El Comité de Expertas (CEVI) del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), solicitó al Consejo de la Judicatura de Ecuador analizar el contexto de violencia política en el caso de la ex legisladora Nívea Vélez, con el objetivo es asegurar el cumplimiento de todas las garantías del debido proceso que aseguren un pleno acceso a la justicia.
En el comunicado dirigido al presidente del organismo de Justicia, Fausto Murillo Cerro, este jueves 21 de abril de 2022, se precisó la necesidad de se analice el proceso “tomando en cuenta el contexto de posible violencia política en el que se desarrollaron los hechos de hostigamiento y la denuncia penal en su contra, para determinar si se trata de acciones de amedrentamiento con la intención de que no continúe con su vida política”.
Esto debido a la denuncia interpuesta por un opositor político de Nívea Vélez por el supuesto delito de concusión ante la Fiscalía General del Estado (FGE), luego de que Vélez anunciara su candidatura a la Alcaldía de Loja, en 2018.
Actualmente, la causa se encuentra en etapa de juicio en la Corte Nacional de Justicia. Y luego de cuatro días de audiencia, la diligencia se suspendió el pasado 21 de abril y se reinstalará el miércoles, 4 de mayo del año en curso.
De ahí que, el CEVI, como órgano de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), destacó que el artículo 6, inciso l de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en la Vida Política establece que una de las manifestaciones de la violencia en la vida política de las mujeres es que se perjudique “en cualquier forma elementos de la campaña electoral de la mujer, impidiendo que la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad”.
“Pedimos al Tribunal de la Corte Nacional a aplicar estos preceptos internacionales y nacionales, para el ejercicio del Derecho Penal, y efectiva motivación en la sentencia en presente caso, puesto que se debe viabilizar el principio de objetividad y debida valoración probatoria, establecidos en el art 455 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)”, enfatizó Rosa Bolaños, asesora legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh).
Asimismo, dicha Comisión explicó que en el caso de Nívea Vélez “no se le habría garantizado el debido proceso y un efectivo acceso a la justicia, todo esto al no tener libre acercamiento al expediente”.
Bolaños recalcó que este comunicado se consolida como un mensaje claro para el sistema judicial ecuatoriano y sus funcionarios judiciales, incluyendo a Fiscalía General del Estado, de que deben respetar, garantizar y tutelar derechos de defensa en cuanto a garantías de debido proceso, igualdad de las partes y libertad probatoria; todo esto circunscrito también en el ejercicio pleno del derecho a la tutela judicial efectiva, reconocidos en los artículos 75 y 76 de la Constitución.
El CEVI, como órgano de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), está orientado a promover que los Estados se ajusten a los más altos estándares internacionales en materia de prevención, atención, investigación, sanción y reparación de la violencia contra las mujeres y las niñas por razones de género.
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Comité de Expertas de la OEA exhorta al Consejo de la Judicatura a analizar el caso de Nívea Vélez con enfoque de género por violencia política
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