Inicio Nacional Instrucción fiscal sin las diligencias necesarias y con un nuevo acusado por la muerte de Fredi Taish

Instrucción fiscal sin las diligencias necesarias y con un nuevo acusado por la muerte de Fredi Taish

Por luxor2608
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La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), al cumplirse los 90 días de instrucción fiscal, expresa su preocupación por las irregularidades en la actuación del fiscal Franklin Guartasaca en el caso de terrorismo con resultado de muerte en contra de Johnny Q. testigo clave de la muerte de Fredi Taish, joven shuar defensor de derechos humanos y de la naturaleza.
A dos días de culminar la instrucción fiscal, este sábado 16 de abril, el fiscal Guartasaca vinculó a Ramón T. en grado de cómplice de «terrorismo que provoque la muerte de una o más personas» solicitando que se señale día y hora para la respectiva audiencia de vinculación. Esta decisión no tiene asidero alguno, se lo vinculó sin tener pruebas reales, sin haber realizado la reconstrucción de los hechos y sin ningún tipo de elemento de convicción.
Lo curioso es que el ahora vinculado Ramón T. rindió su versión durante la investigación previa detallando las características de quien disparó a Fredi Taish, es decir, es testigo presencial de lo sucedido el 7 de noviembre de 2013. Incluso, Ramón T. participó en la fallida reconstrucción de los hechos como conductor de la lancha que llevó a Fiscalía y al personal militar. Cabe resaltar que, en esta fallida diligencia, el fiscal Guartasaca no se preocupó de cómo participarían tanto el procesado, como el personal de criminalística, dejándolos literalmente en tierra, para embarcarse con los militares y partir solos río abajo, sin tener claro a dónde iban, ni como se debía empezar con la reconstrucción de los hechos.
Nos llama la atención que el mismo fiscal Franklin Guartasaca, que ahora vincula a un nuevo testigo clave de la muerte de Fredi Taish, en semanas pasadas, el 01 de abril de 2022, en un informe dirigido a la Fiscalía Provincial de Morona Santiago y a la Dirección de Derechos Humanos y Participación Ciudadana, afirma que:
Los elementos objetivos del tipo penal de “terrorismo que provoque muerte de una o más personas” no pudo haber sido atribuidos a los servidores militares que participaron en el operativo sino a Johnny Q. quien es el “único” que por sus motivaciones e intereses podía ser considerado como autor del delito.
Parecería que la posición del fiscal exime de responsabilidad alguna a los agentes militares implicados y sin ningún tipo de investigación y diligencia, considera que el actuar militar fue en legítima defensa. El fiscal parte de suposiciones que no han sido investigadas y mucho menos esclarecidas, tales como la presunción de que Fredi Taish respondió al pedido de auxilio de Johnny Q. por el decomiso de sus dragas “empleando armas de fuego”. Suposición que pudo haber sido desvirtuada en la reconstrucción de los hechos, pero que fue suspendida por la Fiscalía, ya sea por ineptitud o por presión de los militares. Esta diligencia -reconstrucción de los hechos- ha denotado una falta de rigurosidad en la ejecución de la misma, desperdiciando oportunidades únicas para recolectar los suficientes elementos que puedan demostrar la inocencia de Johnny Q.
Otro de los obstáculos que impide el avance de esta investigación es que se pidió a la familia, indígenas de escasos recursos económicos, que paguen la cantidad de cinco mil dólares para efectuar un peritaje sobre el uso proporcional de la fuerza aplicada por el ejército en este incidente; y además se pide el pago de dos salarios mínimos por un peritaje antropológico para evidenciar la pertenencia comunitaria y actividad del principal testigo de este asesinato.
Sobre el peritaje de uso progresivo de la fuerza, el fiscal Guartasaca afirmó que dicha diligencia fue “iniciativa absoluta del procesado” por lo cual la Fiscalía no asumiría los costos de la misma. Cabe recalcar que esta diligencia fue autorizada y contaba con el presupuesto correspondiente en el 2019. Y que no se pudo realizar en su momento porque para ello era necesario el informe de reconstrucción de los hechos, diligencia que jamás fue impulsada por la Fiscalía y que hasta el día de hoy la Fundación INREDH la está exigiendo.
Y en respuesta a la Carta Pública que Fundación INREDH remitió a la Fiscalía General del Ecuador y a su dependencia, la Dirección de Derechos Humanos y Participación Ciudadana, señaló, el 14 de abril de 2022, lo siguiente:

  1. Que el expediente “no se está tramitando (…) por un delito relacionado con una grave violación a los derechos humanos, sino por un delito de terrorismo que provoque la muerte de una o más personas” y por lo tanto “no puede emitir ninguna recomendación”. Frente a esta respuesta, cabe recalcar que dentro de la investigación previa existen indicios de responsabilidad por parte de los militares en la ejecución extrajudicial de Fredi Taish y que incluso Fundación INREDH solicitó que el caso sea investigado bajo ese tipo penal, sin embargo, la respuesta de Fiscalía fue dejar de impulsar el caso hasta 2021 cuando el Fiscal solicitó audiencia de formulación de cargos en contra de Johnny Q.
  2. Que la negativa de Fiscalía a asumir los costos del peritaje de uso progresivo de la fuerza fue emitida por autoridad competente, se enmarcó en el numeral 2 del artículo 28 del Reglamento del Sistema Pericial Integral de la Función Judicial y que “no amerita ninguna acción adicional”. De igual forma, frente a esto, INREDH hace notar que en la argumentación de la Dirección de Derechos Humanos en ningún momento se aborda que este peritaje fue autorizado y mucho menos que para su realización es necesaria la reconstrucción de los hechos, diligencia que no desea realizarla fiscalía a sabiendas que con ella se puede evidenciar la responsabilidad militar en la muerte de Fredi Taish, y comprobar la existencia de elementos que la pueden caracterizar como una ejecución extrajudicial y, por tanto, de interés de la Dirección de Derechos Humanos de la Fiscalía.

Además, el Fiscal, en múltiples partes de este informe sugiere que se “redireccione” el control por parte de la Dirección de Derechos Humanos y Participación Ciudadana al proceso de investigación previa que se sigue en contra de miembros militares por el homicidio simple de Fredi Taish. Frente a esto es necesario resaltar que el caso de terrorismo es el que actualmente se encuentra en instrucción fiascal y por ende en una etapa en la que se prioriza la realización de diligencias para contar con los elementos de convicción. Cabe recalcar que el proceso de investigación en el caso de homicidio fue abierto en el 2021.
Desde la Fundación Regional de Asesoría de Derechos Humanos, Inredh, exigimos que se cumpla con el debido proceso y la tutela judicial efectiva, aplicando el enfoque de derechos humanos, de género y de interculturalidad. Este 18 de abril se cumplieron los 90 días de instrucción fiscal y hasta el momento no se ha recibido una respuesta de Fiscalía sobre si extiende el plazo del mismo; tomando en consideración que no se han despachado diligencias como la reconstrucción de los hechos y la pericia de uso de la fuerza.
Y le recordamos que la Fiscalía debe garantizar la imparcialidad en la investigación del caso y cumpla con las diligencias pendientes ya que hasta ahora el trabajo del fiscal Franklin Guartasaca carece de rigurosidad en la ejecución de las diligencias provocando la nulidad del caso, lo que favorece a los agentes militares implicados y deja la ejecución extrajudicial de Fredi Taish en la impunidad.

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