Inicio Nacional Juliana Campoverde: Se cumplieron los 30 días dados por el Tribunal; defensa técnica de la familia ratifica el incumplimiento de la sentencia

Juliana Campoverde: Se cumplieron los 30 días dados por el Tribunal; defensa técnica de la familia ratifica el incumplimiento de la sentencia

Por luxor2608
266 views

Dentro de los 30 días que dispuso la jueza ponente del Tribunal, Sara Costales, para conocer, con documentación anexada, el cumplimiento de la medidas de reparación integral dadas en la sentencia, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) como parte de la defensa técnica, presentó el informe de seguimiento al cumplimiento que explica que pese a los avances de cada una, las medidas de reparación aún no son totalmente cumplidas. 

Estas medidas de reparación integral son parte del dictamen del Tribunal de Garantías Penales que encontró culpable Jonathan Carrillo, por el delito de secuestro extorsivo con resultado de muerte de la joven de 18 años y fue sentenciado a una pena privativa de libertad de 25 años.  

Esto se comprobó el 18 de julio de 2019, gracias a los informes de especialistas que determinaron el perfil psicológico de Jonathan Carrillo, la triangulación de los teléfonos del procesado y Juliana, los resultados de los restos óseos y los peritajes informáticos de la IP de la computadora, de las tarjetas de ingreso y de los vídeos de vigilancia del Instituto Nacional de la Meritocracia, lugar donde trabajaba el sentenciado.  

Juliana Campoverde, quien fue vista por última vez en el sur de Quito el 7 de julio de 2012, fue retenida en contra de su voluntad, trasladada del sur al norte de Quito y arrojada sin vida en la quebrada de Bellavista, norte de la ciudad; dichas acciones fueron realizadas por Jonathan Carrillo, pastor de la iglesia “Oasis de Esperanza”, a la cual la familia Campoverde pertenecía. Estas acciones fueron aceptadas por el mismo procesado durante la fase de instrucción fiscal.  

Estas son las medidas de reparación integral y cómo avanza su cumplimiento:  

1. Indemnización 

El tribunal dispuso que la familia de Jonathan Carrillo realice el pago de $100.000,00 (CIEN MIL DOLARES AMERICANOS) por concepto de reparación integral. 

Los padres de Juliana Campoverde: Elizabeth Rodríguez y Absalón Campoverde, no han recibido ninguna compensación económica por los daños sufridos por lo sucedido con Juliana. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

2. Registro de pastores, pastoras, líderes religiosos, ministros y ministras de culto 

El tribunal dispuso que el ente rector de Cultos en el Ecuador implemente un Registro de Pastores, Pastoras, Líderes Religiosos, Ministros y Ministras de Cultos. 

Se acordó que por parte de la Secretaría de Derechos Humanos se realizaría dicho registro, en el cual insertarían un instructivo para que casos como el de Juliana Campoverde no se repitan, sin embargo, dicha acción no se ha cumplido y tampoco ha sido informada a la defensa de Elizabeth Rodríguez (INREDH). Los representantes actuales del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos mencionaron que existe un registro de 5122 organizaciones religiosas, no obstante, en dicho registro no se encuentra el de pastores, pastoras, líderes religiosos, ministros y ministras del culto. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

3. Capacitaciones en Género y Derechos Humanos 

El tribunal dispuso que a los servidores públicos y policiales de la Fiscalía General del Estado y la Policía Nacional se les imparta talleres y cursos sobre derechos humanos y género. 

Durante la audiencia de cumplimiento del 27 de diciembre de 2022, Fiscalía expresó que se implementaron 57 eventos de formación entre 2019 y 2022. Cabe recalcar que nunca se socializó la planificación, realización y evaluación de dichos talleres. Además, fueron incluidos talleres anteriores a la sentencia emitida el 18 de noviembre de 2018 y talleres correspondientes a mayo y agosto de 2023 que aún no se realizan. De la misma manera, la Policía Nacional sostiene que su personal se mantiene en constante formación con respecto a derechos humanos, sin embargo, no se conoce acerca de capacitaciones específicas sobre género y derechos humanos a partir del caso de Juliana Campoverde. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

4. Retiro inmediato del nombre “Iglesia Oasis de Esperanza” y prohibición del uso de este nombre para iglesias de esta denominación 

El tribunal dispuso que la Iglesia del Evangelio Cuadrangular del Ecuador retire de inmediato del nombre “Iglesia Oasis de Esperanza” de esta comunidad y prohíba el uso del mismo. 

La medida consiste en la prohibición del uso del nombre, no obstante, preocupa que la institución religiosa en donde se dieron los hechos y que facilitó la manipulación y acoso hacia Juliana siga en funcionamiento con otro nombre. Eso abre la posibilidad de que los sucesos como los que afectaron a Juliana Campoverde vuelvan a ocurrir.  

Las instituciones públicas, en la actualidad el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, a cargo del control de organizaciones religiosas, manifiestan que “no son competentes” o “como no está legalizada, no podemos hacer nada”. Dicha iglesia sigue funcionando bajo otro nombre con el mismo cuerpo de pastores. Si bien se retiró el nombre y se prohibió su uso, la estructura sigue en funcionamiento por lo que, a criterio de la familia y su defensa técnica, la medida ha sido inefectiva.  

5. Programa de recompensas y difusión para recabar información verdadera y comprobable 

El tribunal dispuso que se incluya un programa de recompensas por parte del Ministerio de Gobierno para que la ciudadanía colabore en la ubicación de los restos de Juliana Campoverde. 

Se señaló que no existía ningún programa vigente de recompensas relacionado con este tipo de casos, por lo cual se planteó una propuesta para un programa de recompensas para víctimas. Sin embargo, de manera extraoficial se comunicó que dicho programa no se llevaría a cabo a pesar de las varias reuniones con el Ministerio de Gobierno para su implementación. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

6. Proceso de búsqueda de los restos de Juliana Campoverde 

El tribunal dispuso al Ministerio del Interior que se continúe con las búsqueda de los restos de Juliana Campoverde. 

Luego de 9 meses de dictada la sentencia, se tuvo la primera reunión el 12 de febrero de 2021 enfocada en la búsqueda de los resto de Juliana Campoverde. A partir de este momento se realizaron diversas diligencias entre el 15 de abril de 2021 hasta el 27 de abril de 2022, no obstante, estas tuvieron un carácter preparatorio. Después de dichas diligencias, se mantuvieron varias reuniones con el Ministerio del Interior y la Fiscalía General del Estado, sin embargo, desde la última reunión del 4 de agosto de 2022, no se ha obtenido una respuesta por parte del Ministerio respecto al plan de búsqueda planteado. Se mencionó que quien estaba a cargo de la misma dejaría su cargo y no podía comprometerse. Por esta razón, no se han realizado actividades de búsqueda, ni tampoco se ha dado con los restos de Juliana. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

7. Colocación de una placa en memoria de quien en vida fue Juliana Campoverde, misma que será aplicada por la Iglesia Evangélica Cuadrangular 

El tribunal dispuso que se coloque una placa en memoria de Juliana Campoverde, la cual será aplicada por la Iglesia Evangélica Cuadrangular con sede en Guayaquil. 

Se realizaron varias reuniones en las cuales se acordó de manera conjunta, entre Elizabeth Rodríguez (INREDH) y la Iglesia Evangélica Cuadrangular, la construcción del texto, el diseño y el lugar de la placa. Sin embargo, en el mes de abril de 2021, se colocó una placa que no fue socializada con las víctimas; además, invisibilizaba la desaparición y revictimizaba a la familia de Juliana. La Iglesia Oasis de Esperanza no se responsabilizó de la colocación de esta placa.  

Frente a las quejas por parte de la familia por esta placa, se presentaron nuevas propuestas de diseño y cotización de la placa, pero la Iglesia Cuadrangular del Ecuador no se pronunció. Por lo tanto, se presentó una última propuesta que consistía en la construcción de un antimonumento, la cual aún sigue en espera de aprobación. Hasta ahora, no se coloca ninguna placa que sea una medida simbólica que repare a la familia de Juliana. Esta medida de reparación no ha sido cumplida. 

Por último, el informe resalta el hostigamiento hacia la memoria de Juliana Campoverde, a su familia y hasta a la defensa técnica en redes sociales como Facebook, YouTube, Twitter y Blogs. Estos ataques revictimizan a los familiares y buscan desprestigiar el caso de Juliana Campoverde a través del cuestionamiento de Juliana, del accionar ético y profesional de funcionarios públicos junto con el de los abogados que llevaron el caso así como desprestigiar la lucha de su familia, especialmente de Elizabeth Rodríguez. 

El Tribunal de Garantías Penales estableció 30 días para que todas las partes, a más de las instituciones públicas obligadas, presenten un informe de cumplimiento. Dado que el plazo ya feneció, se espera la respuesta del Tribunal acerca de las medidas de reparación integral.  

La familia de Juliana así como Inredh y la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas (Asfadec), estaremos pendientes y exigiendo el cumplimiento. Estas medidas de reparación integral se dictaron el 18 de noviembre de 2019 y fueron ratificadas y ampliadas por la Corte Provincial, el 22 de mayo de 2020. A pesar del transcurso de casi tres años, ninguna de las medidas ha sido cumplida en su totalidad.  

Post Relacionados