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Ayer en la tarde, 22 de julio de 2020, en el pleno de la Asamblea Nacional se dio lectura al informe favorable para la amnistía a las 20 autoridades indígenas procesadas por administrar justicia indígena en San Pedro de Cañar Alto.
En el informe de 53 hojas realizado por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional se concluye que las autoridades indígenas y los miembros de la comunidad enfrentaron sistemáticas denuncias por el ejercicio del derecho colectivo y que su judicialización y criminalización en contra de líderes y miembros de la comunidad responde a una lógica de poder, caracterizada por elementos políticos, sociales y culturales en un contexto de descolonización y transición hacia la plena vigencia del Estado Plurinacional e intercultural, es decir, los delitos por los que se imputaron a las autoridades y miembros de la comunidad de San Pedro del Cañar son delitos conexos con hechos de naturaleza política.
También se precisó que existen elementos que evidencian que las autoridades indígenas fueron judicializadas bajo los tipos penales de secuestro, secuestro extorsivo y daño a bien ajeno por aplicación de la justicia indígena. Procesos judiciales en los que se inobservó los derechos colectivos reconocidos en los artículos 57 y 171 de la Constitución de la República. Además, el informe señala que se desconoció los compromisos internacionales adquiridos por el Estado ecuatoriano en el marco del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En la lectura del informe se dijo al pleno de la Asamblea, que “procede la amnistía en favor de los líderes y miembros de la comunidad de San Pedro del Cañar por su carácter político y al tratarse de delitos no excluidos en el marco constitucional y legal ecuatoriano”. Esta amnistía constituye una forma de reparación histórica y reconocimiento del derecho a la verdad y justicia para las comunidades.
Tras concluir la lectura del informe, el presidente de la Asamblea Nacional, Cesar Litardo, suspendió la sesión y anunció que notificará fecha y hora de la reanudación del debate.
El artículo 120 de la Constitución, señala que la Asamblea Nacional tiene la atribución de conceder amnistías con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, es decir, con 91 votos.
Las 20 autoridades indígenas y miembros de la comunidad que solicitaron la amnistía son: Luis Eduardo Calle Calle; Manuel María Calle Calle; María Asenciona Tamay Murudumbay; Digna María Sarmiento Chuqui; Luis Manuel Morocho Sanango; Sergio Roberto Paucar Huerta; Galo Alejandro Mateus Rodríguez; María Aurora Romero Romero; Manuel Jesús Romero Romero; Blanca Teresa Tenezaca Romero; María Alegría Tenelema Romero; Héctor Patricio Tamay Tamay; Luis Rigoberto Chimborazo Sarmiento; Zoila María Espinoza Campoverde; María Baleriana Tenesaca Romero; Víctor Aurelio Espinoza Espinoza; Ángel Belisario Calle Calle; José Sarmiento Jiménez; María Josefina Sotamba Padilla; y Luis Eduardo Calle Espinoza. Las últimas cuatro personas se encuentran detenidas en la cárcel de Turi y Cañar. Conoce más en: Relato de la criminalización de la justicia indígena en San Pedro de Cañar
Luisa Villacís, asesora legal de Fundación Inredh, dijo que organizaciones indígenas organizaciones sociales de derechos humanos y miembros de las comunidades del Alto Cañar estamos expectantes ante el debate que se vaya a generar en el Pleno por el tema de las amnistías a autoridades indígenas criminalizadas. Es importante que primen argumentos de carácter intercultural, que no se obvien los derechos colectivos de los pueblos indígenas y que además, se asuma este momento como una oportunidad histórica para de alguna manera reparar la discriminación estructural de la cual han sido víctimas las comunidades del Alto Cañar.
Ayer en la tarde, 22 de julio de 2020, en el pleno de la Asamblea Nacional se dio lectura al informe favorable para la amnistía a las 20 autoridades indígenas procesadas por administrar justicia indígena en San Pedro de Cañar Alto.
En el informe de 53 hojas realizado por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional se concluye que las autoridades indígenas y los miembros de la comunidad enfrentaron sistemáticas denuncias por el ejercicio del derecho colectivo y que su judicialización y criminalización en contra de líderes y miembros de la comunidad responde a una lógica de poder, caracterizada por elementos políticos, sociales y culturales en un contexto de descolonización y transición hacia la plena vigencia del Estado Plurinacional e intercultural, es decir, los delitos por los que se imputaron a las autoridades y miembros de la comunidad de San Pedro del Cañar son delitos conexos con hechos de naturaleza política.
También se precisó que existen elementos que evidencian que las autoridades indígenas fueron judicializadas bajo los tipos penales de secuestro, secuestro extorsivo y daño a bien ajeno por aplicación de la justicia indígena. Procesos judiciales en los que se inobservó los derechos colectivos reconocidos en los artículos 57 y 171 de la Constitución de la República. Además, el informe señala que se desconoció los compromisos internacionales adquiridos por el Estado ecuatoriano en el marco del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En la lectura del informe se dijo al pleno de la Asamblea, que “procede la amnistía en favor de los líderes y miembros de la comunidad de San Pedro del Cañar por su carácter político y al tratarse de delitos no excluidos en el marco constitucional y legal ecuatoriano”. Esta amnistía constituye una forma de reparación histórica y reconocimiento del derecho a la verdad y justicia para las comunidades.
Tras concluir la lectura del informe, el presidente de la Asamblea Nacional, Cesar Litardo, suspendió la sesión y anunció que notificará fecha y hora de la reanudación del debate.
El artículo 120 de la Constitución, señala que la Asamblea Nacional tiene la atribución de conceder amnistías con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes, es decir, con 91 votos.
Las 20 autoridades indígenas y miembros de la comunidad que solicitaron la amnistía son: Luis Eduardo Calle Calle; Manuel María Calle Calle; María Asenciona Tamay Murudumbay; Digna María Sarmiento Chuqui; Luis Manuel Morocho Sanango; Sergio Roberto Paucar Huerta; Galo Alejandro Mateus Rodríguez; María Aurora Romero Romero; Manuel Jesús Romero Romero; Blanca Teresa Tenezaca Romero; María Alegría Tenelema Romero; Héctor Patricio Tamay Tamay; Luis Rigoberto Chimborazo Sarmiento; Zoila María Espinoza Campoverde; María Baleriana Tenesaca Romero; Víctor Aurelio Espinoza Espinoza; Ángel Belisario Calle Calle; José Sarmiento Jiménez; María Josefina Sotamba Padilla; y Luis Eduardo Calle Espinoza. Las últimas cuatro personas se encuentran detenidas en la cárcel de Turi y Cañar. Conoce más en: Relato de la criminalización de la justicia indígena en San Pedro de Cañar
Luisa Villacís, asesora legal de Fundación Inredh, dijo que organizaciones indígenas organizaciones sociales de derechos humanos y miembros de las comunidades del Alto Cañar estamos expectantes ante el debate que se vaya a generar en el Pleno por el tema de las amnistías a autoridades indígenas criminalizadas. Es importante que primen argumentos de carácter intercultural, que no se obvien los derechos colectivos de los pueblos indígenas y que además, se asuma este momento como una oportunidad histórica para de alguna manera reparar la discriminación estructural de la cual han sido víctimas las comunidades del Alto Cañar.
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Comunicación Inredh / 0992058210