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Despenalización de la homosexualidad en Ecuador: una mirada a la realidad y los derechos

Por Yuli Gaona
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Por Mayra Chanatásig

A lo largo de la historia del Ecuador, hemos constatado, tristemente, que el visibilizar nuestras orientaciones sexuales se puede convertir en una travesía llena de estereotipos y estigmas. Y por eso mismo resulta importante, en memoria de todas las personas que perdieron su vida por sus derechos, recordar los pasos significativos en las exigencias de los derechos de la comunidad LGBTIQ+ (Lesbiana, Gay, Bisexual, Transgéro, Transexual, Travesti, Intersexual, Queer y más). 

Estos pasos que comienzan a visibilizar la vulneración de derechos hacia las diversidades sexo-genéricas buscan el reconocimiento de sus derechos de la comunidad LGBTIQ+, como la igualdad, libertad, trato digno y respeto. Asimismo, es importante reconocer la influencia para la aprobación del matrimonio igualitario 22 años después.  

Es así que se debe retroceder a finales de los años 80 e inicios de los 90 donde a nivel mundial comienzan a abrirse caminos de investigación y promulgación de leyes, gracias a los avances en países como Holanda, Estados Unidos y Canadá, donde comienzan a desarrollar centros de investigación y programa de estudios en las universidades. Asimismo, Canadá promulgó la ley que prohibía la discriminación basada en la orientación sexual y “Nueva Zelanda, Países Bajos, Noruega y Suecia fueron países pioneros en reconocer derechos de parejas homosexuales” (Garrido, 2017). 

Sin embargo, en el contexto de Latinoamérica y, por supuesto, en Ecuador, la historia era diferente. La homofobia, la moral y la religión comienzan a generar estereotipos que apuntan a una persecución de violencia y muertes contra esta comunidad. 

Para esto, se debe tener en cuenta que, en el Código Penal de aquella época, 1938, la homosexualidad era penado por la ley como lo muestra en su art. 516 donde se la consideraba un delito a ser corregido con penas de entre cuatro a ocho años de prisión, siendo así que “eran consideradas delincuentes viéndose obligadas a vivir entre la clandestinidad y la criminalización” (Gutiérrez, 2019).  

Es así que, para el 22 de junio 1997, existe un suceso en Cuenca que marca la historia de la comunidad LGBTIQ+, siendo este la gota que derrama el vaso para que la lucha sea aún más fuerte por los derechos de esta comunidad. El epicentro de toda esta violación de derechos inicia en el bar Abanico’s, donde se realizaba la elección de reina gay del lugar, como lo relata (Gutiérrez, 2019): 

“sesenta personas no heterosexuales fueron detenidas y llevadas al Centro de Detención Provisional de la Policía, en donde la reina electa fue violada sistemáticamente por el capataz de la celda y demás presos sin preservativo y en lo posterior con preservativo debido a que los policías empezaron a venderlos a un valor de 5.000 sucres 

Sin duda, este hecho hace un llamado de atención a todos los medios de comunicación, grupos y colectivos, entre ellos “Grupo Tolerancia, Triángulo andino, Fedaeps, Apdh, Soga y Asociación de Gais transgénero Coccinelli” (Cabral, 2017, pág. 68), quienes comienzan un proceso de recolección de firmas para realizar la denuncia contra el art. 516 con referencia a la penalidad de la homosexualidad.  

Es así que luego de cuatro meses aproximadamente se logra la despenalización de la homosexualidad, pero la lucha jamás terminó ahí, sino que abre las puertas para continuar la búsqueda del reconcomiendo de sus derechos y la garantía de los mismos, enfrentándose así no solo a leyes que no les protegen, sino también a una sociedad que mantiene viva la idea de la homofobia y los estereotipos de una pareja.  

De esta manera, nace un nuevo objetivo que enfrenta a la criminalización social, mediante el “activismo jurídico que garantizara los derechos de las personas LGBTIQ+ en Ecuador y campañas de información para cambiar los imaginarios colectivos sobre las preferencias sexuales” (Gutiérrez, 2019).  

Es por eso que se debe tener en consideración la visibilización de las diversidades sexo-genéricas como una diversidad más en el mundo al igual que el color de piel, el idioma, etc. Esto permite ratificar a la diversidad como una característica más del ser humano, así como los derechos a ser libres, iguales, tratados con dignidad y el respeto, tal como lo establece la actual Constitución, en el art. 11, numeral 2: 

Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. 

Esto muestra como desde el 2008, con la Carta Magna, se promulga la igual de derechos entre todos y todas las ecuatorianas, siendo este también un paso significativo en el reconocimiento de los derechos de las diversidades sexo-genéricas.  

Ahora bien, pese a estas garantías constitucionales, las vulneraciones a los derechos de la comunidad no culminan ahí. Solo recordemos cuando Pamela Troya decidió casarse con su pareja del mismo sexo, pero no les permitieron, lo mismo le sucedió a Efraín Soria y Javier Benalcázar en 2018, quienes “apelaron el caso ante la Corte Provincial de Pichincha y luego ante la Corte Constitucional, que reconoció que la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos era vinculante en Ecuador. En el documento se establece que los estados que forman parte del Pacto de San José, incluido nuestro país, deben garantizar el acceso al derecho al matrimonio a parejas del mismo sexo” (Rosero, 2020). 

Esto sin duda deja un precedente histórico que demuestra cómo las luchas de años, que se han transformado en décadas enteras, pueden brindar frutos, permitiendo así que los avances en derechos humanos nazcan desde quienes más sufren vulneración de los mismos. Lo cual ha permitido que no solo marque la historia de la comunidad LGBTIQ+, sino también el avance que tiene nuestro país con los derechos humanos y con una sociedad más inclusiva y con respeto a la igualdad, la libertad y el trato digno.  

Diferencias siempre van a existir, pero lo que debe ser primordial es el respeto, protección y garantía de cada uno de sus derechos, permitiendo así que no solo existan avances en materia legal, sino también en la sociedad donde los estereotipos y “la moral” ya no sean puntos de discriminación, violencia y homofobia. 

Asimismo, este avance en los derechos de las personas LGBTIQ+ ha permitido que, según datos del Registro Civil: “Pichincha, con 105 matrimonios; Guayas, con 95; y Santo Domingo de los Tsáchilas, con 10, sean las provincias en las que se registran la mayor cantidad de matrimonios entre parejas del mismo sexo” (Primicias, 2021). Así mismo, otro de los datos relevantes que se han recogido del Registro civil es que “los hombres son quienes más han accedido al matrimonio igualitario. Desde 2019, 155 parejas masculinas han inscrito su matrimonio, frente a 112 de mujeres” (Primicias, 2021).  

De esta forma se puede evidenciar que esto ha permitido a muchas parejas del mismo género poder gozar de todos los derechos, mostrando que, luego de 24 años de la despenalización de la homosexualidad en nuestro país, los logros de la comunidad LGBTIQ+ han seguido en pie.  

Sin duda, los dolores y recuerdos del pasado como la violación de derechos realmente no son solo parte del pasado, sino que continúan haciendo historia y dejando legados de la lucha y la defensa de los derechos humanos. 

 

Biografía 

 

 

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Mayra Chanatásig

Estudiante de la Universidad Central del Ecuador en la Carrera de Trabajo Social y becaria por excelencia académica. Formación en los enfoques de personas con discapacidad y género, participación, liderazgo social, violencia contra la mujer y derechos humanos.

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