La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos CEDHU, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH y la Fundación Acción Ecológica, organizaciones que apoyan a las familias campesinas e indígenas de la cuenca del río Dulcepamba, el pasado 11 de marzo, presentaron una solicitud al Ministerio de Ambiente y Agua (MAAE) y la Agencia de Regulación y Control de Agua (ARCA) mediante la cual exigen que se convoque a una reunión urgente para que estas entidades informen a las comunidades de la cuenca del río Dulcepamba sobre el informe de control del cumplimiento de las obligaciones de la empresa Hidrotambo S.A, dentro del recurso extraordinario de revisión Nro. 2018-008.
La falta de notificación del mencionado informe a las comunidades y los argumentos por parte de la Agencia de Regulación y Control de Agua al indicar que no son los competentes para notificar, recayendo esta competencia en el Ministerio del Ambiente y Agua, quien tampoco ha notificado el contenido del informe de control de cumplimiento de obligaciones, atenta contra todos los principios que debe asegurar el Estado Ecuatoriano para que exista una buena administración pública, principalmente los principios de eficacia, transparencia, imparcialidad, y a que los actos administrativos se resuelven dentro de un plazo razonable.
Las organizaciones se muestran preocupadas porque a pesar de existir una resolución dentro del recurso extraordinario de revisión Nro. 2018-008, las autoridades competentes no actúan de manera diligente y oportuna en el marco de sus competencias para garantizar que no se sigan vulnerando más derechos. Desde que fue emitida la mencionada resolución, Hidrotambo S.A. ha incumplido con sus estipulaciones. Esto ha significado destrucción del ecosistema acuático del río Dulcepamba por secarlo en un tramo de 3,5 km, y continuo riesgo de socavación y erosiones en la comunidad San Pablo de Amali debido incumplimiento con órdenes de rediseñar y reconstruir la obra de captación, entre otras afectaciones. A la vez, siguen sin resolución en el MAAE procesos de autorización de uso del agua para cerca de 2000 personas campesinas en la cuenca del río Dulcepamba, cuyos procesos han sido impactados por oposiciones presentadas por Hidrotambo contra el uso del agua de estas personas.
Las organizaciones recuerdan a ambas instituciones que el deber más alto del Estado de conformidad con el artículo 11 de la Constitución consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. Esto implica que el Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.
Cedhu, Acción Ecológica e Inredh exhortan a estas entidades de control ambiental que se notifique el informe del control de cumplimiento de las obligaciones que tiene empresa Hidrotambo S.A. a las comunidades afectadas inmediatamente.
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MAAE y ARCA no dan respuesta sobre el informe de control de cumplimiento de obligaciones a la empresa Hidrotambo S.A.
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