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Tundayme: cuatro años después de los desalojos por la empresa minera

Por luxor2608
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Por Luis Ángel Saavedra Mendoza
Un día como hoy, hace cuatro años, 20 familias de la parroquia de Tundayme, en la provincia de Zamora Chinchipe, fueron desalojadas a la madrugada por miembros de la Policía Nacional y personal de la empresa minera china Ecuacorriente S.A, que ejecuta el proyecto minero Mirador.

Ese día, 30 de septiembre de 2015, los habitantes de Tundayme recuerdan que varios representantes del Estado ecuatoriano se acercaron a sus hogares para ofrecerles cheques con sumas irrisorias. El objetivo: que los comuneros abandonen su casa debido a que en ese terreno se ejecutaría el proyecto minero “Cóndor – Mirador”.
Hoy se cumple cuatro años del primer desalojo y hasta ahora las familias no han sido reubicadas ni tiene una reparación integral tras ser víctima de un desalojo forzoso. Más bien se han realizado más desalojos en la comunidad,
William Uyuguari, presidente de la Comunidad de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi), dice que frente está vulneración de derechos han emprendido varias acciones jurídicas. Una de ellas, esa la acción de protección para denunciar que se vulneró el derecho a la consulta previa, libre e informada y que se vulnero el derecho a la vida digna y a la vivienda con los desalojos.  Este proceso exigió que los habitantes de Tundayme viajen constantemente a Quito para presentarse a las distintas audiencias.
Fue entonces que una pequeña esperanza se encendió en junio del 2018, cuando el juez Carlos Dávila suspendió la audiencia de acción de protección contra el Ministerio de Minería, de Ambiente,  del Interior y la Agencia de Regulación y Control Minero; y ordenó que se realice un peritaje antropológico en Tundayme.

El 10 de enero del 2019, en la audiencia de acción de protección, el perito antropológico Roberto Narváez afirmó que dentro de la Comunidad de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi) existe población indígena shuar, considerada un grupo étnico que está sujeta a los derechos colectivos presentes en la Constitución del Ecuador, y una población mestiza con una identificación colectiva, reconocidos como campesinos, que han adquirido prácticas culturales del lugar.
Sin embargo, el juez falló en contra de la comunidad y negó la acción de protección. El argumento: que no existe vulneraciones de derecho constitucional alguno y que este tema debe ser ventilado en la vía ordinaria. Para el presidente de la comunidad el sistema judicial también le ha fallado a la comunidad, pero precisa «seguiremos denunciando que nuestros derechos han sido vulnerados, seguiremos organizándonos y con nuevos emprendimientos continuemos en la lucha».
* Activismo por los Derechos Humanos

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