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Exigimos al Estado del Ecuador que garantice el quehacer de las y los defensores de derechos humanos

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CLADEM

30/05/2012

Exigimos al Estado del Ecuador que garantice el quehacer de las y los defensores de derechos humanos 

 

 

CLADEM DENUNCIA
 
Exigimos al Estado del Ecuador que garantice el quehacer de las y los defensores de derechos humanos


 
¡Exigimos el cese inmediato de ataques a las defensoras de los derechos humanos que presentaron el Informe de Derechos Humanos Ecuador 2011!

 


 
El Comité de América Latina y El Caribe por la Defensa de los Derechos de las Mujeres, CLADEM es una red feminista que trabaja para contribuir a la plena vigencia de los derechos de las mujeres en Latinoamérica y el Caribe, utilizando el derecho como una herramienta de cambio. Cuenta con estatus consultivo en la Categoría II ante las Naciones Unidas desde 1995 y ante la UNESCO desde 2010, además goza de reconocimiento para participar en las actividades de la OEA desde el 2002. Está presente en catorce países de América Latina y el Caribe.
 
Como organización de defensa y promoción de los derechos humanos de las mujeres manifestamos nuestra preocupación por las expresiones del Estado ecuatoriano que descalifican el Informe sobre Derechos Humanos 2011, compilado por el Programa Andino de Derechos Humanos, de la Universidad Andina Simón Bolívar, sede Ecuador. Y en particular, por los ataques dirigidos a la Magíster Gina Benavides, como coordinadora de dicho programa, y a la Maestra Gabriela Bernal, por un artículo elaborado para este informe, en el que realiza un balance sobre los derechos de la mujer en el año, asimismo,  Gabriela Bernal Carrera viene desempeñándose como Responsable del Programa de Formación de nuestra organización desde abril de 2011.
 
Se intenta desacreditar no sólo el informe presentado sino a también a las mujeres investigadoras quienes han intervenido en él. Durante la declaración presidencial se les ha desconocido su grado académico y la rigurosidad con que han sustentado sus informes. Se ha pretendido desvalorizarlas, anular su reconocimiento  y capacidades,  utilizando estereotipos de género que  las discriminan perpetuando y legitimando la  subordinación social y legal de las mujeres. Se continúa de esta manera con el recurso coercitivo estructural de pacto político patriarcal que siguen manejando nuestros Estados.  Asimismo, se pretende desvirtuar el testimonio de  una mujer campesina y pobre,  siendo indiferente con el drama sufrido producto de la agresión policial. Esto forma parte una sistematizada violación y tendencia por negar los derechos de una mujer indígena y rural e impedir su acceso a la justicia. 
 
 
La defensa y promoción de los derechos humanos desde su origen tiene como herramienta el registro de situaciones violatorias de derechos humanos a partir de los testimonios y denuncias de las personas que estén implicadas en ellas. Por ello querer desacreditar la labor de denuncia realizadas por las compañeras mencionadas demerita al Estado ecuatoriano: un Estado Democrático de Derecho que se precie de serlo tiene la obligación irrestricta de respetar los derechos humanos de todas las personas, como libertad de expresión y ser garante de los derechos de las personas defensoras de derechos humanos.
 
 
En fecha 20 de octubre de 2011 hemos denunciado a través de una acción urgente[1] el desalojo forzoso, el uso de la fuerza excesiva y la violencia ejercida por parte de la Policía Nacional contra integrantes de la comunidad de El Jobo de Río Grande, cantón Chone, provincia de Manabí con la finalidad de realizar el Proyecto Multipropósito Chone, impulsado por la SENAGUA y el Ministerio de Ambiente, la acción urgente fue puesta en conocimiento del Presidente de la República y otros Ministros de Estado, además estuvo en su momento ampliamente difundida por medios alternativos de comunicación por lo que los hechos fueron de conocimiento público.[2]  
 
Tal como hemos denunciado en su momento, las personas integrantes de esta comunidad rural han sido víctimas de violaciones a sus derechos en contextos autoritarios y de represión estatal,  difícilmente cuentan con los medios de comunicación expeditos y a nivel nacional que les permitan denunciar los hechos ampliamente.  Debido a esto la labor de denuncia y difusión que puedan realizar medios de comunicación alternativos y defensoras de derechos humanos es fundamental para la protección de los derechos y la construcción de Estados democráticos. Es obligación del Estado del Ecuador investigar las presuntas violaciones que se pudieron haber derivado de esta situación y dar garantías de no repetición, así como escuchar a su ciudadanía y respetar su derecho a su tierra y que no se reitere ningún hecho de desalojo forzoso.
 
Reiteramos la urgente solicitud de que se investigue los hechos, de brutalidad policial de la que fue víctima la Sra. Mirella Cecibel Manzaba Moreira con cédula de identidad número 1311357154, mujer de 26 años, que al momento del desalojo se encontraba embarazada. Solicitamos que se investigue, juzgue y sancione de manera inmediata, independiente, imparcial, eficaz y efectiva a las autoridades y funcionarios  que ejecutaron este desalojo haciendo uso excesivo de la fuerza, en especial la violencia ejercida en este caso y que se cumpla con la obligación estatal de reparar de manera  integral la vulneración de derechos en favor de las víctimas, y que se adopten las medidas adecuadas de no repetición de estas violaciones. Responsabilizamos al Estado ecuatoriano de la protección e integridad, de la Sra. Mireya Cecibel Manzaba Moreira quien con fecha 22 de mayo, mediante una comunicación escrita de aclaración dirigida al Presidente de la República.[3], ha reiterado su denuncia antes formulada, y de manera expresa ha señalado que como consecuencia del maltrato perdió su embarazo.
 
Desde CLADEM expresamos nuestra solidaridad y respaldo  a la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador por el significativo trabajo que vienen realizando en derechos humanos, así como distintas organizaciones ecuatorianas que desarrollan acciones de monitoreo, defensa y promoción de los derechos en ese mismo país. En ningún momento se puede poner en duda el interés y compromiso que estas instituciones tienen para con los derechos humanos. 
 
El Estado ecuatoriano tiene la obligación de reconocer y respetar los derechos que se articulan en la función y prácticas de las personas defensoras de los derechos humanos, consagrados en los instrumentos internacionales[4] de los cuales es parte y que consisten en: 
•    Procurar la protección y realización de los derechos humanos en los planos nacional e internacional;
•    Realizar una labor en favor de los derechos humanos individualmente o en asociación con otros;
•    Formar asociaciones y ONG;
•    Reunirse o manifestarse pacíficamente; 
•    Recabar, obtener, recibir y poseer información sobre los derechos humanos; 
•    Desarrollar y debatir ideas y principios nuevos relacionados con los derechos humanos y a preconizar su aceptación; 
•    Presentar a los órganos y organismos gubernamentales y organizaciones que se ocupan de los asuntos públicos críticas y propuestas para mejorar su funcionamiento y a llamar la atención sobre cualquier aspecto de su labor que pueda impedir la realización de los derechos humanos; 
•    Denunciar las políticas y acciones oficiales en relación con los derechos humanos y a que se examinen esas denuncias; 
•    Ofrecer y prestar asistencia letrada profesional u otro asesoramiento o asistencia pertinentes para defender los derechos humanos; 
•    Asistir a las audiencias, los procedimientos y los juicios públicos para formarse una opinión sobre el cumplimiento de las normas nacionales y de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos; 
•    Dirigirse sin trabas a las organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales y a comunicarse sin trabas con ellas; 
•    Disponer de recursos eficaces; 
•    Ejercer legítimamente la ocupación o profesión de defensor de los derechos humanos;
•    Obtener protección eficaz de las leyes nacionales al reaccionar u oponerse, por medios pacíficos, a actividades y actos, con inclusión de las omisiones, imputables a los Estados que causen violaciones de los derechos humanos;
•    Solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto de proteger los derechos humanos (incluida la recepción de fondos del extranjero). 
 
El Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, Philip Alston  en la Misión realizada a Ecuador en el 2011,  resaltó  en su informe un gran número de amenazas  realizadas contra las personas que desempeñan la labor de defensores y defensoras de derechos humanos, así como contra agentes humanitarios, activistas sindicales, movimientos sociales,  líderes indígenas, defensoras de derechos de la mujer.
 
Recordamos al Estado Ecuatoriano, que el derecho a la honra y la dignidad de las defensoras y defensores se encuentran  protegidos por los artículos V de la Declaración Americana[5] y 11 de la Convención Americana[6]. En ese marco los gobiernos no deben tolerar ningún intento que provenga de agentes del Estado ni de particulares que pretendan  poner en duda la legitimidad del trabajo de las defensoras, defensores y sus organizaciones,  dado que estas acciones estigmatizan y  pueden producir incluso cargas psicológicas que lesionan el derecho a la integridad psíquica y moral de la defensora involucrada; a la vez, puede generar un clima de hostilidad que dificulte el ejercicio legítimo de la libertad de asociación de demás defensoras; así lo ha señalado en su segundo informe sobre la situación de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
 
¡Exigimos el cese inmediato de los ataques y descalificaciones de las que son objeto el equipo del Programa Andino de Derechos Humanos, y en general pedimos que se respete la labor de personas, organizaciones e instituciones defensoras de derechos humanos en Ecuador.  Responsabilizamos al Estado ecuatoriano por cualquier vulneración a la honra e integridad de la que pudieran ser objeto, así como de cualquier represalia o coerción hacia el Programa Andino de Derechos Humanos (PADH) de la Universidad Andina Simón Bolívar, así como también hacia la autonomía de dicha Universidad.   
 
Finalmente, CLADEM hace un llamado a las organizaciones sociales y civiles, nacionales e internacionales, a sumarse a la denuncia frente a estas descalificaciones, en particular a aquellas defensoras de los derechos comunitarios, del medio ambiente, vivienda, infancia y mujeres. 
 
¡Por un Estado que garantice los derechos humanos de las mujeres!
 
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer-CLADEM 
www.cladem.org
 
CLADEM – Coordinación Regional 
CLADEM – Oficina Regional 
CLADEM Argentina 
CLADEM Bolivia 
CLADEM Brasil 

CLADEM Colombia 
CLADEM Ecuador 
CLADEM El Salvador 
CLADEM Honduras 
CLADEM México 
CLADEM Panamá 
CLADEM Paraguay 
CLADEM Perú 
CLADEM Puerto Rico 
CLADEM Rep. Dominicana 
CLADEM Uruguay
 
 
Remitir con copia a:

Rafael Correa. Presidente de la República del Ecuador
rafael.correa@presidencia.gob.ec 
José Serrano. Ministro del Interior
jose.serrano@ministeriodelinterior.gob.ec 
Johana Pesántez. Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
PESANTEZJ@minjusticia.gob.ec 

Miguel Carvajal   Ministro de Defensa del Ecuador
mcarvajal@midena.gob.ec

Jorge Glas Espinel. Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos
jorge.glas@sectoresestrategicos.gob.ec 

Cristóbal Punina. Secretario Nacional del Agua, SENAGUA
secretarionacional@senagua.gob.ec 

Ramiro Rivadeneira,         Defensor del Pueblo
manerivadeneira@hotmail.com
Patricio Benalcázar, Adjunto Primero Defensor del Pueblo 
pavibeal@yahoo.com

Ana Lucía Herrera. Presidenta del Consejo de Transición del Consejo Nacional de Igualdad de las Mujeres y de Género
conamu@conamu.gov.ec  

Sara Oviedo. Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia
sara_oviedo@yahoo.com 
Galo Alfredo Chiriboga Zambrano. Fiscal General del Estado
galo.chiriboga@fiscalia.gob.ec ; galo.chiriboga@fiscalia.gob.ec 

María Paula Romo. Presidenta del Grupo Parlamentario por los Derechos de la Mujer
maria.romo@asambleanacional.gob.ec – info@asambleanacional.gob.ec 
 
Ricardo Ayala
Rector de la Universidad Andina Simón Bolivar
rector@uasb.edu.ec
 
 
 
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
cidh-prensa@oas.org
 
José de Jesús Orozco Henríquez
PRESIDENTE
RELATOR SOBRE DEFENSORAS Y DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
jorozcoh@servidor.unam.mx
 
 
Catalina Botero
RELATORA ESPECIAL DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
cidhexpresion@oas.org
 
NACIONES UNIDAS
 
Margaret Sekaggya
RELATORA ESPECIAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS 
msekaggya@uhrc.ug
msekaggya@yahoo.com
 
Frank La Rue
RELATOR DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO A LA LIBERTAD DE OPINIÓN Y EXPRESIÓN

freedex@ohchr.org

 
Rashida Majoo
RELATORA ESPECIAL DE LA ONU CONTRA LA VIOLENCIA A LA MUJER, SUS CAUSAS Y CONSECUENCIAS 
rashida.Manjoo@uct.ac.za
 
Dinah Shelton. Comisionada y Relatora sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la CIDH
dshelton@law.gwu.edu 
Raquel Rolnik. Relatora Especial de la ONU para el Derecho a la Vivienda Adecuada
raquelrolnik@usp.br 
 
 

[1] http://www.cladem.org/index.php?option=com_rokdownloads&view=file&task=download&id=1689%3Aecuador-accion-urgente-desalojo-en-rio-grande-&Itemid=89
[2] http://www.insurrectasypunto.org/index.php?option=com_content&view=article&id=6446:accion-urgente-ecuador-desalojo-forzoso-y-violaciones-a-los-derechos-humanos-de-mujeres-ninas&catid=7:notas&Itemid=7
http://defensaterritorios.org/index.php?option=com_content&view=article&id=10456:urgente-desalojo-violento-en-rio-grande-chone&catid=362:resistencias-luchas-y-alternativas&Itemid=176
http://safiqy.org/democracia-participativa-/ecologia/2480-responsabilizan-a-correa-de-agresion-en-rio-grande-chone.html
http://cedhu.org/index.php?option=com_content&view=article&id=105:testimonios-desde-rio-grande&catid=24:noticias-anteriores
http://fetralpi.blogspot.com/2011/10/agresion-en-rio-grande.html
http://www.radiocolosal.com/sitio/index.php?option=com_content&view=article&id=18092:en-la-mira-los-movimientos-sociales&catid=37:nacionales&Itemid=1
http://el-circo-de-la-vida.blogspot.com/2011/10/rio-grande-y-la-resistencia-de-sus.html
[3] Aclaración firmada y que se acompaña con copia de cédula de identidad, en la que se señala que copia de la misma es entregada a  medios de comunicación escrita, de televisión y radio. Consta al pie, la entrega efectuada a la Hora Manabita, el 22 de mayo de 2012. 
Véase en http://cladem.org/index.php?option=com_rokdownloads&view=file&task=download&id=1698%3Acarta-de-mireya-al-pdte-de-ecuador&Itemid=115
[4]   Reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, Convención Americana de Derechos Humanos, así como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 
[5] El artículo V de la Declaración  establece que: “toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra los ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada y familiar”.
[6] El artículo 11 de la Convención establece: “toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad[…]”. 2.    Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación. 3.    Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.

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