Inicio Nacional Corte Constitucional aceptó acción extraordinaria de protección en caso de la comunidad La Toglla

Corte Constitucional aceptó acción extraordinaria de protección en caso de la comunidad La Toglla

Por Super User
991 views

El pasado 13 de marzo de 2018, la comunidad ancestral La Toglla presentó una demanda de acción de protección contra el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), esto debido a que el MAG solicitó al teniente político que participe en las elecciones de La Toglla, lo cual constituye una intromisión que vulnera los derechos colectivos de la comunidad.
La Unidad Judicial de Trabajo con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, rechazó esta demanda el 4 de abril del 2018.
La comunidad decidió apelar esta decisión y el 24 de mayo de 2018, la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha confirmó la sentencia de primera instancia.
Posteriormente, el 21 de junio de 2018, la comunidad presentó una demanda de acción extraordinaria de protección en contra de las sentencias de la Unidad Judicial y la Corte Provincial, que fue admitida en el 30 de mayo de 2019.
La Corte Constitucional, instaló  la audiencia el pasado 18 de mayo de 2021 y escuchó a las partes procesales. Los jueces del tribunal constitucional determinaron que el MAG vulneró derechos colectivos de la comunidad.
La comunidad ancestral La Toglla, recurrió a la Corte Constitucional para impugnar las decisiones de la Unidad Judicial y de la Corte Provincial, de 4 de abril de 2018 y 24 de mayo de 2018 respectivamente.
La Corte Constitucional analizó las sentencias y determinó que se vulneró el derecho a la motivación y las dejó sin efecto, esto, debido a que la sentencia de primera instancia cita normas pero “no realiza un análisis respecto de los derechos constitucionales alegados por La Toglla”. Por otra parte, la sentencia de la Corte Provincial “no analiza derecho alguno y centra su atención en el órgano estatal y en los trámites, desnaturaliza así la función de una garantía constitucional al limitarse a un mero análisis procedimental”.
Por ello, el máximo órgano constitucional ordenó al MAG que en un plazo de seis meses:

  1. entregue el expediente original de la comunidad a la Secretaría de Derechos Humanos o a la autoridad competente para el registro de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ,y mantenga una copia certificada en sus archivos.
  2. Otorgue disculpas públicas a la comunidad ancestral La Toglla.
  3. Difunda el contenido de la sentencia mediante correos institucionales y en su portal web durante tres meses.

Para Roberto Navas, asesor legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), la sentencia de la Corte Constitucional ratifica, analiza y promueve los derechos colectivos como lo son el derecho a la autodeterminación, la organización social y la designación de autoridades y el derecho propio.

Post Relacionados