*Por Jhon Castillo & Daniela Villalba
El perfilamiento racial por parte de la Policía sigue latente en Ecuador
El día viernes 10 de diciembre del 2021, en la ciudad de Quito, en el parqueadero del Centro Comercial Iñaquito – CCI, Jimmy Ocles, un joven afroecuatoriano, fue víctima de varios actos de discriminación racial, que han afectado su integridad física y psicológica. En su denuncia, Ocles refiere que dos sujetos vestidos de civiles lo abordaron abruptamente sin identificarse, le pidieron su documentación y al negarse de manera pacífica, los dos sujetos lo persiguieron y golpearon en el parqueadero del Centro Comercial. Posteriormente, estas personas que usaron prácticas que atentaron contra la integridad de Jimmy como patadas, golpes en las costillas y cacheos se identificaron como policías.
Estas prácticas tuvieron como resultado el uso indebido de la fuerza, actos de tortura (pisaron de manera violenta su cuello, asfixiándolo; sumando actos donde pisaron su mano para inmovilizarlo, arrancaron su vestimenta, entre otros hechos cargados de intimidación) y odio racial, poniendo al joven afroecuatoriano como sospechoso de un delito, mientras las personas transeúntes gritaban palabras racistas y xenofóbicas.
Luego de este hecho fue trasladado a la fuerza a la Unidad de Policìa Comunitaria (UPC) de la Carolina, donde nuevamente fue criminalizado por el presunto gerente del Banco Internacional que refirió que Jimmy era un sospechoso por su identidad étnica, anulando y menoscabando el reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad.
Ocles, inmediatamente denunció lo ocurrido en sus redes sociales, aclarando que fue víctima de violencia y perfilamiento racial por parte de miembros de la Policía Nacional del Ecuador y del Gerente del Banco Internacional.
Foto: Cámaras de seguridad del CCI
El caso de Jimmy no es aislado, en Ecuador, desde el 2018 hasta mayo de 2020, entre actos de odio y discriminación se han presentado legalmente 1.148 denuncias, sin contar los delitos de actos de odio y discriminación relacionadas con violencia basada en género. Por discriminación hay 316 denuncias y por actos de odio 803.
Ante esta problemática, como organización EPA, rechazamos toda forma de racismo, discriminación racial, xenofobia y las formas conexas de intolerancia que denigran la dignidad humana y quebrantan los más elementales principios de respeto al ser humano.
Asimismo, demandamos al Estado ecuatoriano, como miembro activo de tratados e instrumentos internacionales contra la discriminación y el racismo al cumplimiento de estas normativas vinculantes, que:
- Se aplique lo dispuesto en la Convención Internacional Contra todas las Formas de Discriminación Racial de las Naciones Unidas; la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos; la declaración y programa de acción de Durban; el Consenso de Montevideo sobre población y desarrollo, y la Declaración Internacional del Decenio para los Afrodescendientes 2015-2024 (Resolución 68/237).
- Se aplique la normativa nacional que garantiza que el efectivo goce de los derechos, la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 11 refiere:
“El ejercicio de los derechos se regirá́ por los siguientes principios: Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, La ley sancionará toda forma de discriminación”.
En el artículo 57 refiere:
1.Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades incisos:
- No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.
- El reconocimiento, reparación y resarcimiento a las colectividades afectadas por racismo, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia y discriminación.
El Art. 66 refiere: Se reconoce y garantizará a las personas: c) La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes, literal 4. Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Código Orgánico Penal (COIP) en el artículo 176 condena los actos de discriminación e indica que si el Delito de discriminación es cometido por las o los servidores públicos, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años; el 177 señala referente al Delito de odio, refiere: “La persona que cometa actos de violencia física o psicológica de odio, contra una o más personas en razón de su nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento (…) será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
A pesar de la existencia de un marco jurídico nacional e internacional que sanciona todo acto de discriminación y odio racial, las poblaciones afroecuatorianas siguen siendo víctimas de estas prácticas sociales a mano de la Policía Nacional.
Jimmy Ocles fue víctima del perfilamiento racial practica que se ve arraigada en la Policía Nacional del Ecuador, por la existencia de prejuicios y estereotipos estructurales hacia la población afrodescendiente, conlleva en muchas ocasiones a que los agentes de policiales presuman que esta población por su origen racial tiene más tendencia a delinquir, a ser “SOSPECHOSOS”.
Por ello, exigimos que:
- La Defensoría del Pueblo realice un seguimiento al Procedimiento defensorial Nro. DPE-1701-170121-308-2021- 000002 caso atención afrodescendiente Defensoría del Pueblo”, donde se indican varios exhortos y recomendaciones a las diferentes instituciones estatales para que impulsen acciones concretas encaminadas a superar las acciones de discriminación y racismo.
- La Dirección Nacional de Mecanismos de Promoción y Protección de los Derechos de los Pueblos y Nacionalidades, Indígenas, Afroecuatorianas y Montubias de la Defensoría del Pueblo se pronuncie ante este hecho, tome las medidas que correspondan para sancionar la indebida actuación de la Policía Nacional que públicamente agredieron, denigraron, torturaron y humillaron al ciudadano Afroecuatoriano Jimmy Ocles.
- El Consejo Nacional de Igualdad de Pueblos y Nacionalidades, haga la respectiva observancia al caso y continúe con el seguimiento y evaluación a las políticas públicas de su competencia, para combatir la discriminación y promover la igualdad real en pro de los titulares de estos derechos.
- La Fiscalía General del Estado preste la debida transparencia a las investigaciones del caso, que las partes reciban la misma atención en igualdad de condiciones sin perjudicar sus derechos a la defensa.
- La Policía Nacional del Ecuador desarrolle estrategias que permitan prevenir de forma temprana y oportuna cualquier tipo o situación de violencia, vulneración de derechos y perfilamiento racial hacia a la población afroecuatoriana.
Finalmente, reiteramos:
- La obligación de las entidades públicas para garantizar la reparación integral de las víctimas de delitos de odio en el Ecuador.
- Como organizaciones de la sociedad civil afroecuatoriana estamos vigilantes y alerta de todas las resoluciones que se emitan dentro del proceso.
*Integrantes de ¡EPA! Encuentro de Palenques Afroecuatorianos-Somos Semilla es fomentar el desarrollo de los jóvenes afroecuatorianos.