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Audiencia evaluatoria de juicio contra familiares de Andrés Padilla

Por Yuli Gaona
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El juez de la Unidad Judicial de Garantías Penales de Ibarra, Francisco Heriberto Chacón Pinto, instalará este viernes, 20 de noviembre de 2020, a las 10:00, la audiencia oral pública  evaluatoria y preparatoria de juicio  en contra de Roberto E. y Luis E., familiares de Andrés Padilla quien murió tras un impactado de bala de dotación policial ocurrida el 23 de agosto de 2018, en el sector de Mascarilla, en la provincia de Imbabura.  
Las dos personas han sido llamadas a juicio por el supuesto delito de ataque y resistencia cometido en contra de dos agentes y un mayor de la Policía Nacional aquel 23 de agosto. Sin embargo, Ericka Maldonado, abogada de los procesados, explica que tanto Roberto como  Luis no estuvieron en el lugar de los hechos, ya que acudieron directamente al hospital San Vicente, en la ciudad de Ibarra, para ver el estado de salud de Andrés.
La jurista señala que durante la investigación previa y los 90 días de instrucción fiscal que concluyó el 1 de noviembre de este año, la defensa de los policías no ha logrado presentar elementos de convicción necesaria para establecer la materialidad y responsabilidad del delito.  “Por ejemplo, de los tres agentes solo el mayor de la Policía Nacional asegura identificar a Roberto y Luis como autores del delito y esta identificación lo hace supuestamente una red social – dice Maldonado-. Sin embargo, las pruebas sobre esta red social o peritajes no han sido ingresado al expediente”.  David Velasteguí, policía investigado por la muerte de Andrés Padilla y  que es uno de los agentes denunciantes, tampoco ha identificado a las dos personas procesadas. 
En ese sentido, la abogada enfatiza que este proceso legal es una medida de presión en contra la familia Andrés Padilla, caso que se encuentra en la fase de casación, la Corte Nacional de Justicia.  
Para la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) es fundamental que se garantice el debido proceso y el derecho a una justicia independiente, autónoma y célere. Además, de que se evite el uso del sistema penal para criminalizar a las personas. 
El delito de ataque y resistencia está tipificado en el artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que establece que la persona que ataque o se resista con violencias o amenazas a los empleados públicos, a los depositarios o agentes de la fuerza pública será sancionada con una pena privativa de libertad de seis meses a dos años.
Contacto de prensa:
0992058210

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