La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del 172º Periodo Ordinario de Sesiones, dio inicio el 28 de enero a la audiencia pública García Romero y otros vs Ecuador. Durante 10 horas de sesión, los jueces Nancy Hernández, Alberto Borea, Ricardo C. Pérez, Rodrigo Mudrovitsch, Diego Moreno y Verónica Gómez escucharon a Rosario Parra y Bruno García, presuntas víctimas y familiares del fotógrafo chileno Julio García, quien falleció durante las manifestaciones de los forajidos en contra del expresidente Lucio Gutiérrez.
También estuvieron presentes sus representantes legales, Mario Melo y José Valenzuela del Centro de Derechos Humanos y de la Naturaleza (CDHN-PUCE), junto con David Cordero y Dayuma Amores abogados de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH). Por parte del Estado ecuatoriano, la defensa estuvo a cargo de Alonso Fonseca y Amparo Esparza, mientras que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estuvo representada por Pedro Vaca, relator especial para la libertad de expresión.
La audiencia comenzó con la intervención de Rosario Parra, quien relató la vida y el legado de Julio García a través del último registro fotográfico y el chaleco que usaba en sus coberturas. Rosario destacó que Julio fue el fotógrafo de los movimientos sociales, documentando la lucha del movimiento obrero, indígena y campesino. Además, resaltó su papel en la cobertura de manifestaciones contra los gobiernos de Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad y Lucio Gutiérrez. En su testimonio, Rosario explicó que la muerte de Julio García se dio en medio de un acto de solidaridad que buscaba rescatar a tres niños ahogados por gases lacrimógenos.
A continuación, la Corte escuchó la intervención de Bruno García que compartió su testimonio sobre la relación con su padre y expresó su indignación por el hecho de que Lucio Gutiérrez, a quien responsabiliza de la muerte de Julio, continúe participando en la política ecuatoriana como candidato a asambleísta nacional por el partido Sociedad Patriótica. Bruno además relató que la última vez que vio a su padre fue en Chile, posteriormente lo volvió a ver en su féretro y manifestó ante los jueces que espera que este hecho siente un precedente y que no vuelvan a suceder casos como el de Julio García que truncaron los proyectos de vida de Sami, Sisa y Rosario.
Pedro Vaca, relator especial para la libertad de expresión, afirmó que el Estado ecuatoriano no garantizó los derechos humanos ni la seguridad del ejercicio de los periodistas y fotoperiodistas en contexto de manifestaciones, señalando que estos fueron blancos específicos durante las manifestaciones en la revuelta de los forajidos.
En la audiencia también se abordó la actual Ley de Uso Legítimo de la Fuerza, puesto que existe un trato diferenciado a los policías que incurren en la violación de derechos humanos. Sobre este tema se pronunció el mayor Emilio Terán, testigo experto de la Policía Nacional con una amplia trayectoria en derechos humanos, quien no pudo demostrar que el actuar policial se ajustó al uso progresivo de la fuerza. Sobre este tema también se pronunció Jaime Ventura, perito que habló sobre las reformas policiales en Latinoamérica criticando el concepto de “uso legítimo de la fuerza” en el modelo ecuatoriano, ya que no está claro en comparación con el “uso progresivo de la fuerza”. Sugirió que la policía debe ser formada en ciencias humanísticas y que su formación debe ser interdisciplinaria, requiriendo al menos un año de capacitación.
Ventura criticó que lo que predominó en el caso de las manifestaciones de los forajidos fue una orden operativa, no una ley, y que no se ha cumplido adecuadamente. Señaló que debe haber un protocolo exhaustivo sobre el uso de la fuerza, partiendo desde los protocolos internacionales. Además, destacó que, partiendo de la presunción del carácter pacífico de las manifestaciones, estas no pueden ser dispersadas por los agentes de seguridad, y que el uso de la fuerza estaría legitimado solo si hay personas con comportamiento violento, específicamente contra estas personas.
En los alegatos finales, la defensa de Julio García presentó sus argumentos sobre la responsabilidad del Estado en los hechos, destacando que su muerte ocurrió cuando la protesta estaba concluyendo y él se encontraba brindando auxilio a los niños. También manifestaron que el uso de gases lacrimógenos de alta concentración química fue lo que provocó un edema pulmonar e inflamación de las vías respiratorias, contribuyendo a su fallecimiento. Además, argumentaron que los disturbios posteriores fueron una reacción de indignación de la población tras su muerte y que la respuesta del Estado superó cualquier límite razonable, utilizando una cantidad desproporcionada de agentes químicos en la represión de la protesta.
Por su parte, Alonso Fonseca, representante del Estado, mencionó que Julio García tenía antecedentes patológicos graves respecto a su sistema pulmonar y presentó un video de los hechos violentos de las manifestaciones de los forajidos, aduciendo que los funcionarios y el expresidente corrían peligro de vida. Amparo Esparza continuó el alegato, señalando que el Estado permitió las manifestaciones a nivel nacional y garantizó el derecho de libertad de expresión y reunión. Sin embargo, la violencia fue tan generalizada que la policía no podía actuar con una planificación adecuada del control de la protesta.
En la réplica, Mario Melo criticó la falta de seriedad con que el Estado ecuatoriano ha tratado a las víctimas en este caso, señalando que el Estado ya había reconocido la responsabilidad por la muerte de Julio García, uno de ellos fue ante la Comisión de la Verdad del 2011; sin embargo, hoy en 2025, viene a la Corte IDH y niega esa responsabilidad. Melo también refutó la afirmación de que Julio García no fue identificado como periodista, recordando que la identificación como periodistas no necesariamente garantiza su protección y, además, era de conocimiento popular que Julio documentaba los procesos sociales que se vivían en el país.
Finalmente, Bruno García expresó su expectativa de que la Corte tome una decisión imparcial sobre los hechos que rodearon la muerte de su padre, Julio García Romero. Insistió en que es fundamental garantizar la no repetición de estos hechos para evitar que otras familias sufran lo mismo que ellos han experimentado con relación a la violación de derechos de manifestantes y periodistas.
Las partes deberán enviar sus alegatos y argumentaciones finales por escrito para que la Corte IDH pueda deliberar y emitir una sentencia en los próximos meses, la cual podría sentar un precedente importante en materia de derechos humanos, uso de la fuerza y protección a periodistas en contextos de protesta social.
Contacto de prensa:
Comunicación Inredh: 0992058210