La empresa minera EcuaCorriente S.A. (ECSA), deberá abstenerse temporalmente de realizar acciones intimidatorias y ordenar cualquier acto de desalojo en contra de los habitantes de la comunidad indígena Cascomi, ubicada en la parroquia Tundayme, cantón El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe, donde opera el proyecto minero Mirador que extraerá cobre de la zona .
Así lo dispuso Alfonso Dávila, Juez de la Unidad Judicial de Trabajo en Iñaquito, tras haber aprobado las medidas cautelares que solicitó la Fundación de Asesoría Legal en Derechos Humanos (Inredh) y la Red Eclesial Panamazónica en representación de la Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi).
Las medidas cautelares indican que se ordene a la empresa Ecsa, cesar de forma inmediata todo tipo de acción intimidatoria en contra de los miembros de la comunidad Cascomi, también que se suspenda la ejecución de desalojos en la zona.
La presentación de estas medidas se dio debido a las amenazas de nuevos desalojos, las cuales presentan un riesgo inminente y directo de afectación a los derechos a la vivienda, la prohibición de desplazamiento en la comunidad y la vulneración del derecho a una vida digna y al trabajo.
La comunidad de Cascomi, al ser una comunidad indígena, goza de la prohibición de desalojo o desplazamiento sin consentimiento previo, libre e informado. Estos desplazamientos de comunidades indígenas se encuentran prohibidos por la Constitución del Ecuador en numeral 11 del artículo 57, que establece que las comunidades tienen derecho “a no ser desplazados de sus tierras ancestrales”.