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INREDH compareció ante la Asamblea Nacional por la reforma a la ley de personas desaparecidas

Por Voluntarix
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El 11 de junio de 2026, en el marco de la comparecencia ante la Asamblea Nacional del Ecuador, realizada de manera telemática, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) y la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador (ASFADEC) presentaron su análisis del Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas. Ambas organizaciones destacaron la necesidad de incorporar estándares internacionales de derechos humanos y un enfoque estructural en el contenido de la reforma. 

Este proyecto de ley surge a raíz de la sentencia de la Corte Constitucional en el caso de los cuatro niños de Las Malvinas, que ordenó una reforma legal como garantía de no repetición, en un contexto marcado por el uso recurrente de los estados de excepción y por las alertas internacionales sobre posibles desapariciones forzadas, prácticas discriminatorias y perfilamiento racial. 

Durante la comparecencia, Lidia Rueda, presidenta de ASFADEC, denunció la revictimización y el desamparo institucional que enfrentan las familias, exigiendo la Dirección Especializada de Personas Desaparecidas. Rueda enfatizó que el sistema actual carece de la sensibilidad, de personal técnico y de recursos presupuestarios necesarios para una búsqueda eficiente de personas desaparecidas. 

Por su parte, Andrea Toapanta Ramos, abogada de INREDH, explicó: “El Registro Nacional de personas desaparecidas debe tener parámetros mínimos como: datos de identidad, circunstancias, lugar, sexo, edad, identidad de género, orientación sexual, nacionalidad, origen étnico o religioso y estado de la búsqueda. Con el fin de crear una base actualizada, completa y desagregada”.  

En la exposición también se recordó que tanto el Comité contra las Desapariciones Forzadas (CDF) como el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) han llamado la atención al Estado ecuatoriano por el uso desproporcionado de los estados de excepción y la militarización de la seguridad pública. En ese marco, el CDF identificó, entre 2024 y 2025, a 51 víctimas de desaparición forzada, concentradas especialmente en provincias y territorios históricamente abandonados por el Estado: Guayas, Esmeraldas y Los Ríos. 

Asimismo, Diana Salomé León, abogada de INREDH, cuestionó la práctica institucional de exigir esperas de 24, 48 o 72 horas antes de receptar la denuncia por la desaparición de un familiar: “Esta exigencia no tiene ningún sustento en los estándares internacionales. Las primeras horas son las más críticas para localizar a una persona con vida, y cada hora perdida reduce exponencialmente esa posibilidad”. En esa línea, señaló que el Estado debe esclarecer las circunstancias de la desaparición y de la muerte mediante procedimientos forenses adecuados, restituir dignamente los restos a las familias y continuar las investigaciones hasta determinar responsabilidades. 

León también se refirió a las garantías de no repetición con contenido verificable: al nacer de una sentencia que ordenó la reforma legal precisamente como garantía de no repetición, la ley misma constituye una medida de reparación, por lo que su contenido debe estar a la altura de esa obligación. Destacó, además, que el Estado debe garantizar el acompañamiento a las familias, pues son fundamentales en la búsqueda: conocen el contexto de vida de la persona desaparecida, sus vínculos, sus rutinas y los riesgos que enfrentaba. 

Al cierre de la comparecencia, INREDH reiteró su plena disposición para aportar en la construcción del proyecto de ley y en las siguientes etapas del debate legislativo, con el fin de que la reforma responda a los estándares internacionales y a las demandas de verdad, justicia y reparación que merecen las víctimas de desaparición. 

Comunicación INREDH: +593 992058210 

 

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