Con votación unánime, el Tribunal de Garantías Penales de Sucre presidido por la jueza María Kuffó emitió su sentencia oral a favor de la acción de protección presentada por la Urbanización Miduvi, ubicada en la parroquia Canoa, provincia de Manabí. El argumento fue que se vulneró el derecho al agua y por ende el derecho a la alimentación, salud y vida digna de los habitantes de la urbanización.
La audiencia se reinstaló hoy, 24 de julio de 2020, en el Complejo Judicial Sucre. Esta resolución se dio luego de que el Tribunal conociera los informes entregados por la Defensoría del Pueblo, la médico perito y las dos instituciones demandadas que determinaron que la población no tenía agua y presentaba problemas de salud en la piel.
Por esta razón, la jueza declaró la vulneración de los derechos constitucionales al agua y por conexidad a la salud, alimentación, a la igualdad y no discriminación, a la vida digna y a la integridad de la población de Miduvi y dispuso varias medidas de reparación.
- La restitución y dotación inmediata, continua e ininterrumpida de agua potable en la Urbanización Miduvi, ubicada en Canoa de acuerdo al cronograma de dotación de agua: desde el jueves 7am al lunes 7am.
- En caso de producirse algún daño en las tuberías se deberá prestar el servicio gratuito de agua potable por parte de los tanqueros con una corresponsabilidad de Gobierno Autónomo Descentralizado de San Vicente y de la Empresa Mancomunada Municipal de Agua Potable (Emmap–EP)
- Se dispone que las entidades accionadas, por medio del Ministerio de Salud Pública, gestionen la visita de una brigada médica con especialidad en dermatología para solventar los problemas de salud cutáneos evidenciados en el informe del médico perito a causa de la falta de agua potable.
- Con respecto a las medidas de satisfacción, las entidades accionadas tendrán que pedir disculpas públicas en un lugar visible, en su portal web, durante un mes. Asimismo, tendrán que realizar un informe respecto a las disculpas y ejecutar una socialización con los habitantes de Miduvi, acerca de las políticas públicas y los proyectos que están en marcha.
Para Luis Ayala, presidente de la Urbanización, esta sentencia responde a las necesidades de la población y obliga al Estado a cumplir al pie de la letra las medidas de reparación. “Estamos satisfechos de haber logrado conquistar un derecho como es el derecho al agua, ahora la Defensoría estará vigilante de que se cumpla”.
Con él coincide, Pamela Chiriboga, asesora legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y abogada del caso, que señala que esto es un precedente histórico para las y los habitantes de Canoa. La falta de agua es un problema crónico de Canoa y que se recrudeció por la pandemia de covid-19; por eso, el reconocimiento de la responsabilidad del Gad de San Vicente y la Empresa Pública es un paso importante en la exigencia de derechos imprescindibles para la vida como lo es el agua, la salud y la alimentación. Además, las medidas de reparación pretenden reparar este daño de manera integral: a más de la dotación ininterrumpida de agua según el cronograma, se dispuso disculpas públicas por esta omisión histórica hasta brigadas médicas para tratar las afectaciones cutáneas. «Definitivamente constituye un paso importante para lograr que las personas que habitan en Miduvi Canoa tenga una real vida digna, como lo prescribe nuestra Constitución».
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