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INREDH rechaza discriminación a policías en Baños

Por Yuli Gaona
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La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, Inredh, ante la decisión del alcalde de Baños, Luis Silva, de impedir el ingreso de policías al cantón, a pretexto de que pueden contagiar con covid 19 a esa localidad, manifiesta lo siguiente:

 

  1. Los derechos humanos son inherentes al ser humano. Esto quiere decir que todas las personas gozan de estos derechos, sin distinción de nacionalidad, religión, raza, orientación sexual, clase social o económica, profesión, etc. Ninguna autoridad, bajo ningún pretexto, puede vulnerar un derecho humano. Si bien nos encontramos en Estado de Excepción, como señaló la Corte Constitucional en su dictamen de constitucionalidad, los derechos que no fueron expresamente suspendidos en el Decreto Nro. 1017, permanecen vigentes; es decir, si bien los estados de excepción pueden limitar determinados derechos, no son una carta en blanco para que las autoridades y los agentes del orden pueden usarla para violentar sistemáticamente todos los derechos.

 

  1. Con apego a lo anterior, rechazamos categóricamente la decisión del alcalde de Baños, Luis Silva, y del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) de ese cantón, de impedir que agentes de la Policía Nacional ingresen a la Escuela de Formación de Policías de Baños porque, supuestamente, estuvieron en contacto con pacientes contagiados del covid-19, lo que constituye una flagrante violación a los derechos a la salud y a la no discriminación del personal policial que iba a esa localidad para descansar o, incluso, aislarse en el marco de las medidas de precaución que ha dispuesto el gobierno nacional para detener la propagación del covid 19.

 

  1. La violación a un derecho no puede solucionarse con la violación de otro derecho, como es el dejar sin seguridad policial a una ciudad, tal como lo dispuso la ministra de Gobierno, María Paula Romo. La confrontación de dos autoridades de ninguna manera puede provocar la vulneración de derechos, ni de policías, ni de la ciudadanía. Recordamos lo que la Ley de Seguridad Pública y del Estado señala en su artículo 3:

Es deber del Estado promover y garantizar la seguridad de todos los habitantes, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos del Ecuador, y de la estructura del Estado, a través del Sistema de Seguridad Pública y del Estado, responsable de la seguridad pública y del Estado con el fin de coadyuvar al bienestar colectivo, al desarrollo integral, al ejercicio pleno de los derechos humanos y de los derechos y garantías constitucionales.

 

  1. Exhortamos a las autoridades de Baños a deponer las medidas que han tomado porque no son las adecuadas para proteger a quienes dicen defender; al contrario, esto puede llevar a la población a un mayor estado de vulnerabilidad. No deseamos que este incidente se convierta en un precedente que otras poblaciones deseen emular, dando lugar a acciones de discriminación y violencia en contra de los agentes policiales.

 

  1. INREDH reconoce la acción policial legítima en el marco de esta pandemia y los riesgos a los que se exponen. Solicitamos a las autoridades de gobierno que se dote de los implementos necesarios para que los agentes policiales se mantengan protegidos y se disminuya el riesgo de contagio; así también ratificamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos humanos de todas las personas y de seguir denunciando las violaciones a estos derechos.

 

Quito, 2 de abril de 2020

Consejo Directivo de INREDH

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