El pasado 15 de febrero se realizó una sesión ordinaria dentro de la Corte Constitucional donde uno de los puntos del orden del día era la “aprobación de los proyectos de resoluciones jurisdiccionales” dentro de varias causas, entre ellas: la acción extraordinaria de protección presentada por la Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (CASCOMI).
Al conocer que se está debatiendo sobre estos hechos, la comunidad Cascomi junto a su defensa técnica presentaron en la tarde de hoy, viernes 3 de marzo de 2023, una solicitud de audiencia in situ para que este organismo constitucional escuche las voces de las víctimas, evidencie las afectaciones a la comunidad tras el paso del tiempo y cuente con los insumos necesarios para una correcta deliberación.
Han pasado más de 7 años desde que la comunidad Cascomi ubicada en la parroquia Tundayme, provincia de Zamora Chinchipe, presentó una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional en contra de las decisiones judiciales de la Unidad Judicial Penal y de la Corte Provincial de Zamora.
Dicha acción extraordinaria de protección fue presentada por Luís Sánchez, en calidad de representante de la comunidad, con el fin de que se reconozca la violación al debido proceso en la garantía de motivación, a la seguridad jurídica, los derechos a la identidad y la consulta previa, libre e informada.
“Es imperante que se otorgue una audiencia in situ dada la complejidad y relevancia nacional del asunto ya que es el proyecto de explotación minera a gran escala más grande en el país, por lo cual son innumerables las implicaciones del impacto que ha tenido este proyecto en la vida de las comunidades y la garantía de sus derechos. Además, se solicita que la audiencia pueda ser en el sector dada las comunidades shuar que viven en el territorio” explicó Luisa María Villacís, asesora legal de Inredh
Los jueces, en las anteriores instancias, argumentaron que en la comunidad Cascomi no se violó el derecho a la consulta previa, libre e informada porque realizaron talleres de socialización; sin embargo, sus acciones se basaron en la Ley minera, y no en la Constitución. Además, las decisiones judiciales desconocieron a las víctimas como una comunidad indígena a pesar de que el 21 de agosto de 2014, CODENPE los reconoció formalmente como parte de la nacionalidad shuar. También, agregaron que no son sujetos colectivos y por ende no tienen derecho a un territorio ancestral, inobservando lo que determina la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
Antecedentes:
La lucha de Cascomi inició el 05 de marzo de 2012 cuando se firmó un proyecto de explotación minera a cielo abierto de cobre y otros minerales por un tiempo de 25 años renovables entre el Ministro de Recursos Naturales No Renovables y la empresa concesionaria china EcuaCorriente S.A (ECSA), proyecto que se dio sin una consulta previa, libre e informada a la comunidad amazónica “Cascomi” ubicada en la Cordillera del Cóndor. Su lucha se ha extendido hasta el día de hoy y las consecuencias del megaproyecto minero han provocado daños al medio ambiente, desalojos forzosos desde el 2015 y hostigamiento a defensores de derechos humanos.
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