Daniel Véjar, asesor legal de INREDH |
30/08/2016 |
Dónde están: Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada |
1977. Argentina. Un grupo de madres y familiares de desaparecidos inician un movimiento de resistencia no violenta. Su objetivo: una respuesta, cualquier respuesta sobre el paradero de sus hijos e hijas. El mundo entero se conmovió ante su lucha y su dolor. Pocos años más tarde, aquel pequeño grupo de madres formarían una organización mundialmente reconocida bajo el sencillo nombre de “las Abuelas de la Plaza de Mayo”.
Once años después, Pedro, padre de Carlos Santiago y Andrés Restrepo Arismendy inició una lucha similar en búsqueda de la verdad durante muchos años en la Plaza de la Independencia en la ciudad de Quito. Su caso marcó un precedente en la historia de los derechos humanos en Ecuador. Hoy en día, muchas más familias y organizaciones emulan la perseverancia de Pedro y las Abuelas de Plaza de Mayo, todas bajo un mismo eco: “¿Dónde están?”
A diferencia de cualquier tipo de delito, una desaparición, cualquiera sea su especie, trae consigo un sufrimiento sin igual para sus víctimas. Es un dolor que no tiene medida ni consuelo, que no sucumbe ante el paso del tiempo sino que se agrava con él. “Cada minuto cuenta”. La incertidumbre se convierte en lo cotidiano y el trabajo de cada día se transforma en una búsqueda, tan necesaria como respirar, de saber la verdad.
“Una desaparición es una forma de sufrimiento doblemente paralizante: para las víctimas, muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la vida, y para los miembros de la familia, que no saben la suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la desesperación, cavilando y esperando, a veces durante años, noticias que acaso nunca lleguen. Las víctimas saben bien que sus familias desconocen su paradero y que son escasas las posibilidades de que alguien venga a ayudarlas. Al habérselas separado del ámbito protector de la ley y al haber «desaparecido» de la sociedad, se encuentran, de hecho, privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores”[1]
Una desaparición forzada adquiere, adicionalmente, un especial matiz de gravedad, ya que el perpetrador es el propio Estado. Se considera que una desaparición es forzada cuando «se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley.»[2]
Internacionalmente, se identificó que la práctica de las desapariciones forzadas forma parte de una estrategia de infundir temor sobre los ciudadanos, y de manera especial sobre sus opositores políticos. Por ello, la lucha de los familiares y amigos de personas desaparecidas requiere de un mérito y admiración únicos, ya que, al exigir respuestas al mismo Estado, ellos se convierten día a día en potenciales víctimas:
La familia y los amigos de las personas desaparecidas sufren una angustia mental lenta, ignorando si la víctima vive aún y, de ser así, dónde se encuentra recluida, en qué condiciones y cuál es su estado de salud. Además, conscientes de que ellos también están amenazados, saben que pueden correr la misma suerte y que el mero hecho de indagar la verdad tal vez les exponga a un peligro aún mayor.[3]
Ante el alarmante incremento de desapariciones forzadas en la pasada década, el 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas, en virtud de la resolución A/RES/65/209 celebró la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y declaró al 30 de agosto, como el día internacional de las víctimas de desapariciones forzadas.
Actualmente, el espectro de protección ha aumentado por lo que también se considera como desaparición forzada a cualquier desaparición de una persona que se encuentre bajo la custodia directa del Estado, como es el caso de privados de libertad o pacientes de instituciones públicas de salud, personas bajo las cuales el Estado tiene un deber reforzado de protección y por ende debe responder por ellas. Este es el caso de Luis Eduardo Guachalá, quién fue visto por última vez por su madre el 10 de enero de 2004 cuando fue internado en el Hospital Público “Julio Endara” y que se encuentra bajo análisis en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En nuestra legislación, fue tipificada como un delito de lesa humanidad con la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal recién en el año 2013, pero en Ecuador todavía existen casos de víctimas de desaparición forzada que permanecen sin esclarecimiento. La desaparición del escritor Gustavo Garzón el 10 de noviembre de 1990 es uno de los ejemplos de ello.
No obstante, en el transcurso de estos últimos años los ecuatorianos hemos sido y somos testigos de desapariciones que, en principio, al no ser el perpetrador el Estado, son investigaciones que se manejan como actuaciones administrativas, y los resultados siempre son lamentables pérdidas: Karina del Pozo, Angie Carrillo, Marina Mengazzo y María José Coni; y otros tantos permanecen sin esclarecimientos ni teorías ni sospechosos: David Romo, Juliana Campoverde, Carolina Garzón. Telmo Orlando Pacheco, Luis Humberto Sigcho, Camilo Tobar, Alexander Romo, Leonor Ramírez, Luis Alfredo Velásquez…
Por ello, en este Día Internacional de Víctimas de Desaparición Forzada, instamos a las autoridades a seguir combatiendo la desaparición forzada pero también recordamos su deber de investigar de manera eficaz todos los casos de desaparecidos, y sobre todo honramos a todas aquellas personas que valientemente persisten en su búsqueda de la verdad y que no desfallezcan en ella, tal como las Abuelas de Plaza de Mayo o Pedro Restrepo pues la verdad no es ningún favor de las autoridades, es un derecho individual de las víctimas y colectivo de todos los ecuatorianos.
[1] Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Oficina del Alto Comisionado de Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, Folleto Informativo Nº6/Rev.3
[2] Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
[3] Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, http://www.un.org/es/events/disappearancesday/background.shtml