Inicio Análisis y Coyuntura Recordar para resistir: cuatro años de lucha contra la impunidad en el caso de Byron Guatatuca

Recordar para resistir: cuatro años de lucha contra la impunidad en el caso de Byron Guatatuca

Por Voluntarix
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*Por Ariadne Celi

¿Qué pasó el 21 de junio de 2022?

El 21 de junio de 2022, en el marco del Paro Nacional del mismo año, al menos 7 nacionalidades indígenas de Pastaza se sumaron a las protestas en contra de las políticas neoliberales adoptadas por el gobierno de turno. Aquel día, se concentraron en el sector del Puente del Picolino, en la Av. Tarqui y Alberto Zambrano de la ciudad del Puyo. Pese a que los manifestantes se encontraban ejerciendo su derecho a la protesta de manera pacífica, se realizó un despliegue masivo de policías en el sector, que incluyó a miembros de la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO), Grupo de Operaciones Motorizadas (GOM) y personal técnico operativo, investigativo y de inteligencia de la Policía Nacional de la Subzona Pastaza, todo esto, con apoyo militar de la Brigada de Selva No. 17 Pastaza.

Alrededor de las 18h00, la represión policial comenzó. Policías y militares disparaban gas lacrimógeno de forma indiscriminada con escopetas truflay, mientras otros lanzaban granadas, saturando el ambiente hasta el punto de provocar asfixia en varias personas.

Ese día, Byron Guatatuca se había unido a la manifestación junto a sus hermanos. En medio de la represión, recibió el impacto de un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza, lo que lo hizo caer al suelo mientras el proyectil aún humeaba. Los manifestantes que se encontraban cerca lo socorrieron y lo llevaron al Hospital General del Puyo. No obstante, horas después, Byron falleció a causa de las lesiones cerebrales provocadas por el impacto.

Las víctimas más allá de Byron Guatatuca

Byron Guatatuca era un hombre indígena perteneciente a la comuna kichwa San Jacinto de Pindo, ubicada en la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza. Tenía 42 años, era esposo de Alicia Tapuy y padre de cuatro hijos: Jesús, Juan Carlos, Oswaldo y Elvis Guatatuca. Era hijo de Olimpia Vargas y Luis Guatatuca, y hermano de 10 mujeres y un varón, Renato Guatatuca, con quien mantenía una relación especialmente cercana. 

Byron era el principal sustento económico de su hogar; se dedicaba a la serrería como oficio principal y los fines de semana visitaba a sus padres en la comunidad Chinimbe Viejo, donde junto a su esposa los apoyaba en labores agrícolas, principalmente sembrando plátano y yuca. Asimismo, se desempeñaba como líder de esa comunidad que formó junto a sus hermanos. 

Por su parte, Alicia era ama de casa y se dedicaba al cuidado de sus cuatro hijos. Por ello, la muerte de su esposo no solo significó la dolorosa pérdida de su compañero de vida, sino también la de quien los sostenía económicamente. Como consecuencia, la familia incluso se vio obligada a poner en pausa el proyecto de construcción de su casa propia en la comunidad de Chinimbe Viejo.

Jesús, Juan Carlos, Oswaldo y Elvis también se vieron afectados de sobremanera por la muerte de su padre, pues, además del inmenso dolor que les causó su pérdida, tres de ellos tuvieron que abandonar sus estudios y asumir responsabilidades que a su edad todavía no les correspondía. Dos de ellos inclusive migraron a Cuenca en búsqueda de trabajo. Todo ello, con la finalidad de apoyar a su madre en la cobertura de las necesidades básicas de la familia y de garantizar que su hermano menor pudiera culminar sus estudios.

Pese al dolor y las dificultades, la familia se ha mantenido de pie, luchando por que se haga justicia por la muerte de Byron. Cada año, la familia ha hecho escuchar su voz en distintas instituciones estatales y ha mantenido viva la memoria de Byron mediante plantones y acciones conmemorativas, a la par de que se mantienen a la expectativa de que la investigación penal por su ejecución extrajudicial avance.

La situación jurídica del caso 

Tras la trágica muerte de Byron, la Fiscalía de Pastaza inició una investigación penal por el delito de homicidio. Hasta el año 2024, se realizaron diversas diligencias, incluyendo la recepción de alrededor de 34 versiones de miembros de la Policía Nacional que participaron en los operativos del 21 de junio de 2022. Posterior a esto, se cambió el tipo penal a ejecución extrajudicial y se resorteó el caso a una Fiscalía Especializada en la Investigación de Uso Ilegítimo de la Fuerza con sede en la ciudad de Cuenca, alegando que era la más cercana al lugar donde ocurrieron los hechos.

Sin embargo, desde el traslado del expediente, la investigación no ha tenido ningún avance. La defensa de las víctimas ha solicitado nuevas diligencias que permitirían continuar con la investigación, pero no ha existido respuesta alguna por parte de la fiscal que actualmente se encuentra a cargo del caso, incluso pese a las insistencias realizadas. El 21 de junio de 2026 se cumplen cuatro años desde la ejecución de Byron y casi dos años desde el traslado del expediente a Cuenca, pero su familia se mantiene sin tener respuestas del Estado. Pasa el tiempo y la obtención de verdad, justicia y reparación se transforma en una utopía dentro de un caso que se mantiene sin ser judicializado.

Patrones sistemáticos en la “gestión” de la protesta social

Este 21 de junio, no solo conmemoramos a Byron Guatatuca y lo que significó para su familia y comunidad, sino que alertamos que este caso da cuenta de los patrones sistemáticos a través de los cuales el Estado y sus agentes buscan restringir el ejercicio legítimo del derecho a la resistencia. En la crisis de derechos humanos que atravesamos, el auge de la ultraderecha, el conservadurismo y el cierre del espacio cívico en diversos países, identificar estos patrones nos brinda herramientas para continuar exigiendo el respeto y garantía de nuestros derechos humanos, no solo desde la colectividad, sino también apuntando a corregir problemáticas estructurales mediante la evolución de estándares y la creación de políticas públicas.

Así, a partir de la respuesta estatal frente a los últimos tres paros nacionales en el país, se han podido identificar varios patrones; por ejemplo: la instrumentalización del estado de excepción, la militarización de la seguridad pública, el uso desproporcionado de la fuerza, detenciones arbitrarias, irrespeto a zonas de paz y uso inadecuado de figuras humanitarias, censura y agresiones a la labor periodística, abuso del Derecho Penal, incluso, a través de figuras excesivas como el terrorismo, entre otros. Sin restarle importancia al análisis que cada uno de ellos requeriría, a continuación, identificamos patrones que resultan más evidentes dentro del presente caso. Todo esto, sin dejar de mencionar que muchos de ellos ya han sido objeto de preocupación internacional, especialmente durante el último año y medio.

Uso inadecuado de armas menos letales 

Tanto el poder punitivo del Estado como el uso de la fuerza por parte de sus agentes se encuentra regulado por el derecho internacional de los derechos humanos, con la finalidad de evitar abusos que generen graves vulneraciones y acarreen la responsabilidad internacional del Estado. Particularmente, en contextos de movilización social, la función de los agentes estatales es facilitar y generar condiciones adecuadas para el ejercicio de este derecho; más no la contención ni la confrontación con manifestantes. Por lo tanto, el uso de la fuerza está limitado y condicionado a causas legales y legitimadas en materia de derechos humanos, como el encontrarse en riesgo la vida o la integridad de los presentes. En ese caso, el uso de la fuerza está autorizado mientras cumpla con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad; y, siempre y cuando, se priorice el uso de medios no violentos y armas menos letales.

Si bien existen diversos tipos de armas menos letales, las de uso más común son los irritantes químicos de uso manual (p.e. gas pimienta) y los lanzados a distancia (gas lacrimógeno). Sobre estos últimos, las directrices señalan que solo deben ser utilizados para la dispersión y la abstención de cometer actos violentos; además, deben usarse siempre en un ángulo elevado, usualmente de 45°. Asimismo, no se recomienda una exposición prolongada a estos ni su uso en espacios sin salidas viables, ya que pueden causar asfixia. El uso de agentes con niveles más elevados de toxicidad también debe ser evitado, debido a los riesgos que presentan. Finalmente, su uso se convierte en ilícito cuando son disparados directamente contra las personas, con mayor gravedad cuando son lanzados contra la cara o cabeza, debido al evidente riesgo de lesiones graves o la muerte.  

Pese a esto, en el caso de Byron Guatatuca precisamente se incumplió una de las directrices más importantes: no disparar directamente contra la cabeza de una persona. Este hecho refleja una ausencia de capacitación adecuada en materia de derechos humanos y uso legítimo de la fuerza. Además, el caso de Byron no es el primero ni el último en el que el uso de irritantes químicos es inadecuado. Tenemos el caso del fotoperiodista Julio García, en el año 2005, quien falleció por asfixia, frente al uso indiscriminado de gas lacrimógeno en las protestas de “Los Forajidos”. Asimismo, en el año 2019 se evidenció el uso de gases caducados, los cuales pueden degradarse y producir sustancias mucho más tóxicas, con efectos más fuertes. Este uso indiscriminado de gas lacrimógeno también se observó durante el paro nacional del año 2025, en el cual una persona falleció por su inhalación.

Frente a esto, surgen varias incógnitas. ¿Por qué, pese a la existencia de directrices claras sobre el empleo de la fuerza, continúan registrándose muertes y lesiones graves en contextos de movilización social? ¿Son suficientes los mecanismos de capacitación, supervisión y control interno de las instituciones encargadas del mantenimiento del orden público? ¿O estos hechos revelan deficiencias estructurales desde la propia doctrina de formación de los cuerpos de seguridad?

Persecución selectiva

Otro de los patrones que se evidencian a raíz del caso de Byron Guatatuca es que el nivel de represión y la criminalización no es igual frente a todos los manifestantes, sino que existen mayores repercusiones frente a población racializada y empobrecida como suelen ser los pueblos indígenas. Pues, de las personas que sufrieron efectos directos del uso ilegítimo de la fuerza durante los últimos tres paros nacionales, una gran cantidad de ellas forman parte de comunidades indígenas, como es el caso de Byron. Además, se observan otras prácticas como la incursión no autorizada en sus territorios, la detención arbitraria masiva, la criminalización y judicialización de personas inocentes a través de figuras como el terrorismo; incluso, la criminalización y estigmatización de dirigentes indígenas a fin de inhibir su labor de defensa del territorio y derechos colectivos. 

Estos hechos no son aislados, ni se trata únicamente de patrones sistemáticos, sino que dan cuenta de algo más grave: el racismo estructural como legado y herencia colonial. La existencia de cada vez más casos en los que personas indígenas son violentadas, estigmatizadas, en los que sus voces son silenciadas y sus estructuras organizativas y sus derechos, irrespetados demuestra que la intolerancia y el odio siguen presentes en nuestra sociedad. El actuar de las autoridades y los agentes estatales son solo un reflejo de aquello. 

La importancia de visibilizar estos casos y mantener vivo el nombre de quienes fueron asesinados defendiendo sus derechos radica en la necesidad de generar garantías de no repetición y de seguir apelando a una sociedad antirracista y respetuosa de todas las formas de existir y de vivir. 

Falta de rendición de cuentas e impunidad

Como se desprende de lo expuesto en párrafos anteriores, la investigación previa por la muerte de Byron Guatatuca permanece abierta desde hace cuatro años sin que, hasta la fecha, se haya identificado ni procesado a los responsables. Esta situación resulta especialmente preocupante al tratarse de un caso que involucra a agentes estatales. Pues, es frecuente que los casos de graves violaciones de derechos humanos enfrenten obstáculos estructurales que favorecen la impunidad.

En lo principal, se trata de investigaciones que suelen carecer de debida diligencia, sea por las limitaciones en términos presupuestarios, humanos y técnicos; por la deficiencia en la aplicación de protocolos de derechos humanos que garanticen investigaciones independientes; o por a la negativa institucional de entregar información relevante. A ello se suma la existencia de dinámicas que priorizan el fortalecimiento institucional sobre el esclarecimiento de los hechos, como las declaraciones de la Función Ejecutiva en apoyo irrestricto hacia sus agentes, así como la injerencia de altas esferas del poder en la justicia.

Esta situación no solo desconoce el deber del Estado de investigar diligentemente violaciones de derechos humanos con el fin de evitar la impunidad, sino que, al existir la presunción de participación de agentes estatales en los hechos que se investigan, la falta de investigaciones serias e imparciales implica, de algún modo, la aquiescencia del poder público en el cometimiento de estos hechos. Por lo tanto, frente a estos casos también se encuentra comprometida la responsabilidad internacional de Estado.

De tal manera, en el Ecuador se ha consolidado un escenario de impunidad sistemática, que continúa legitimando las prácticas represivas evidenciadas en contextos de protesta social, contribuye a la repetición de los hechos y debilita la confianza en las instituciones. Asimismo, impide el esclarecimiento de los hechos, la individualización, judicialización y sanción de los responsables; y, por ende, vulnera el derecho a la verdad y a la reparación integral de las víctimas y sus familiares.

Importancia del derecho a la memoria de las víctimas en los casos de graves violaciones de derechos humanos

Frente a escenarios como el que se describe, en el que a las víctimas de graves vulneraciones de derechos humanos se les impide acceder a verdad, justicia y reparación a través de los recursos ordinarios disponibles, la memoria es una de las formas de mantener viva la esperanza, la lucha y la reivindicación de los derechos, así como de garantizar la no repetición. Si bien, la construcción de políticas de memorialización es una de las obligaciones del Estado frente a este tipo de casos, la participación directa de las víctimas, de poblaciones históricamente discriminadas, y de la sociedad civil es de suma importancia, además de un requisito.

Lamentablemente, en el Ecuador es común que las políticas o acciones de memorialización adoptadas sean meramente un acto formal de cumplimiento de sentencias judiciales que ordenan la reparación integral. Esto se evidenció, por ejemplo, durante el evento de disculpas públicas en el caso de los 4 de las Malvinas. Lo anterior no solo inobserva las obligaciones estatales en la materia, sino que podría acarrear el incumplimiento mismo de la sentencia que ordenó la reparación. Por ello, en casos que ni si quiera han pasado a la fase judicial, como es el caso de Byron Guatatuca, las acciones de memoria y de exigencia que realizan la familia y la comunidad son una forma de hacerle frente a la invisibilización de la problemática y a la falta de reconocimiento de responsabilidad estatal. 

Por ello, este escrito tiene, no solo la finalidad de denunciar las falencias dentro del caso de Byron Guatatuca y los patrones sistemáticos que a raíz de este se evidencian, sino recordar que Byron es hijo, hermano, padre, esposo y líder comunitario; que el actuar estatal no solo le arrebató la vida, sino que le arrebató un ser amado a quienes hoy todavía esperan justicia. Recordar que la defensa de los territorios, de los derechos colectivos y el participar en movilizaciones sociales son derechos que deben ser respetados, protegidos y garantizados por el Estado ecuatoriano. Que hasta que no haya verdad, justicia y reparación dentro de este caso, la familia, la comunidad y quienes los acompañamos en la lucha por los derechos humanos nos mantendremos firmes. Porque nadie debería morir por defender sus derechos. 

 

In memoriam: Byron Holger Guatatuca Vargas.

Ariadne Celi

Abogada por la Universidad Central del Ecuador y defensora de derechos humanos. Comprometida con la construcción de un mundo más justo y digno para todas y todos. Actualmente es Asesora Legal en la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH.

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