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Juez negó medidas cautelares a San Pablo de Amalí

Por Super User
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Comunicacion INREDH

08/12/2015

Juez negó medidas cautelares a San Pablo de Amalí

 

El juez de la Unidad Judicial de lo Penal del cantón Chillanes Bolívar, Jorge Raúl Ávila, negó ayer, 07 de diciembre de 2015, la petición de medidas cautelares a la comunidad de San Pablo de Amalí, del cantón Chillanes que solicitó la construcción de un muro de contención de hormigón para evitar más daños por la desviación del río Dulcepamba.

Medidas Cautelares

 

 


  El Juez motivo su resolución haciendo una analogía de las medidas cautelares constitucionales con las medidas cautelares civiles y penales indicando que todas las medidas cautelares sirven para “suspender” algo. En ese sentido, indicó que la comunidad no le estaba solicitando suspender nada sino ordenar la construcción de un muro porque lo que señaló que no es competente para hacerlo. Además, en la audiencia el juez no permitió la intervención de la víctima, ni de terceros coadyuvantes ni la utilización de gráficos para explicar la situación.

 

El juez realizó una errónea comparación al considerar todas las medidas cautelares como mecanismos para “suspender” acciones. Además desconoció que el fin de las medidas cautelares es precisamente suspender, evitar, impedir o interrumpir graves daños a derechos reconocidos en la Constitución tal como lo señala la misma Carta Magna, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y un fallo de la misma Corte Constitucional signado con el número 0561-12-CN, tal como lo señaló Daniel Véjar, abogado de la comunidad.

 

La solicitud de la construcción del muro de contención estuvo fundamentada en el grave peligro que corre la comunidad desde que el río Dulcepamba, afluente aledaño a la comunidad, fuera desviado por la compañía Hidrotambo S.A. en octubre del año 2013. Es a raíz de este desvío que en marzo del presente año, durante una fuerte crecida del río, se perdieron 23 propiedades, se obstaculizaron las vías y se perdió tres vidas humanas entre ellos, un menor de edad.

 

Manuel Trujillo, representante de la comunidad de San Pablo de Amalí, informó que no se descarta tomar otras acciones legales para conseguir la seguridad de su pueblo.

 

La audiencia duró cerca de 30 minutos. No todas las partes demandada acudieron a la audiencia. Darío Fernando Cueva, del ministerio de Ambiente y Patricia Vera, secretaria de Riesgos fueron las únicas autoridades citadas que comparecieron. Ellos se comprometieron en revisar la situación que aqueja a la comunidad por el desvío del río y la eminente llegada del fenómeno de El Niño. Los representantes de Hidrotambo, Gobernación y Arconel, también citados, no comparecieron a la audiencia.

 

Contactos de prensa:

Manuel Trujillo, presidente de la comunidad de San Pablo de Amalí. Tel: 097958016

Daniel Véjar, asesor de la comunidad de San Pablo de Amalí. Tel: 0984582639

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