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Estados recomiendan al Ecuador eliminar toda forma de criminalización de defensores

Por luxor2608
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Ginna Pasquel – asesora legal de Inredh

11/05/2017

Estados recomiendan al Ecuador eliminar toda forma de criminalización de defensores    

 

 

Foto de archivo: ONU/Jean-Marc Ferré

 

La criminalización de la protesta social, pueblos indígenas, graves violaciones de derechos humanos, libertad de asociación y personas desaparecidas en el Ecuador fueron los temas que la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) presentamos en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), mecanismo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

El EPU es un proceso dirigido por los Estados con el auspicio del Consejo de Derechos Humanos, que ofrece a cada Estado la oportunidad de declarar qué medidas ha adoptado para mejorar la situación de los derechos humanos en el país y para cumplir con sus obligaciones en la materia. Al ser una de las herramientas principales del Consejo, el EPU se concibió para asegurar un trato homogéneo a todos los países cuando se evalúan las situaciones de derechos humanos.

 

El trabajo del equipo de Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) tuvo como objetivo informar a los Estados sobre la situación actual de derechos humanos del Ecuador, resaltando asimismo las consecuencias de las recomendaciones realizadas al país durante el anterior período de sesiones.

 

Para comprender la problemática actual de la situación de derechos humanos en el país es importante establecer en qué contexto se encuentra el Ecuador en estos temas. La situación actual de defensores de derechos humanos en el país se ha caracterizado por la falta de un entorno propicio para su trabajo que por consecuencia les ha ubicado en una  posición de vulnerabilidad. A ello se agrega la inexistencia de un sistema de protección adecuado y el permanente hostigamiento que sufren los luchadores sociales a raíz de la instrumentalización del sistema judicial.  Asimismo, dicha instrumentalización se ha visto caracterizada por la creación y adaptación de normas que legitiman la criminalización de la defensa de derechos. Así, desde el año 2012 se han impulsado procesos penales amparados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP)  en contra de aproximadamente 282 personas por actividades de defensa de derechos, es decir, un aumento de más del 300% de víctimas de la criminalización, datos corroborados por la información levantada por la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) e Inredh.

En cuanto al cumplimiento del informe de la Comisión de la Verdad del Ecuador, no ha existido un progreso real en el proceso de verdad, justicia y reparación. Es de esta forma que de los 118 casos incorporados al informe (más 18 casos que fueron agregados posteriormente dando como  número total 136), solamente 6 tienen actividad judicial formal y ninguno ha obtenido sentencia en firme. Ninguna de las víctimas ni familiares de los casos de graves violaciones de derechos humanos han obtenido reparación. Así lo ha denunciado públicamente la Mesa Nacional de Víctimas en su Informe de seguimiento presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  (CIDH), en noviembre del 2015.

Otra problemática que aqueja a la sociedad ecuatoriana es la desaparición de personas, en Ecuador este fenómeno ha sido una constante desde los años 80. No obstante, los casos de desapariciones cometidas por personas privadas (desapariciones involuntarias) fueron mayormente visibilizados desde el año 2012 por los propios familiares ante la nula respuesta de las investigaciones llevadas por el Estado ecuatoriano que ratificó la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (en adelante CED o la Convención) el 20 de octubre de 2009.  El Art. 3 del CED establece que los Estados tomarán las medidas apropiadas para investigar la desaparición de una persona en manos de privados (desaparición involuntaria),  caso contrario la responsabilidad recaerá sobre él.

En el año 2014 entró en vigencia el Código Orgánico Integral Penal (COIP) que tipifica la desaparición forzada de personas, mas no la desaparición “involuntaria”, por ende, para estos casos se requiere que la persona desaparecida aparezca viva o muerta a efectos de dar inicio a la investigación penal correspondiente. Al no ser un delito tipificado, la búsqueda de personas es tratada como un acto administrativo y a la fecha el Estado no cuenta con protocolos de búsqueda por lo que este tipo de investigaciones son dirigidas al arbitrio del fiscal de turno.

 

Durante este examen el Ecuador recibió en total 182 recomendaciones sobre diferentes temas, aceptó 159, no apoyó 19 y mantuvo en suspenso a 4. De todas ellas, es importante recalcar los siguientes resultados positivos: tanto Canadá como Alemania, Hungría y México recomendaron al Estado ecuatoriano eliminar todas las formas de criminalización de defensoras y defensores de derechos humanos y revisar el marco normativo que podría dar pie a este accionar. Además, de garantizar el trabajo seguro e independiente de la sociedad civil en la defensa de derechos humanos, asimismo sobre el derecho a la asociación y reunión pacífica Canadá, España, Francia, Italia, Eslovaquia, Suecia, entre otros han recomendado al Estado que adopte medidas adecuadas y eficaces que garanticen el libre ejercicio de estos derechos sin restricciones injustificadas, ya que esto implica el respeto al espacio legítimo de la sociedad civil. De igual manera, varios Estados como Perú, Brasil, Reino Unido, Italia, República Checa, entre otros han realizado recomendaciones al Ecuador al respecto de la libertad de expresión, tanto en los medios de comunicación como en contexto de protesta social. También, piden adoptar medidas adicionales para garantizar estos derechos; entre otras recomendaciones dirigidas al Ecuador.

 

En base a las recomendaciones realizadas al Estado Ecuatoriano, esperamos que la situación de derechos humanos mejore en el país, asimismo que las autoridades competentes tomen cartas sobre el asunto y se garantice a las y los ciudadanos que los derechos humanos serán respetados y reconocidos, mediante el marco normativo garante de dichos derechos. Igualmente, de que se tome otro tipo de medidas ya sean políticas públicas o acciones de diferente índole para garantizar que los resultados no queden únicamente como observaciones y  como señalamientos reales.

 

Dato:

INREDH participó en el marco del Examen Periódico Universal (UPR por sus siglas en inglés), mecanismo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU durante las pre-sesiones realizadas del 5 al 7 de abril Ginebra-Suiza, además de ejecutar un trabajo de lobby internacional desde el mes de enero del 2017.

 

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