El juez del Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, Mario Guerrero, instaló, hoy 25 de abril de 2019, a las 8:30, la audiencia de apelación al fallo del juez de primera instancia que negó la acción de protección a la comunidad de Cascomi, argumentando que no existía vulneraciones de derecho constitucional alguno y que este tema debería ser ventilado en la vía ordinaria.
La audiencia que se instaló en la sala Nº 2 de la Corte Provincial de Pichincha, con la presencia de los abogados de las partes, miembros de la comunidad, Defensoría del Pueblo y público en general, duró aproximadamente dos horas, donde se escuchó los argumentos de ambas partes.
Una vez iniciada la audiencia, Michelle Erazo, abogada de la comunidad de Cascomi y asesora legal de Inredh, contextualizó la sentencia venida en grado del juez de la primera instancia y citó los argumentos que no tomó en cuenta para su resolución. “No se consideró que la acción de protección se presentó por el acto violatorio ocurrido en los desalojos ocurridos en 2015 y 2016 que ocasionaron violaciones a los derechos constitucionales”.
Argumento que su compañera de defensa, Francis Andrade, complementa con el hecho de que “sí existió una violación a los derechos humanos, especialmente al derecho a una vivienda digna, en el momento que se realizaron los tres desalojos de una manera violenta y forzosa; sin cumplir con los estándares internacionales antes, durante ni después de estos desalojos”.
Mientras tanto, la contra parte – Ministerio de Minería, Ministerio del Ambiente, Ministerio del Interior, la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) y la empresa minera Ecuacorriente S.A. – pidió al Tribunal se ratifique la sentencia, ya que consideran que Cascomi no es una comunidad indígena en asentamiento ancestral y, por tanto, no es sujeto de derechos colectivos. Además, sostienen que se realizó una indemnización a los habitantes por los inconvenientes que pudieran causar las servidumbres mineras.
Frente a esto, la abogada Erazo invitó al Tribunal a analizar detenidamente los hechos suscitados en los desalojos del 2015 y 2016. ¿De qué forma se notificó a los habitantes que serían desalojados?, ¿existía un plan de contingencia para reubicar a estas familias? Y si no fue un desalojo forzado, ¿por qué no nos explican cómo sucedió?, cuestiona Erazo durante su intervención.
“Nosotros estamos exigiendo que se respeten nuestros derechos y, sobre todo, una reparación integral por los daños que han causado en todo el territorio. Y sería gravísimo que el Estado niegue este derecho de la comunidad por intereses más del capital”, comentó Luis Sánchez, habitante de Cascomi.
Después de haber escuchado los argumentos de las dos partes, el juez de la Corte Provincial de Pichincha dio por terminada la audiencia. La sentencia será emitida en un máximo de 8 días.