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Juez acepta pedido de habeas corpus y ordena celeridad en investigación de desaparición de Marlon Amagua

Por Yuli Gaona
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El Juez de la Unidad Judicial Penal del cantón Rumiñahui aceptó el pedido de habeas corpus presentado por la familia de Marlon Amagua, joven que estaba internado en el Centro de Rehabilitación ‘Nuevo Ebenezer’, y donde fue visto por última vez el 23 de junio del año en curso.

A las 8:30 de este martes, 14 de julio de 2020, se instaló la audiencia de habeas corpus, presentado con el apoyo de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), donde el juez constitucional, Raúl Atancuri, conoció la causa, durante 10 horas que duró la diligencia.
En el desarrollo de la audiencia oral y pública, dada en el Complejo Judicial de Rumiñahui, ubicado en la av. Gral. Rumiñahui e Isla Baltra, en Sangolquí, se conoció, primero, el relato de la desaparición de Marlon, contado desde los hermanos mayores, luego, intervinieron las abogadas del caso, Luisa Villacís y Michelle Erazo. En cuanto a la participación de la parte accionada, se escuchó los alegatos de la abogada del Ministerio de Salud, Denisse Andino, y el abogado del director del Centro de rehabilitación, Juan José Enríquez.
Evelyn Amagua, hermana mayor del joven desaparecido, contó al juez Atancuri que Marlon tomaba medicamentos muy fuertes y que eso no le permitía movilizarse rápido, “tenía principios de esquizofrenia y desde hace un poco más de cuatro meses que no nos dejaban verlo”, comentó en su intervención.
Para el hermano mayor, Mauricio Amagua, se le hace difícil creer que Marlon haya salido de la clínica. Él comentó que, en las búsquedas que realizaron y en los videos de las cámaras de los lugares aledaños no pudieron identificar a su hermano. “Presumimos que nunca salió de la clínica. Nadie nos ha dado respuesta, no lo han visto y es más ni conocían el centro”.
También resaltaron que, el día de la desaparición fueron al centro de desintoxicación para ver los videos de las cámaras de vigilancia del lugar, sin embargo, el director aseguró que se habían dañado por la caída de un rayo, una semana antes. En cambio, cuando fueron, el 1 de julio, acompañados del agente investigador el mismo director mencionó que no funcionaban desde inicios de la pandemia, debido a la caída de un rayo.
Michelle Erazo Cárdenas, asesora legal de Inredh explica que el habeas corpus “tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona. En este caso se ha presentado esta demanda porque el último paradero que conoce la familia es el Centro Ebenezer, en el que inclusive se han levantado versiones de que en este lugar podría existir tratamientos vejatorios a la dignidad humana”.
Mientras que Luisa María Villacís, asesora legal de la Fundación Inredh, señala que “existe jurisprudencia vinculante (Sentencia No. 166-12-JH) sobre la privación de libertad llevada a cabo por particulares que debe ser aplicada obligatoriamente a todos los administradores y administradoras de justicia. Esta jurisprudencia constituye un precedente fundamental en la garantía de derechos de las personas y sobre todo brinda un entendimiento más claro sobre las particularidades de la acción de habeas corpus”.
En la segunda parte de la audiencia, el abogado Juan José Enríquez, defensor de los accionados, se refirió, entre otras, a la naturaleza del habeas corpus, alegando que no era aplicable al caso por no existir privación ni ilegal ni arbitraria de la libertad. Por su parte, la abogada del Ministerio de Salud, Denisse Andino, expresó que la institución contaría con los registros y permisos legales.
Además de los alegatos, en la audiencia se presentó prueba documental y testimonial de las partes procesales. Las accionantes contaron con el testimonio de un joven privado de su libertad en el Centro Ebenezer y su madre. De igual forma, se contó con el testimonio propuesto por los accionados, el joven A.X.B.Z., quien señaló que existen buenos tratos en dicho centro de desintoxicación.  
Al finalizar la presentación de la prueba documental y de las réplicas y contra réplicas de las partes, el juez Raúl Mauro Atancuri Niquinga, dio a conocer su decisión oral, donde aceptó el habeas corpus y dictó medidas de reparación integral, entre las que constan, la investigación inmediata de la desaparición de Marlon Amagua.
El juez señaló que las partes serán notificadas con la sentencia escrita con el fundamento de su decisión y las medidas de reparación integral solicitadas.
Contacto de prensa:
Yuli Gaona, Comunicación Inredh – 098 091 6690

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