Inicio Pueblos y Territorio Comunidad indígena de Salango

Comunidad indígena de Salango

Por Voluntarix
205 views

Hechos: El 31 de diciembre de 2001 de manera fraudulenta, se escrituró un terreno de 34.32 hectáreas de propiedad colectiva de la comunidad indígena de Salango, a nombre de la persona de nacionalidad suiza Patrick B., quien privatizó caminos y playas, obstaculizando el acceso público a las mismas. 

Violación: Violación de derechos en relación a la propiedad colectiva, a los derechos culturales, a la personalidad jurídica, igualdad ante la ley y a las garantías y protección judiciales. 

Responsables: Estado de Ecuador 

Lugar: Comunidad indígena de Salango 

Historia

  • ¿Qué pasó en Salango? 

La comunidad de Salango es un pueblo indígena ancestral, descendiente del Pueblo Manta Huancavilca, y posee un territorio al sur de Manabí, legado de sus antepasados. El 30 de octubre de 1979 se acogió a la Ley de Comunas y se constituyó como tal mediante el acuerdo Ministerial 0074. El 28 de octubre de 1991, la comunidad de Salango inscribió su territorio comunal, conformado por 2.536 hectáreas. El 19 de abril de 2004, la comunidad de Salango se registró como una comunidad ancestral indígena descendiente del Pueblo Manta Huancavilca e inscribió a su nueva directiva en el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador (CODENPE). 

HISTORIA 

En los meses finales del año 2000, una persona extranjera (Patrick B.) junto a su compañía inmobiliaria solicitó al entonces presidente del Cabildo de la Comunidad de Salango la venta de lotes de terreno pertenecientes a dicho pueblo con la excusa de realizar un proyecto turístico. 

Con el pasar del tiempo y ante la supuesta falta de respuesta estatal oportuna mediante sus autoridades, ya que, no detuvieron la compraventa de los terrenos, aunque esta estuviese prohibida, el Cabildo y la compañía lograron concretar la compraventa de las tierras mediante la notarización de documentos entregados al Ministerio de Agricultura y Ganadería, que supuestamente demostraba el silencio administrativo (si no existe una respuesta expresa de las instituciones públicas respecto de una solicitud, se entiende que esta es positiva y por lo tanto esta procede), lo cual permitió que se eleve a escritura pública la venta de 34.3 hectáreas. 

 

Cronología

1998 

Apropiándose ilegalmente de tierras de la comunidad de Salango a través de procesos fraudulentos, Patrick B. privatizó y cerró el paso al estero La Canoa, único acceso a la playa Dorada; además se cierra el camino de Río Chico, uno de los dos accesos a la playa Río Chico. 

1999 

Patrick B. con Alfonso P. (quien le había vendido de manera fraudulenta algunos terrenos a Patrick B.), construyeron una garita de cemento armado con portones de madera y guardias en el camino que conduce a la playa “Rio Chico”, impidiendo el paso vehicular. 

2000 

El 20 de noviembre, Patrick B. solicitó al cabildo la venta de un lote de 1.76 hectáreas, en los territorios de dicha comunidad, para realizar un proyecto turístico. 

El 6 de diciembre, ante el Notario Primero del Cantón Jipijapa, Patrick B. celebra promesa de compraventa con el cabildo presidido por Fulbio R., en la que se comprometen a tramitar ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), la correspondiente autorización para venta de un lote de 1.76 hectáreas. 

Junio de 2001, Alfonso P. cobró un dólar a los habitantes para permitir el paso a la playa Río Chico. 

31 de diciembre 2001, Patrick B. logró escriturar de manera fraudulenta un lote de terreno de 34.32 hectáreas, en el que se incluyen los lotes de 1.76 y 33.5 hectáreas, propiedad de la comunidad Salango. Cabe resaltar que en la negociación incluyeron de manera arbitraria los lotes de cerca de 50 comuneros que jamás cedieron la posesión de sus predios a Patrick B. 

2002 

Febrero, Alfonso P. (quien también compró tierras de la comunidad de Salango de manera fraudulenta) y Patrick B. cerraron definitivamente el camino del recinto río Chico, impidiendo el tránsito de los moradores hacia la playa. 

Abril de 2002, Alfonso P. y Patrick B. iniciaron una persecución a comuneros que se opusieron al cierre de los caminos y a la privatización de las playas, instaurándoles acusación falsa en un juicio de sabotaje y terrorismo 

25 de septiembre del 2003, algunos comuneros fueron falsamente denunciados por el ex presidente de la comuna Salango y Patrick B. de actores intelectuales de intento de asesinato. El Fiscal de la causa no prosiguió el trámite correspondiente por falso y carente de evidencias. 

El 28 de julio de 2004, los comuneros realizaron una manifestación, donde exigían que se les devuelva la casa comunal, que fue invadida por Patrick B. y los ex cabildantes corruptos, y denunciaban el abandono de las autoridades del Estado. Fueron agredidos, perseguidos y reprimidos por parte de la Policía Nacional, violando su derecho a la protesta. 

El 29 de julio de 2004, se presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 

18 de octubre del 2004, los dirigentes de la comunidad indígena de Salango fueron víctimas de la persecución y violación de derechos humanos, esta vez por parte del alcalde encargado del Municipio del Cantón Puerto López. (relacionado con el suizo Patrick B.). De manera maliciosa y temeraria, denunciaron al presidente de la comuna Salango, Robinson A., y al coordinador de la Comisión de Gestión, Jorge S., por robo, saqueo, vandalismo,etc. 

24 de octubre del 2004, otra vez los dirigentes de la comunidad fueron objeto de persecución e investigación por parte de individuos extraños, quienes viajaban en dos vehículos, en forma conjunta con el vehículo del extranjero suizo Patrick B. 

1 de diciembre de 2004, Patrick B. paralizó la construcción de una radio base para la instalación de antena de PORTA celular, que se construía en un predio de uno de los comuneros, a quien pretendió sobornar bajo presión, lo que impidió que la comunidad tuviera este indispensable servicio de comunicación. 

22 de abril de 2010, Se interpuso una acción de protección por la vulneración de derechos, tales como el derecho a la propiedad comunitaria, derecho al trabajo y al desarrollo en relación con los derechos específicos de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, y derecho al Hábitat. 

22 de julio de 2010, los recursos internos fueron agotados con la sentencia de la Segunda Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, que ratificó el rechazo de acción de protección. 

2015 

Se inicia trámite a la petición presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por la vulneración de derechos humanos. Posteriormente, se acumuló la etapa de admisibilidad y fondo (esto sucede cuando un caso se queda estancado sin respuesta alguna). 

2022 

07 Febrero, CIDH emitió un informe de fondo donde reconoce que el Estado es responsable de violar el derecho a la personalidad jurídica, derecho a las garantías judiciales, propiedad colectiva, igualdad ante la ley, protección judicial y derechos culturales. Se emitió 4 recomendaciones que el Estado debe cumplir, sobre la restitución de las tierras, el pago de una indemnización justa por la vulneración de sus derechos, la elaboración de un plan de manejo y conservación ambiental y capacitaciones para jueces y personas que ejerzan el notariado, sobre derechos indígenas, y la obligación estatal de respetar los derechos de propiedad colectiva, consulta y autodeterminación de los pueblos indígenas. 

Marzo de 2022 hasta abril de 2023 

Se realizaron cinco reuniones con el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos y se han remitido escritos de insistencia a nivel interno para el cumplimiento de las medidas emitidas en el informe de fondo de la CIDH. 

18 de mayo 2022, se cumplieron los tres meses reglamentarios después de emitirse el Informe de Fondo.  

7 de agosto al 7 de abril de 2023 

Se le concede cinco prórrogas al Estado ecuatoriano para que se puedan implementar las recomendaciones formuladas por la CIDH. 

14 de abril de 2023, reunión presencial (in situ) con el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, para tratar el tema del cumplimiento y recomendaciones establecidas por la CIDH, pero la reunión fue suspendida por la falta de preparación de las instituciones estatales respecto a la información del caso.       

7 de julio de 2023, frente a la falta de cumplimiento por parte del Estado de las recomendaciones del informe de fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde declara la responsabilidad del Estado ecuatoriano por la violación de los derechos de la comunidad Salango, este organismo internacional decidió elevarlo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). 

15 de octubre de 2023, presentación del Escrito de Solicitud, Argumento y Prueba (ESAP) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso “Comunidad de Salango vs. Ecuador”. 

Post Relacionados