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Empresas trasnacionales condenadas en Cumbre de los Pueblos

Por Super User
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Mélida Pulampa – equipo jurídico INREDH

2010

Empresas transnacionales condenadas por su irresponsabilidad

Memoria de la participación en la Cumbre de los Pueblos Enlazando Alternativas 2010

 

 

 

 

 

 “La voz unísona de los pueblos se hicieron escuchar del otro lado del planeta aun frente a la impavidez de las empresas”  

 

Antes de intentar hacer un análisis sobre la irresponsabilidad ambiental de las empresas, corriendo el riesgo de que pueda ser calificado de somero, pues ni todo un libro alcanzaría, como “los velos de Isis,” será una tarea complicada desentrañarla, pero por lo menos expondré varios puntos relevantes y de reflexión, muchos de ellos compartidos en la Cumbre de los Pueblos Enlazando Alternativas IV, efectuada en Madrid del 14 al 18 de mayo del presente año, en la Facultad de Matemáticas de la Universidad Complutense de Madrid. Esta cumbre denominada “La Unión Europea y las Transnacionales en América Latina, Políticas, instrumentos y actores cómplices de las violaciones de los derechos de los pueblos” fue realizada de forma paralela a la Cumbre Oficial de Jefes de Estado de la Unión Europea y América Latina y el Caribe.  En la Cumbre de los Pueblos  se instaló el Tribunal Permanente de los Pueblos, con el objetivo de: enjuiciar el funcionamiento del sistema de poder de las empresas trasnacionales europeas, conocer las denuncias contra las compañías multinacionales sobre las violaciones de los derechos humanos e instalar un debate en términos de que sus acciones constituyen “crímenes contra la humanidad”. Además buscar otras alternativas para “re-crear los derechos de los pueblos” 

 

 EL Tribunal Permanente de los Pueblos  

 

Es un órgano de carácter no gubernamental integrado por cerca de 130 miembros nombrados por el Consejo de la Fundación Internacional Lelio Basso por el Derecho y la Liberación de los Pueblos. Tiene su origen en los juicios de crímenes de la humanidad cometidos por los Estados Unidos contra el pueblo de Vietnam- Tribunal Russel.  El Tribunal fue convocado por segunda ocasión para enjuiciar a las dictaduras militares de América Latina, al terminó de la misma se constituyeron varios organismos que asumieron la lucha por la defensa de los derechos de los pueblos, entre ellos, el Tribunal Permanente de los Pueblos, el mismo que se constituyo formalmente en 1979 después de la muerte de su inspirador, el senador italiano Lelio Basso[1]. Desde su origen hasta la presente fecha se ha reunido por cuarenta ocasiones.  Desde que se constituyó,  su función radica en hacer visible y calificar en términos de derechos, aquellas situaciones en que se denuncien crímenes contra la humanidad que no encuentran respuesta en las instancias jurídico oficiales, quedando en la impunidad[2]. Los Jurado del Tribunal Permanente de los Pueblos, estuvo conformado por: Marcos Arruda[3], Ana Esther Ceceña[4], Judith  Brown Chomsky[5], François Houtart[6], Perfecto Andrés Ibáñez[7], Francesco Martone[8], Gustave Massiah[9], Roberto Schiattarella[10], Antoni Pigrau Sole[11], Carlos Taibo Arias[12] y Alirio Uribe[13], Nora Cortiñas[14], Sara Larrain,[15]  Bertha Oliva,[16]  Gianni Tognoni[17] y  Blanca Choncoso, esta última ecuatoriana y miembro de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador –CONAIE.  Países como Chile, Argentina, Colombia, Nicaragua, entre otros, expusieron sus denuncias Ante el Tribunal Permanente de los Pueblos, en contra de aproximadamente 25 empresas europeas, por violación a los derechos humanos  En Nicaragua y República Dominicana, la Unión Fenosa:  

 

 “por altos subsidios, cobros desmedidos e indebidos, apagones, facturas alteradas, servicios fantasmas, producto de las privatizaciones impuestas por el Fondo Monetario Internacional y en el cobijo del Banco Mundial (…), BBVA (en la financiación de empresas españolas de venta de armas), Repsol-YPF y a la empresa estadounidense Oxy: por financiar militares del ejército colombiano “con vínculos probados” con los grupos paramilitares en el departamento de Arauca, la región más militarizada de Colombia, Coca Cola o Nestlé (en Colombia, se produjeron asesinatos de diez trabajadores sindicalistas de estas corporaciones, despidos improcedentes y numerosas violaciones[18](…)”    

 

Aguas de Barcelona Suez, Pescanova, Iberdrola, Santander, Endesa-Enel, Shell, Perenco, AngloAmerican, BHP Billiton, Glencore, Glecore, H
olcim, Goldcorp, Canal de Isabell II, Agrncxo, Impregilo, Novartis, DuPont, MerckSharp&Dohme
[19], Syngenta, Dupont, Pluspetrol, entre otras. 

 

Adicionalmente y de forma paralela se constituyó un “Foro social de talleres o Actividades Autogestionadas” que consistió en mesas redondas de trabajo, seminarios y debates, donde se trataron temas como: “Enlazando fuerzas políticas y sociales para incidir en los acuerdos comerciales”, “Soberanía Alimentaria”, “Genocidio y luchas contra la impunidad: Argentina, Guatemala y el Estado español”“Impactos de la actividad de las empresas transnacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas. Guatemala, México, Colombia, Ecuador, Perú y Argentina”, “América Latina un territorio de paz, libre de bases militares extranjeras,” “La irresponsabilidad ambiental de Repsol”, “Territorio y modelos de desarrollo: El expolio de los bienes naturales, los megaproyectos, poblaciones y pueblos indígenas afectados y en resistencia”,   Las graves afectaciones –impacto ambiental y social- que han sufrido no solo los países latinos sino también de varios países africanos y algunas ciudades de España, pues si bien es cierto, que en Latinoamérica se encuentra toda la infraestructura y maquinaria para extraer los recursos, en España y generalmente en toda Europa- se encuentran los centros de acopio y fabricación del producto final.  Por ello no es nada extraño que organizaciones como la Plataforma Coke Ez (Euskadi) haya denunciado en este taller las actividades de PETRONOR y el proceso ilegal para obtener la Autorización Ambiental Integrada de las instalaciones de refinamiento de petróleo en los ayuntamientos de Muskiz y Abanto-Zierbena, localizadas en el centro de dichas ciudades, al lado de un parque infantil, irónicamente exhibida como adorno e incluso de visita escolar obligatoria, convirtiéndose la empresa en “Caron[20], un barquero de los infiernos que trasporta en su barca a los niños en un tour toxico de contaminación”,  Niños que se ven inmersos dentro de una política empresarial “responsable de la irresponsabilidad,” todo esto con la finalidad de ser en apariencia “generadora de progreso” o mejor dicho “desarrollo sostenible de la comunidad”, pues dicen brindar entre otras cosas, “trabajo” y los incentivan desde pequeños a formar parte del personal de la empresa y resaltan que de esta forma aseguran su futuro y el de sus familias. En todo caso yo me preguntaría ¿Qué futuro se puede esperar si no hay niños, ni hombres y mujeres fuertes que gocen del bien más preciado de la salud y el vivir en un ambiente sano, alejado de la contaminación por gases tóxicos que emanan unas instalaciones de muerte? Esta historia del otro lado del continente americano no es más que el reflejo de una realidad, de una dinámica de la irresponsabilidad corporativa empresarial en la que nos encontramos inmersos directa e indirectamente.  La resolución final del Tribunal Permanente de los Pueblos fue emitida sobre la base de las acusaciones y las pruebas documentales (testimoniales, instrumentos públicos, etc.) reunidas sistemáticamente y que fueron presentadas en audiencia ante el tribunal condenando a todas las empresas por su irresponsabilidad y violación de derechos de los pueblos.   Aunque la sentencia emitida por este tribunal no es de carácter vinculante, su condena moral y política, ya representa un peso para las empresas trasnacionales que cuidan su imagen de “responsabilidad social”: 

 

1.- Carácter Moral.- Tiene un enorme peso moral debido a que las empresas cuidan su imagen a nivel internacional, por lo que muchas veces, las protestas y denuncias que presenta la sociedad civil se hacen eco, generando de esta manera en la sociedad un rechazo a las mismas por su actuación, por ello las empresas buscan bajo el eslogan de la “responsabilidad corporativa” que la gente adquiera sus productos, aduciendo no solo la calidad sino además el cumplimiento con ciertos parámetros sociales y ambientales, pues una controversia social puede desprestigiar su imagen de“empresa responsable”, de allí la razón de su importancia. 

 

2.- Carácter político.- Constituye un instrumento político de presión a nivel internacional para hacer que las empresas revean sus políticas internas, al igual que es un llamado de atención en la comunidad internacional y organismos internacionales de derechos humanos del cual los países son suscriptores, para hacer conocer los problemas que generan las empresas y develar que muchos gobiernos son cómplices y permisibles de estos actos que atentan contra los derechos de los pueblos y la naturaleza, además constituye un panorama fértil para las iniciativas como por ejemplo:

 

 “Pedir al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que elabore un Código de Conducta obligatorio para la empresas transnacionales, que tenga en cuenta lo establecido en las normas de la OIT, la OCDE y la O
NU […] incorporando la responsabilidad de la empresa matriz por el comportamiento de sus filiales, proveedoras y subcontratistas, que consagre la subordinación de las multinacionales a la soberanía de los Estados receptores y la noción de interdependencia, indivisibilidad y permeabilidad de las normas internacionales en materia de derechos humanos que las empresas deben respetar, así como la sumisión de las empresas transnacionales a los tribunales nacionales del Estado de recepción. […] Y pide igualmente que prevea un mecanismo internacional apropiado para la supervisión de su cumplimiento, que podría tomar la forma de un Tribunal Económico Internacional que se ocupe de las vulneraciones en los aspectos procedimentales y sustantivos y en la determinación de la reparación civil, ante el cual las víctimas individuales o colectivas puedan presentar sus demandas”
[21].  

 

A la cumbre asistieron mayoritariamente jóvenes, esto demuestra que son los jóvenes (franceses, españoles, portugueses, italianos, alemanes, nicaragüenses, colombianos, peruanos, chilenos, argentinos, ecuatorianos, etc.,) quienes han tomado la batuta por la defensa de los derechos de los pueblos y de la naturaleza, reflejando el despertar de una “conciencia social-ambiental juvenil”, y que pienso se afianzará con el paso de los años en esta región y del otro lado del mundo, que casi se vio empañada cuando un grupo de ellos fueron atacados en su campamento por varias personas bajo la consigna de “fuera de aquí comunistas…” como si el deber de promover la protección de los derechos humanos y de la naturaleza corresponde o esta enmarcada en una definida ideología (izquierda-derecha), partido u organización más no comprenden que es un despertar de la conciencia y lucha por su defensa, un deber que nos corresponde a todos, pues el calentamiento global y la madre tierra nos lo exige. Tratando de esta manera de aplacar y callar las voces de la protesta.  Pero aquí cabe otra interrogante ¿Quiénes fueron los atacantes? ¿A quienes representaban? ¿A quien más podría afectar esta cumbre en donde se denuncian a las empresas como para atacar a este grupo de jóvenes, más que a las mismas empresas?  Frente a ello mi memoria se remonta al Ecuador y los procesos de criminalización que las empresas han iniciado en contubernio con ciertas autoridades públicas contra dirigentes y miembros de las comunidades que se han opuesto a los proyectos mineros, petroleros, madereros, etc., buscando aplacar esta voz llamada “protesta social” quizás no bajo la consigna de “fuera de aquí comunistas…” sino que aquí se los llama “terroristas”,“saboteadores”“herejes de la patria” en fin.  La Cumbre de los Pueblos Enlazando Alternativas IV y el Tribunal de los Pueblos en conclusión proponen el planteamiento de una nueva agenda que refleje las necesidades de América Latina y el respeto de los derechos humanos que deben ser observadas por las empresas europeas mediante mecanismos de control y vigilancia. 

 

  La irresponsabilidad corporativa 

He mencionado mucho sobre la “responsabilidad corporativa o social de las empresas”, pero a que se denomina ¿responsabilidad corporativa o la responsabilidad social del empresario?, es muy frecuente escuchar esta terminología empleada por las grandes empresas extranjeras que operan en nuestra región, cuando se trata de realizar una auditoría de sus actividades, ellos siempre manifiestan ser empresas no solo respetuosas de los derechos humanos sino con un “gran compromiso social”, a tal punto que parte de su estrategia empresarial argumenta ser “la Responsabilidad Social Corporativa”.  Al respecto existen muchas definiciones pero tomare como referencia uno de los utilizados por la CEPAL[22] “La Responsabilidad Social Corporativa” es el compromiso que asume una empresa para contribuir al desarrollo económico sostenible por medio de colaboración con sus empleados, sus familias, la comunidad local y la sociedad en pleno, con el objeto de mejorar la calidad de vida”. Junto a ella, las empresas resaltan como características relevantes, el ser” voluntario y filantrópico” como elementos constitutivos de “la Responsabilidad Social Corporativa”, en razón de que la aplican a pesar de no existir leyes internas que los obliguen de forma imperativa ha conllevar con la sociedad un “desarrollo armónico sostenible”, pues voluntariamente la incorporan como un eje central dentro de sus planes estratégicos. Posición que lejos de ser una toma de conciencia y resarcimiento por los daños ocasionados, es más una cuestión de imagen” debido a que se enfrentan a una sociedad civil cada vez más crítica y vigilante de su actuación por los graves desastres ambientales ocasionados y el desmedro de los derechos humanos.   Otra es la llamada visión voluntaria. Pero observemos qué han hecho bajo este argumento “Voluntario” las empresas, para no alejarnos de nuestra realidad tomaremos como referencia a Repsol YPF, que actualmente se encuentra en concesión del bloque 16 ubicada en las áreas del Bogui, Capirón y Tivacuno. Cabe resaltar que ésta empresa, como manifesté con anterioridad fue denunciada ante el Tribunal de los Pueblos y en los talleres autogestionados, éste último se debía al derrame ocurrido el 30 de enero del 2008, de aproximadamente 4000 barriles de fluido entre agua/ petróleo[23]. Repsol argumenta su visión voluntaria al cumpli
r primordialmente con los estándares no solo nacionales sino también internacionales para mantener un control equilibrado entre la explotación del recurso, el medio ambiente y la sociedad, razón por la cual parte de “la Responsabilidad Social Corporativa” que según la empresas es  observar una correcta administración de los impactos ambientales a través de los planes de manejo (desechos) y reactivación de planes de contingencias cuando se produzca por ejemplo un derrame de crudo en el caso de las empresas petroleras o un vertido de desechos químicos.  De ser cierto y efectivo lo que pregonan como se explica el derrame ocurrido el 30 de enero del 2008 mismo que hasta la actualidad. Busquemos un responsable.  

 

  La empresa sostiene que la comunidad indígena Wuaoraní Dicaro[24] afectada ha sido indemnizada conforme lo dispone la ley, “cuatro mil ochocientos veinte siete con 58 centavos”. Independientemente de la cantidad mencionada, ¿será acaso que el resarcimiento económico risible o abrumadora, exorbitante o cantinflesco? (en comparación con lo que perciben como ingreso), lo suficiente como para alcanzar a frenar, mitigar o evitar las enfermedades que se produzcan fruto de la contaminación. La respuesta es muy simple, no existe un verdadero enfoque para resarcir a la comunidad afectada y a la “pachamama”, su responsabilidad es entendida únicamente en el aparente fiel o mejor dicho“infiel” cumplimiento de planes, programas y métodos utilizados por la empresa para mitigar el impacto ambiental y en el caso de incurrir en un desastre ambiental, en el mejor de los casos se observa una actitud reparatoria de índole económica o indemnizatorio sin observar el verdadero impacto producido en la comunidad, que no se logra con la simple reparación económica, que en nada sustituye los beneficios que producía la naturaleza a su favor antes de la contaminación así como la afectación producida en su estructura social y cotidiano vivir. En este punto surge otra interrogante ¿pueden las empresas indemnizar a la pachamama? La empresa lo cree así, caso contrario no hubieran manifestado apasionadamente que a más de indemnizar a la comunidad “están realizando una gran inversión para reparar la zona afectada pues es su responsabilidad corporativa”, como si con ello fueran a restablecer automáticamente el equilibrio y la regeneración del ciclo vital de la naturaleza.  Repsol también ha manifestado ser una empresa diferente a las que han existido en el Ecuador y que tanto daño han ocasionado como la TEXACO- CHEVRON, afirman que se preocupa por las comunidades indígenas, intenta destacarse como una empresa con responsabilidad social, que respeta y trata de incorporar el Convenio de la OIT 169, en sus políticas, considera que mantienen un cuidado especial de no acercarse a los lugares en donde se observa indicios de la existencia de pueblos indígenas en aislamiento voluntario. Destacan que promueven los derechos humanos plasmados en instrumentos internacionales como el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y participan de los grupos de trabajo que se ocupan de la promoción de los derechos humanos en la Internacional Petroleum Industry Environmental Conservation Association (IPIECA) y en la Asociación Regional de Empresas de Petróleo y Gas Natural de America Latina y el Caribe (ARPEL)[25].   Pero en el caso de las comunidades indígenas específicamente de los denominados “pueblos en aislamiento voluntario”, resalto el tema, pues recordemos que parte de la concesión de Repsol YPF se encuentra en el área de amortiguamiento del Parque Nacional Yasuni, donde existe evidencia de los Tagaeri y Taromenani. Y frente a ello muchas empresas niegan su existencia y Repsol YPF no es la excepción, pues resaltan que “las evidencias testimoniales no son suficientes como para determinar la existencia de los pueblos en aislamiento voluntario”, No obstante de estar firme en esta posición de negación, ¿Por qué entonces introducir dentro de su Plan de Responsabilidad Corporativa la adopción de un Plan de Contingencia Antropológica, si no tienen la certeza de su existencia?,[26]. !Por si acaso, ya saben empresa precavida vale por dos!

 

 

 

  Otra de las visiones que las empresas dicen tener es la Visión Filantrópica. Las empresas promueven bajo “la Responsabilidad Social Corporativa”, acciones filantrópicas para ayudar a las comunidades y campesinos de la zona, obviamente para ellos esto es un comportamiento empresarial responsable. Insisten en las buenas relaciones que tienen con la comunidad caso contrario en la prensa no habrían los siguientes titulares: “La comunidad indígena apoya a Repsol en su conflicto con Ecuador” “Los indígenas del Amazonas quieren a Repsol en Ecuador” “Repsol despliega su diplomacia en Latinoamérica” “Un grupo de indígenas apoya a Repsol en Ecuador y pide dialogo para evitar su salida”[27] todo esto porque  dan servicios médicos, odontológicos, construyen escuelas, colegios etc., para las comunidades, cosa que el gobierno no realiza.  Pero esta actitud filantrópica y paternalista basada en la entrega de dinero a la comunidad en nada resuelve tanto sus problemas internos como los ocasionados por la empresa (por un derrame de petróleo o desechos) , ya que no van acompañados de verdaderos programas de activación económica de las comunidades pues muchas veces lejos de otorgar beneficios agrava las relaciones internas de las comunidades sumándose también una inadecuada administración del recurso económico provenido de la empresa. De esta visión filantrópica se han construido carreteras, centros escolares, centros de atención médica paupérrimos. Aquí surgen otras interrogantes ¿a quien beneficia más la construcción de una vía, al campesino que la utiliza para transportar lo que escasamente ha producido o a la empresa que la utiliza para que ingrese maquinaria pesada, trabajadores y trasporte del recurso extraído? Sostienen al igual que muchas otras empresas, que a más de cumplir con la normativa legal vigente, reciben el apoyo de los militares para proteger sus instalaciones basándose en el principio de que “en algunos países, los gobiernos exigen que los cuerpos militares protejan las instalaciones de petróleo o gas, al tratarse de recursos estratégicos”. Sobre esta base “…Repsol YPF  formaliza los acuerdos de colaboración con las fuerzas de seguridad. (…) razón por la cual desde  “El 1 de febrero del 2009 entró en vigencia el Convenio que hemos establecido en Ecuador con las unidades militares regionales para la protección de las operaciones en las instalaciones del bloque 16 y las áreas del Bogui, Capirón y Tivacuno”.[28] 

 Frente a ello,  la declaratoria de “recurso estratégico” lleva a que la empresa con el aval del gobierno y los miembros del ejército  convertidos en fuerzas de seguridad privada, establezcan una zona de difícil acceso tanto para las mismas comunidades como para la sociedad civil que se mantiene vigilante de las actividades extractivas y que podrían evidencian cualquier desastre ambiental que la empresa intente cubrir. Pues su ingreso se ve mermado con la solicitud de una serie de requisitos y principalmente el permiso de la empresa.  Por ejemplo, el derrame ocurrido el 30 de enero del 2008 en la amazonía ecuatoriana  recién pudo verificarse el 19 de marzo del 2008, gracias a la Inspección realizada con representantes de la Defensoría del Pueblo de Orellana, DINAPA, del Departamento del Ambiente del Honorable Consejo Provincial del Coca, del presidente de la comunidad Wuaorani e incluso con un representante de Repsol,[29] y ante la solicitud de una serie de permisos a la Presidenta del Comité de Derechos Humanos de Orellana para acceder a la zona afectada pese a existir una orden escrita del juez y una diligencia de inspección ocular en curso.

 

No se puede aducir trasparencia e iniciar un proceso dejando de lado la participación activa de la sociedad civil caso contrario la filosofía empresarial solo seria un rezago formal plasmada en un Informe de Responsabilidad Corporativa.  

 

Desentrañado algunos ejemplos de voluntarismo y filantropía que son la base del “eslogan” de”la Responsabilidad Social Corporativa”, evidenciamos que siguen con la visión tradicionalista de mera explotación de recursos naturales y humanos encaminados a generar riquezas para los propietarios de las empresas con el aval muchas veces de los gobiernos de turno quienes mediante políticas intentan frenar y criminalizar todo acto contrario a sus intereses.  Por lo expuesto considero que éste no es un instrumento efectivo que busque el “desarrollo sostenible de la comunidad,”  Dado que la comprensión moderna de la RSC tiene su origen en Europa y los EEUU, la agenda no incluye aún los temas de interés local. Por ejemplo, el rol legítimo de la empresa frente a los Retos del Milenio o a la reducción de la pobreza, no tiene la prioridad que en realidad representan en la región”[30] “y mucho menos la defensa de la Pachamama Por ello es fácil comprender porque han aumentado las protestas de la sociedad civil en general (entendida como campesinos, pueblos indígenas, organizaciones ambientalistas, etc.)  Frente al aumento de la irresponsabilidad de las empresas, espacios nacionales e internacionales como el Tribunal Permanente de los Pueblos constituyen un medio para hacer escuchar  la voz de los pueblos frente a los sordos y ciegos gobiernos nacionales y denunciar la famosa “responsabilidad” de las empresas como una filosofía muerta cuyo cuerpo inerte se muestra en instrumentos rupestres como el llamado plan estratégico, plan de manejo ambiental  “La responsabilidad de las empresas se traduce en una irresponsabilidad corporativa con la pachamama y el derecho de los pueblos”  

 


[1] Lelio Basso es uno de los líderes de la resistencia antifascista en Italia y figura clave en la convocatoria y relataría de los tribunales de Russell.

[2] Material proporcionado en la Cumbre de los Pueblos Enlazando Alternativas IV.

[3] Brasileño, Economista y Coordinador de las Políticas para el Cono Sur.

[4] Mexicana, economista del Instituto de Investigaciones Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de México y profesora de la misma.

[5]Estadounidense, abogada especialista en derechos Humanos, especialista en crímenes de las transnacionales.

[6] Belga, sociólogo, Centro Tricontinental, Universidad Católica de Lovaina (CETRI).

[7] De nacionalidad española, Magistrado en leyes internacionales

[8] Italiano, economista, político y activista, miembro de la fundación Lelio Basso

[9] Frances, economista  del Centre de Recherche et d’ information sur le developpement- CRID

[10] Italiana, economista, catedrático de la Univertità degli Studi di Camerino

[11] Español, catedrático de Derecho Internacional Público de la Universitat Rovira i Virgili

[12] Español, escritor y profesor de Ciencia Política de la Universida Autonoma de Madrid

[13] Colombiano, abogado, especialista en Derechos Humanos colectivos del Colectivo de abogados Alvear Restrepo.

[14] Argentina, Madre de la Plaza de Mayo. 

[15] Activista  medioambiental de Chile.

[16] Hondureña, Coordinadora del Comité de los familiares de los detenidos, desaparecidos en Honduras  (Cofedem).

[17] Secretario General del PPT (Italia).

[18] Sentencia emitida por el Tribunal de los Pueblos en Mayo del 2010.

[19] Información obtenida de la documentación entregada en el Tribunal Permanente de los Pueblos.

[20] Caron o Coronte barquero del infierno que trasporta el alma de los muertos.

[21] Ibiem.

[22] María Emilia Correa Sharon Flynn Alon Amit, Responsabilidad Social Corporativa en América Latina: una visión empresarial, CEPAL – SERIE Medio Ambiente y Desarrollo, División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos, Publicación de las Naciones Unidas, Santiago-Chiles- abril de 2004. Pág.

[23] Juicio Verbal Sumario No. 0011-2008, iniciado mediante demanda presentada por el Comité de Derechos Humanos del Orellana en contra la Compañía Repsol YPF.

[24] Según obra del proceso, son 25 familias de la Comunidad Dicaro, las afectadas.

[25] Ibidem.

[26] REPSOL, Informe de Responsabilidad Corporativa 2009, Pág. 52-54.

[27] Tomados del Diario  Negocio y Estilo de Vida – Madrid, Sección Empresas, disponible en la página web http://www.neg-ocio.com/

[28] Ibidem. Pág. 50-51

[29] En las conclusiones de dicho informe se destaca que existe una gran concentración de sales en el estero, no existe un tratamiento adecuado de las aguas de formación que se encuentran cerca del estero lo que constituye un alto potencial de contaminación, la concentración de hidrocarburos es realmente alto supera lo permitido por la legislación ecuatoriana que es 0.5 mg/L,  para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces.

[30] Opc. Cit. CEPAL – SERIE, Medio Ambiente y Desarrollo, Conclusiones, Pág. 49

 

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