Comunicación Inredh |
26/03/2018 |
Jueza niega acción de protección a favor de la libre determinación del pueblo indígena |
La jueza constitucional Alexandra Domínguez negó la acción de protección interpuesta por la comunidad ancestral La Toglla, que tenía como fin cesar la injerencia de las autoridades del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), en las 551 hectáreas de la comunidad, ubicada en la parroquia de Guangopolo, en el Valle de Quito.
El argumento: fue que se trataba de un problema interno de la comunidad y que no se evidenció vulneración de derechos colectivos.
Con este criterio discrepa, Raúl Llagsa, abogado de la comunidad, que en la audiencia que se desarrolló el pasado viernes, 23 de marzo de 2018, dijo que comunidad La Toglla existe antes de la construcción del Estado ecuatoriano y que no necesita tener personería jurídica ni esta tutelado por ninguna institución, pues la comunidades, comunas y pueblos están reconocidos por la Constitución. Además, aseguró los pueblos tiene el derecho a la identidad y a la libre determinación garantizado en la Constitución y en instrumentos internacionales.
Llagsa, precisó, que La Toglla al auto determinarse como comunidad ancestral ya no está tutelada por el Ministerio de Agricultora, sino que su registro ahora debería estar en la subsecretaría de la Política.
Por su parte, la representante del Ministerio de Agricultura, señaló que existe un Decreto presidencial y la Ley de comunas que establecen que las comunidades están rigidas por el Ministerio.
Para Darío Iza, vicepresidente la comunidad, la resolución de la jueza muestra su desconocimiento de la realidad comunitaria y violenta el derecho a la libre determinación de los pueblos, comunas y comunidades. Asimismo, se evidencia el no respeto a las autoridades comunitarias y a sus resoluciones. También, aseguró que este fallo, “le sigue el juego a los interés inmobiliarios del sector y ayuda a la liquidación de la comuna”.
Para Nelson Atupaña, asesor legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), que participó en la audiencia como amicus curiae, el dictamen de le jueza violenta el derecho a la libertad de asociación y a la libre autodeterminación de los pueblos indígenas.
Tras, escuchar la resolución, la defensa de comunidad apeló el dictamen. Ahora, se espera que este caso sea resuelto en la Corte Provincial.