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Fallo de Nueva York ordena que ecuatorianos puedan ejecutar sentencia en todo el resto del mundo

Por Super User
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Asamblea de Afectados por Texaco

09/08/2016

Fallo de Nueva York ordena que ecuatorianos puedan ejecutar sentencia en todo el resto del mundo

 

El Segundo Circuito de Nueva York no tomó en cuenta las pruebas proporcionadas por los afectados ecuatorianos

y basó su decisión exclusivamente en las versiones presentadas por Kaplan, quien a su vez solo validó los argumentos de Chevron.  La decisión, no interfiere en las acciones que se llevan a cabo para cobrar los más de 9.500 millones de dólares que serán usados en la reparación de los daños ocasionados por la petrolera en la Amazonía ecuatoriana; es más, la misma Corte ordena que los ecuatorianos pueden ejecutar su fallo en cualquier parte del mundo que crean conveniente.

 

Quito, 9 de agosto de 2016.- Los afectados ecuatorianos por la petrolera Chevron, representados por Humberto Piaguaje, dieron a conocer que el fallo emitido  por el Segundo Circuito de Nueva York, no interfiere ni afecta las acciones de ejecución que se llevan a cabo en Canadá, Brasil ni Argentina.  Además; ratificó que en Canadá se llevará a cabo la Audiencia en el mes de septiembre. Esta acción continúa con su curso normal. Incluso este  fallo indica que los demandantes ecuatorianos pueden ejecutar su sentencia en cualquier parte del mundo, con excepción de los Estados Unidos.

 

Piaguaje, Coordinador Ejecutivo de la Udapt, lamentó a nombre de los más de 30 mil ecuatorianos afectados por Texaco, que el Tribunal de Segunda Instancia no haya tomado en cuenta las pruebas presentadas por los afectados ecuatorianos, que desmentían los hechos mostrados por la petrolera.  No es posible, dijo el Coordinador de la UDAPT (Unión de Afectados/as por Texaco) que no se haya considerado la declaración juramentada realizada por el testigo principal de la petrolera, ex – juez Alberto Guerra, quien admitió haber sido pagado por Chevron para declarar, fraudulentamente, que los abogados de los afectados fueron los autores de la sentencia.

 

Así como tampoco, se tomó en cuenta el informe del perito informático independiente  J. Christopher Racich, quien concluye que la sentencia fue escrita, en su totalidad, en la computadora utilizada por el Presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos (Nicolás Zambrano), sin que se haya introducido texto alguno de la sentencia a través de cualquier mecanismo tecnológico, con esto se desmentía uno de los argumentos que tenía Chevron en esta instancia.

 

El dirigente de los afectados, sostuvo que este fallo estaba entre las posibilidades contempladas por los afectados y ratificó lo denunciado en su debido momento. Recordó que en este proceso nunca se tomaron en cuenta las cuestiones de fondo del juicio de Lago Agrio, por lo tanto, esta sentencia no exime de culpa a la petrolera por los daños cometidos en territorio ecuatoriano.  “Si hay contaminación no puede haber fraude y las pruebas de que existe el daño es abundante y contundente, incluso las mismos estudios de Chevron lo han demostrado”, sentenció Piaguaje.

 

Asimismo, ratificó que los demandantes no han realizado ningún acto  de soborno, coacción o fraude.  Aclaró que legalmente Donziger no es abogados de los afectados desde el año 2002 cuando el caso se radicó en Ecuador.

 

Esta sentencia emitida por el Segundo Circuito de Nueva York, no alterará los planes de la UDAPT, de seguir en su lucha por la justicia, hasta que Chevron pague lo dictaminado por la sentencia ecuatoriana y que suma más de 9.500 millones de dólares, dijo Piaguaje.  “Esta será la única manera de remediar los impactos y evitar más muertes, enfermedades y destrucción de la vida en las comunidades y el ecosistema”, ratificó.

 

Contactos: Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones de Texaco (UDAPT)

Quito Ecuador

Teléfonos: (593) 2 273533

Correo electrónico:   casotexaco@gmail.com

María Eugenia Garcés: 0999225516

Nancy Rodríguez: 0999949337

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