La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) presentó >un amicus curiae,tercera parte interesada, para la audiencia apelación de la acción de protección a favor de la nacionalidad Waorani. El objetivo: aportar con criterios, facilitar y contribuir a los operadores de justicia en la resolución de un litigio controversial en el que se encuentran en juego derechos constitucionales.
La nacionalidad Waorani que exige la no explotación petrolera de 180000 hectáreas de selva Amazónica, asegura que no se respetó su derecho a la consulta previa, libre e informada por lo cual presentaron una acción de protección en contra del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, el Ministerio del Ambiente y la Procuraduría General del Estado por vulnerar sus derechos.
El pasado 26 de abril del año en curso, la jueza Esperanza del Pilar Araujo, emitió su sentencia y determinó la existencia de la violación de los derechos a la consulta previa, libre e informada, y a la autodeterminación por las actividades realizadas en el año 2012, en el marco de la décima primera Ronda Petrolera Suroriente.
En ese sentido el aporte de este amicus, es destacar el derecho a la consulta previa, libre e informada como herramienta que salvaguarda los derechos de esta comunidad, y que a través de esta se pueda proteger los demás derechos de las comunidades como: derecho al territorio , cultura y práctica integral de la cosmovisión indígena. De tal forma que se materialice un mensaje dirigido a las compañías extractivistas de respeto del territorio y de las personas que habitan allí, con el objetivo final de que los intereses de explotación no pueden estar por sobre la cultura y forma de vida de toda una comunidad.
Todo esto a través de un deber primordial del Estado ecuatoriano, el cual en su posición de garante debe implementar la normativa y política pública pertinente para permitir el desarrollo de la cultura y cosmovisión de la comunidad Wao, en total respeto a su territorio y prácticas ancestrales.
Por lo tanto, a través de este amicus curiae, se pretende reiterar la obligación del Estado ecuatoriano con los pueblos y comunidades indígenas, en cuanto a la obligación directa de: respeto, protección , promoción y optimización de derechos fundamentales hacia estas comunidades; siendo una de las principales el derecho a la consulta previa libre e informada y su vínculo con el derecho al territorio. Para que a partir de aquello se logre una convivencia pacífica y diversa con las comunidades indígenas.
De tal forma que la finalidad de este aporte jurídico, es la participación activa de la ciudadanía en defensa de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas para consolidar un puente de respeto y confianza mutua entre el mundo occidental y los pueblos y comunidades indígenas como parte de la riqueza diversa del Ecuador
Rosa Bolaños, miembro de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), espera que los magistrados se acojan a este razonamiento jurídico como un mecanismo de acción dentro de un Estado de Derecho bajo los parámetros constitucionales en que se reconoce: la plurinacionalidad y diversidad; como mecanismos de interpretación para proteger y optimizar los derechos de las comunidades y pueblos indígenas.
La audiencia de apelación se instalará este lunes, 1 de julio de 2019, a las 08:30, en la sede de la Sala Única de la Corte Provincial de Pastaza.