e inminente y los daños adicionales que eso puede causar son  irreversibles.
Por todo esto, urgimos al Juez de la presente causa a pronunciarse sobre las MEDIDAS CAUTELARES que solicitamos con la pretensión de la demanda desde el pasado 29 de abril. 

Finalmente, dada la trascendencia del caso y las sospechosas dilaciones causadas por las autoridades, requerimos que el Consejo de la Judicatura utilice sus canales públicos para transmitir, íntegramente, la audiencia cuando ésta se realice. Así, garantizará la efectiva publicidad de la diligencia, y posibilitará a los medios de comunicación y a la ciudadanía en general acceder a la información; otro derecho reconocido por la Constitución ecuatoriana.
Esta situación ha sido alertada  no sólo  por esta Alianza, sino también por un sinnúmero de medios de comunicación nacionales e internacionales. Así como por la Relatoría de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambiental (Red-DESCA)[1] de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  y por  Amnistía Internacional.[2]
 
 
Contacto: Yuli Gaona, Comunicación Alianza por los Derechos Humanos – 0980916690
[1] https://twitter.com/CIDH/status/1253330616164028416
[2] https://www.amnesty.org/es/documents/amr28/2294/2020/es/

Post Relacionados