La suspensión temporal de la actividad minera del proyecto Mirador que se ejecuta en la parroquia de Tundayme, provincia Zamora Chinchipe, es por el incumplimiento de la licencia ambiental y por realizar actividades sin permisos respectivos de la autoridad ambiental y sectorial cometidos por la empresa minera Ecuacorriente S.A, así lo informó el pasado 15 de mayo de 2018, el Ministerio de Ambiente.
Es decir, que no responde a la resolución del juez Carlos Alfonso Dávila que ordenó la anterior semana, 6 de junio de 2018, realizar un peritaje antropológico a la comunidad para constatar la existencia de población indígena en la zona de Tundayme. Esto antes de emitir su resolución, por lo tanto la suspensión temporal del proyecto Mirador no es responsabilidad de las organizaciones que presentamos la acción constitucional, sino más bien del accionar de la misma empresa minera que incumplió los acuerdos ambientales.
La acción de protección presentada por la Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador- “CASCOMI”, asentada en Tundayme, busca reparar de forma integral a las familias indígenas y campesinas que fueron desalojadas arbitrariamente en septiembre y diciembre de 2015.
“La pretensión de la acción no fue la suspensión del proyecto – dice Gabriela Flores, asesora legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), más bien es que la gente sea reparada y reubicada en lugares similares a los que fueron desalojados”.
Además, la acción muestra que el otorgamiento de la concesión minera es ilegal porque violenta el derecho a la consulta previa, libre e informada que tienen las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas como lo establece la Constitución.
En este sentido, las declaraciones infundadas por los miembros de la empresa minera en la parroquia de Tundayme sobre la presunta responsabilidad de la suspensión minera solo ratifican que la minería en el país no se la lleva de forma responsable, ya que incumple los acuerdos ambientales y rompe el tejido social de la comunidad.
Responsabilizamos a los representantes de la empresa de Ecuacorriente S.A sobre el conflicto interno que se puede generar en la zona por la desinformación que están generando funcionarios de esta empresa minera.
Inredh aclara que suspensión de actividad minera en Mirador no responde a la acción de protección sino a directrices del MAE
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