El Ministerio del Ambiente y Agua rechazó la solicitud de nulidad y ratificó la resolución emitida el 7 de octubre del 2019, que dispuso que la central hidroeléctrica San José del Tambo, operada por la empresa Hidrotambo S.A., puede hacer uso de aprovechamiento del agua en los siguientes caudales: enero, 6,50 m3/s.; febrero, 6,50 m3/s.; marzo, 6,50 m3/s.; abril, 6,50 m3/s.; mayo, 6,50 m3/s. junio, 5,99 m3/s.; julio, 1,70 m3/s.; agosto, 0 m3/s.; septiembre, 0 m3/s.; octubre, 0,0 m3/s.; noviembre, 0,30 m3/s. y diciembre, 1,73 m3/s.
En ese sentido, la empresa no puede hacer uso del agua entre los meses de agosto y diciembre, ya que la resolución señala:
“Bajo ninguna circunstancia, la compañía concesionaria, podrá disponer en épocas de estiaje la totalidad del caudal existente en el río Dulcepamba, debiendo dejar circular de manera permanente un caudal mínimo de 1,46 m3/seg., a la altura del sitio de la toma, que servirá como caudal ecológico, en el tramo que se afecta, debido a la merma del caudal del río, sin que este caudal por ningún concepto pueda ser disminuido a favor de la generación hidroeléctrica”.
Esta ratificación de la resolución se da respuesta en recurso extraordinario de revisión interpuesto mediante apelación por parte de Franklin Alberto Pico, gerente General la empresa hidroeléctrica Hidrotambo S.A que solicitaba la autorización para el aprovechamiento de aguas proveniente del río Dulcepamba, ubicado en el cantón Chillánes, provincia Bolívar.
Con esta resolución se ratifica que Hidrotambo S.A. puede hacer uso del caudal del río Dulcepamba siempre y cuando la empresa no disponga de la totalidad del río y sobre todo en determinadas épocas del año. Por ejemplo, de julio a diciembre la empresa debe abstenerse de hacer uso del caudal por la insuficiencia del líquido.
La resolución del Ministerio de Ambiente y Agua es clara sobre la suspensión de operaciones de Hidrotambo S.A. al constatar que la empresa continúa operando de julio a diciembre, plazo en el cual no debe operar por los bajos niveles de aprovechamiento del agua, y sobre el no respetó al llamado de dejar circular el caudal ecológico. También, en su resolución el Ministerio de Ambiente y Agua resaltó que para cumplir con la autorización de aprovechamiento de aguas, Hidrotambo S.A. debe construir obras de captación, de conducción y regulación del caudal. Previamente deberá presentar los planos de construcción ante el Centro de Atención al Ciudadano en Guaranda para conseguir una autorización para su construcción. Por último, se exige que el rediseño de estas obras deberá contemplar el no cerrar todo el río y permitir el paso del caudal ecológico permanentemente. Se agrega además la necesidad de la implementación de un plan de conservación de la cuenca, ya que es obligación de la compañía devolver el recurso hídrico a su cauce natural.
Para Manuel Trujillo líder histórico de la comunidad de San Pablo de Amalí menciona: “La resolución es muy burda porque les desautorizan pero siguen trabajando. Es un favor el que nos hacen a las comunidades con esa resolución, pero no la cumplen. Las maquinas siguen operando, la hidroélectrica no hace caso.”
Manuel Trujillo hace un llamado a las autoridades para que tomen cartas en el asunto y cumplan con la resolución. “Tienen que respetar lo que ellos mismo dicen, ya no solo estamos diciendo nosotros los campesinos, ellos también lo dicen en la resolución. Queremos que se constate la realidad y se respete.”
Para Cesar Salazar, uno de los habitantes de San Pablo de Amalí, quien ha resistido la entrada de Hidrotambo S.A. desde el comienzo del proyecto, la resolución del Ministerio de Ambiente y Agua es un logro, digno de agradecer a las personas que estuvieron en frente de la lucha y felicitar a las autoridades ya que por primera vez toman una resolución correcta.
Salazar, aseguró que pese al resultado favorable, la comunidad se organizará y mantendrá unida para verificar el cumplimiento de la resolución. “Tienen que paralizar las turbinas hasta diciembre, tienen que construir las obras que faltan y poner el aparato que mide el caudal, si la empresa no cumple, se tomarán decisiones dentro de la comunidad”.
Ministerio del Ambiente y Agua ratifica resolución que suspende operaciones de Hidrotambo S.A. en el río Dulcepamba
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