El Tribunal de Garantías Penales con sede en el cantón Cuenca instalará este lunes 5 de abril de 2021, a las 08:30, la audiencia oral y pública de juicio por el presunto delito de tortura cometido el pasado 31 de mayo de 2016, por miembros de la policía en contra de más de 200 internos del Centro de Rehabilitación Social Turi.
La audiencia de juicio se instalará en la sala 209 del Complejo Judicial de la ciudad de Cuenca, luego de que el 13 de marzo de 2020, la Corte Provincial de Azuay declaró la nulidad de la sentencia condenatoria, emitida en primera instancia, para 37 de los 42 policías procesados. Con esto, la causa regresa a la etapa de juicio y permite al Tribunal de Garantías Penales analizar nuevamente los hechos.
Aunque en la sentencia de primera instancia se condenó a los 42 agentes de la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO) y Grupo de Intervención y Rescate (GIR) que participaron en el operativo de control por el delito de extralimitación de la fuerza en un acto de servicio; en esta nueva fase, son investigados por el delito de tortura.
En esta diligencia se volverá a escuchar los testimonios de las personas privadas de la libertad de la cárcel Turi y de otros centros de privación de libertad, vía conferencia y de los policías procesados; se presentarán las pruebas documentales y periciales de las partes procesales; y se escucharán los alegatos de la defensa técnica de las mismas.
El tribunal también coordinará con la Defensoría Pública para la designación de cuantos defensores públicos sean necesarios para el desarrollo de esta audiencia.
Para Pamela Chiriboga, coordinadora del área legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), “el judicializar y sancionar a los funcionarios públicos responsables de actos de tortura – que es obligación del Estado-, permitiría dejar un precedente jmpara evitar que estos hechos se vuelvan a cometer”. Chiriboga precisa que en este tipo de casos es necesario que se parta de la posición especial de garante que tienen el Estado y sus funcionarios sobre la protección de las personas privadas de libertad, que son un grupo de atención prioritaria como lo establece la Constitución.
Los hechos
El día martes, 31 de mayo de 2016, aproximadamente a las 10:00, ingresaron los miembros de la Unidad de Mantenimiento del Orden (UMO) y miembros del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) al Pabellón de Mediana Seguridad “JC”, del Centro de Rehabilitación Social Turi – Cuenca con el objetivo de realizar una requisa en el lugar. Sin embargo, en este operativo, cerca de 200 personas privadas de la libertad fueron víctimas de golpes, toletazos, descargas eléctricas e incluso fueron obligados a desnudarse mientras les lanzaba gas lacrimógeno en el rostro.
Por estos hechos, el 30 de junio de 2016, el juez Juan Esteban Vélez Pesantez aceptó el habeas corpus a favor de las 13 personas privadas de libertad y ordenó siete medidas de reparación integral.
Y dentro del proceso penal, el 14 de noviembre de 2018, el Tribunal de Garantías Penales de Cuenca sentenció a 37 de los 42 policías imputados a 106 días y 16 horas.
La sentencia del Tribunal de Garantías Penales de Cuenca fue apelada y en marzo de 2020, la Corte Provincial de Azuay declaró la nulidad del proceso, primero porque la Fiscalía acusó por el delito de tortura y el Tribunal de Garantías Penales de Cuenca sentenció a 37 policías por extralimitación en la ejecución de un acto de servicio; segundo, debido a que no se cumple con el artículo 622 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que trata sobre la individualización de la responsabilidad; y tercero, porque no se incluyó en la sentencia la suspensión de la pena de los policías acusados.
Caso de tortura en CRS Turi volverá a etapa de juicio este 5 de abril
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