El Tribunal de Garantías Penales del Cantón Sucre, provincia de Manabí, convocó a las partes este viernes, 11 de junio de 2021, para que realizar una audiencia oral a fin de verificar el cumplimiento de la sentencia, dejando abierta la posibilidad de que los legitimados puedan efectuar diálogos previos que permitan viabilizar el cumplimiento integral y autos expedidos en esta acción.
En la sentencia emitida el pasado 13 de agosto de 2020, el Tribunal declaró la vulneración de los derechos constitucionales al agua y por conexidad a la salud, alimentación, a la igualdad y no discriminación, a la vida digna y a la integridad de la población de Miduvi por parte del el Gobierno Autónomo Descentralizado de San Vicente y de la EMMAP-EP.
Así también, determinó varias medidas de reparación integral como es la dotación inmediata del servicio de agua potable, entre los días jueves a partir de las 07h00 hasta lunes 07h00. Además, ordenó como medida de no repetición, en caso de producirse daños en las tuberías o líneas de conducción, que las dos instituciones demandadas deberán prestar el servicio de agua potable por parte de los tanqueros sin costo alguno; y como medida de rehabilitación dispuso que la dos entidades a través del Ministerio de Salud Pública gestionen la visita de una brigada médica especialista en Dermatología para dar asistencia médica a los problemas de salud cutáneos a los pobladores. Asimismo, las entidades accionadas tendrían que pedir disculpas públicas y ejecutar una socialización con los habitantes de Miduvi, acerca de las políticas públicas y los proyectos que están en marcha.
En relación a la ejecución de estas medidas, de acuerdo a las denuncias realizadas por las personas de Miduvi, no han sido cumplidas a cabalidad en la reparación de la sentencia, dado que las entidades correspondientes no están dotando de agua por medio de tubería, pero sí se ha dotado por medio de tanqueros, sin embargo, la entrega de agua no se encuentra organizada, puesto que el tanquero no siempre proporciona el agua en su totalidad, y las cantidades de agua otorgadas no cubren las necesidades de toda la población, por lo que se ven obligados a comprar agua a otros tanqueros o recolectar de la lluvia.
De igual manera, no todos los pobladores cuentan con tanques de reserva adecuados, por lo que se les entrega menor cantidad de agua, esto afecta en mayor parte a las familias más numerosas cuyos tanques no son adecuados para sus necesidades.
Con respecto a las brigadas médicas con especialidad en dermatología para solventar los problemas de salud cutáneos, Pamela Chiriboga, coordinadora jurídica de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) explica que no han sido realizadas desde la audiencia de seguimiento de cumplimiento de sentencia, de fecha 30 de diciembre de 2020. “Es importante mencionar que existen niños con complicaciones en la piel que requieren atención médica. Destacamos el cumplimiento parcial de la sentencia y exponemos que aún existen acciones por realizar para que el cumplimiento se dé a cabalidad”, precisa.
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