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Los cambios de nombre sin cambios estructurales no sirven de nada

Por Yuli Gaona
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*Por Dayanna Mullo y Miguel Ángel Pérez

En su relativamente corta existencia, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos ha sufrido varios cambios de nombre, lo que ha implicado siempre la asignación de nuevas competencias y atribuciones según la denominación vigente en cada fase. Sin embargo, ninguno de los cambios ha resultado en la ejecución efectiva de las funciones necesarias para atender las necesidades de aquellos grupos sociales cuyos derechos humanos han sido históricamente vulnerados. 

En vista del contexto señalado, a continuación, se presenta una revisión de los nombres que ha tenido esta cartera de Estado, según los decretos presidenciales: 

En 2007 se creó el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con el propósito de integrar a organismos vinculados con el sistema judicial, coordinar las acciones para garantizar un acceso efectivo a la justicia de calidad y oportuna, promover la paz social, y asegurar la vigencia de los derechos humanos, así como la rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de la libertad. 

Posteriormente, en el 2018, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos fue reemplazado por la Secretaría de Derechos Humanos del Ecuador (SDH). A esta nueva entidad se le delegó la responsabilidad de erradicar la violencia contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, proteger pueblos indígenas en aislamiento voluntario, y garantizar el acceso efectivo a una justicia de calidad y oportuna. 

Paralelamente, se creó el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI). Entre sus funciones está la de garantizar la atención integral a adultos y adolescentes en conflicto con la ley penal, mediante el desarrollo de habilidades y competencias, para contribuir positivamente a su reinserción en la sociedad. Cabe mencionar que, al quitar al Ministerio de Justicia y restarle ciertas atribuciones ha sido uno de los detonantes en la pérdida del control de las cárceles, la violencia y la total falta de política criminal; en consecuencia, la situación actual de violencia que vivimos en el país. 

En 2022, se decretó la creación del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, como reemplazo para la SDH. Además de ejercer todas las competencias de la Secretaría de Derechos Humanos, este nuevo ministerio se encargaría de la construcción de políticas, estrategias y acciones para promover la tolerancia cero a la violencia contra las mujeres, facilitar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales y reducir la brecha de género. Dentro de este contexto, se integra el Registro Único de Violencia (RUV), que pretende evitar la revictimización de mujeres en casos de violencia, y contó con la participación de varios organismos del Estado. 

En balance con lo antedicho, ¿realmente el cambio de nombre de una cartera de Estado aporta significativamente a las demandas sociales y las luchas existentes por visibilizar la violencia y la vulneración de derechos humanos?  

Existen numerosos casos que evidencian que la violencia de género en nuestro país no es un fenómeno aislado; es, lamentablemente, una realidad cotidiana que se vive en todo el Ecuador. Esto subraya aún más la importancia de que cualquier cambio en la cartera de Estado debe ser estructural y no superficial, y con un enfoque integral necesario para enfrentar esta problemática de manera efectiva.  

Toca considerar además que, el presidente Daniel Noboa, al presentar la proforma del Presupuesto General del Estado (PGE) para el ejercicio fiscal 2024-2025, redujo los rubros para el presupuesto asignado al Ministerio de la Mujer de forma significativa. Ante este antecedente, la pregunta clave es si el cambio de nombre vendrá acompañado de recursos y apoyo logístico, necesarios para una mejora real en el cumplimiento de sus funciones. Sin una asignación adecuada de recursos y sin una estructura logística fortalecida, un cambio de nombre puede no ser suficiente para abordar efectivamente las necesidades y demandas. 

El viceministro de Gobernabilidad afirmó el pasado veintidós de mayo del presente año las intenciones del ejecutivo de cambiar el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos por el Ministerio de la Mujer, Política Criminal y Derechos Humanos. Adicionalmente, esta modificación a la cartera de Estado pretende amplificar las facultades del ministerio y abordar la Ley de Seguridad Integral aprobada este año por el legislativo, pero ¿cuáles son las intenciones de juntar la política criminal punitivista del gobierno de Noboa (que ya se ha demostrado con creces en el CANI declarado a inicios de este año) con el único ministerio que se supone vela por los derechos humanos y busca eliminar la violencia contra las mujeres?   

Es difícil descifrar las intenciones de este posible decreto. No obstante, hay que partir del concepto de Política Criminal, definido como el conjunto de respuestas que adopta el Estado frente al fenómeno criminal, e incluyen desde la prevención de las conductas reprochables o del perjuicio social hasta la reinserción social de los protagonistas del fenómeno ​(Observatorio de Política Criminal, 2015)​. Lo cual coincide con la reforma al artículo 10 del código Ley de Seguridad Pública y del Estado, donde afirma respecto al Plan de Política Criminal que “… incluirá un diagnóstico del fenómeno de la criminalidad en el país y las respuestas planificadas y coordinadas que el Estado debe adoptar para prevenirlo y combatirlo. Incluirá estrategias, políticas, acciones y recomendaciones dirigidas a las causas del delito y no solo respuestas penales para sancionarlo” (p.11). 

Es decir, que el ministerio se encargará de diseñar e implementar políticas que aborden el fenómeno social de la criminalidad, lo cual inevitablemente demandará más recursos. Aquí saltan incoherencias, ya que el presupuesto de este mismo ministerio se redujo en un 23 %. Entonces, ¿cómo hablar de extender las responsabilidades y las facultades de un ministerio sin hablar primero de los recursos necesarios?  

Por otro lado, y para finalizar, queremos evocar a la conclusión de ​(Binder, 2010)​  con respecto a la necesidad de superar los modelos de política criminal que desembocan en una violencia estatal organizada, y formalmente constituida en el derecho penal como el orden jurídico que propicia el poder punitivo. En su lugar, cabe constituir una disciplina que se encargue de generar propuestas de política pública que aborden el fenómeno de la criminalidad desde las aristas técnicas y prácticas. Con esto queremos dejar nuestra preocupación sentada sobre la posible desnaturalización de las carteras del Estado, toda vez que nos parece inconcebible que, en el mismo sitio donde se promueve la implementación de políticas de prevención, protección, atención y reparación integral a vulneraciones de derechos humanos, sea a la vez donde se formulen posibles políticas que extralimiten el poder punitivo del Estado. Es preciso generar una política criminal desde un enfoque exclusivo de políticas públicas, lo que no se logrará cambiando el nombre de ministerios sino dándole su especificidad técnica y presupuestaria.

Bibliografía 

​​Binder, A. (2010). LA POLÍTICA CRIMINAL EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS BASES PARA EL ANÁLISIS POLÍTICO-CRIMINAL. Santiago: REJ – Revista de Estudios de la Justicia – Nº 12. 

​Observatorio de Política Criminal. (2015). ¿Qué es la política criminal? Bogota : Ministerio de Justicia y del Derecho. 

 

Dayanna Mullo: Psicóloga Clínica Egresada de la Universidad Central del Ecuador, comprometida con la promoción del bienestar y la equidad social. Mi propósito es buscar una buena calidad de vida para las personas con un enfoque de género y derechos humanos. Actualmente soy miembro activo de la Asociación Scout del Ecuador y voluntaria en el área de Fortalecimiento de INREDH.

Miguel Ángel Pérez: Investigador social y Activista por los derechos humanos, Sociólogo de profesión y máster en Marketing Digital con intereses en las nuevas dinámicas digitales y su injerencia en la realidad social. Actualmente miembro del equipo Inredh en el área de fortalecimiento organizativo. 

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