Inicio Noticias Presencia de militares y policías amenaza el derecho a la protesta y resistencia pacífica de la población de la Merced de Buenos Aires

Presencia de militares y policías amenaza el derecho a la protesta y resistencia pacífica de la población de la Merced de Buenos Aires

Por Voluntarix
377 views

Como organizaciones defensoras de derechos humanos y de la naturaleza, el 29 de julio de 2021, enviamos a la ministra de Gobierno, Alexandra Vela, así como al gobernador de Imbabura, Marcelo Simbaña, una carta pública en la que rechazamos rotundamente la violencia sistemática desplegada por la compañía minera Hanrine Ecuadorian Exploration and Mining S.A. contra la población de La Merced de Buenos Aires, cantón San Miguel de Urcuquí.
No hemos recibido una respuesta a dicha carta, lo que sí ha ocurrido es que el día de ayer 2 de agosto de 2021, según información de la población, arribaron a la parroquia rural de La Merced de Buenos Aires varias tanquetas y buses de militares y policías. Aun cuando se desconoce el “motivo” de militarizar el territorio, en vista de los últimos acontecimientos, se cree que pretenden usar la fuerza pública y el uso progresivo de la fuerza para dar paso a las actividades de la empresa Hanrine, en contra de la resistencia del pueblo bonaerense a las actividades mineras inconsultas.
La compañía minera Hanrine Ecuadorian Exploration and Mining S.A. ha presentado dos acciones de protección en contra del COE Cantonal de San Miguel de Urcuquí y en contra del Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional en Quito; dejando en indefensión a las comunidades de la parroquia de La Merced de Buenos Aires y a su Gobierno Autónomo Descentralizado quienes no fueron citadas ni notificadas, pese a que tienen un interés directo en las causas que fueron resueltas en Quito D.M. Esto, desconoce la jurisdicción y competencia de los Jueces de la Provincia de Imbabura. Señalamos que de ejecutar esas sentencias, dictadas a espaldas de las comunidades y que incluso una de ellas no está ejecutoriada, el Estado ecuatoriano produciría daños irreparables a las comunidades y a la naturaleza.
Cabe señalar que desde el año 2020, la población bonaerense ha denunciado que el proyecto “Imba” en la parroquia Buenos Aires es ilegal e ilegítimo. La concesión minera no fue consultada conforme manda la Constitución, en el artículo 57, numeral 7, que garantiza el derecho a la consulta previa, libre e informada, y el artículo 398 que garantiza la consulta ambiental.
Asimismo, por sus acciones de resistencia comuneros y comuneras e inclusive un asambleísta, enfrentan hasta el momento siete investigaciones penales abiertas por la empresa Hanrine y actores aliados a la misma, lo cual constituye, evidentemente, una forma de amedrentar, hostigar y obstaculizar su defensa de derechos, y demuestra el uso excesivo del derecho penal y el incumplimiento del Estado ecuatoriano con los Tratados Internacionales de DDHH que protegen a los y las defensoras de derechos humanos y de la naturaleza.
En junio, los pobladores plantearon una medida cautelar tras dos meses de resistir que la empresa Hanrine mantuviera obstruida la entrada a la comunidad con camiones, maquinaria y campamentos de más de 200 trabajadores. La medida fue otorgada por el juzgado multicompetente de Urcuquí que exigió el retiro de la empresa.
Desde las organizaciones sociales de derechos humanos responsabilizamos al juez encargado de la Unidad Judicial de Urcuquí, Marcelo Urbano, por los posibles enfrentamientos que ocurran en la comunidad, por esta decisión notificada el día de ayer, el mismo día que efectivos militares y policiales, según la población, llegaron a Buenos Aires.
Como es de conocimiento público, la población de Buenos Aires sufrió daños ambientales y violencias producto de la minería en su territorio, tal es así que el 1 de julio de 2019 se declaró estado de excepción. La justificación para ello, como se señala textualmente en el decreto, fue que “(…) se ha reconocido la presencia de más de 10.000 personas que realizan actividades de minería ilegal, situación que, a su vez, se encuentra directamente relacionada con grupos armados, bandas delictivas dedicadas a la trata de personas con fines de explotación laboral y sexual, intimidación, delitos contra la propiedad, entre otros, que afectan directamente la integridad de los habitantes de Buenos Aires así como la seguridad del Estado”3 (énfasis añadido).
Cabe señalar que los daños producidos por la entonces minería ilegal no han sido reparados. Estos hechos también los describen las y los comuneros quienes manifestaron esta situación a varios miembros de organizaciones de derechos humanos: “no se podía ir tranquilos, había prostitución, balaceras, drogadicción en los jóvenes”, señalaban que “vivían permanentemente atemorizados”.
 En su momento, la actuación del Estado para desalojar a quienes ejercían minería ilegal significó que la población pueda recobrar un poco de tranquilidad; esta situación, sin embargo, duró menos de un año, según nos fue informado. Así, los daños y afectaciones producidas en las comunidades se mantienen, no se han reparado y se han agudizado con las acciones de la empresa Hanrine al imponer a la población de Buenos Aires acciones tendientes a realizar de forma inconsulta la fase de exploración (avanzada)4 en su territorio.
La situación de violencia que aterrorizó a la población fue nuevamente sentida a finales del mes pasado, esta vez de manos de la mal llamada “minería legal”. En efecto, el martes 27 de julio de este año, en un nuevo intento de ingreso a la parroquia un poblador fue víctima de heridas de arma blanca por parte de una de las personas que pugnaba por ingresar con la empresa Hanrine.5
Esta falta, común a todos los proyectos mineros en el Ecuador, genera además responsabilidad internacional por incumplimiento de los Convenios 169 de la OIT, la Declaración de la ONU de los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007, la decisión en el caso Sarayaku v. Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2015, el principio 10 de la Declaración de Río sobre Desarrollo y Ambiente de 1992, el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, Participación Ciudadana y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales de América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú, en vigor desde abril de 2021).
Por estas razones instamos a las autoridades ministeriales y locales a poner un alto a la violencia minera y establecer un diálogo horizontal con las y los comuneros de Buenos Aires. No es posible repetir el reprochable papel de la anterior gobernadora Gabriela Jaramillo, que permitió que el conflicto social afecte a grupos vulnerables como niñas, niños, adolescentes, adultos mayores y mujeres en estado de gestación de la parroquia.
Ecuador es un Estado de derechos y justicia social por lo que la vida y el bienestar del pueblo se antepone a cualquier interés corporativo. El proyecto nacional minero no puede imponerse a sangre y fuego como si de una guerra contra las comunidades defensoras de la vida se tratara.
Rechazamos el afán de posicionar a este proyecto como la salvación del pueblo ecuatoriano en términos económicos, aun cuando no se ha realizado estudios a fondo, ni un debate público acerca de las implicaciones reales sobre los ecosistemas y los servicios que estos nos brindan, las economías locales y el impacto sobre el tejido social. Varias investigaciones6 incluso desde la perspectiva económica, advierten sobre la constante repetición de una falacia de “desarrollo” a costa del sacrificio de comunidades, ecosistemas.
Además, cabe aclarar que, sin licencia social de las comunidades del área de influencia de los proyectos mineros, no se puede hablar de beneficios y desarrollo. Y que realizar las “mesas de seguridad minera”7 sin la presencia de los defensores del territorio, las comunidades afectadas, es una clara negativa a tener espacios de diálogo y lejos de contribuir a subsanar el conflicto socioambiental lo profundizan y muestra la continua vulneración del derecho constitucional a la participación de las comunidades.
Exigimos que se garantice el derecho a la Resistencia (art. 98) a manifestarse (art. 66. 6) que tiene la población de La Merced de Buenos Aires, y que se informe a la población la razón de la presencia en Buenos Aires de fuerzas militares y policiales.
Recordamos que el despliegue de cuerpos policiales y militares solamente genera mayor tensión y conflicto, peor aún sin cumplir con los estándares impuestos por la Corte Constitucional (33-20-IN) sobre el uso progresivo de la fuerza, generando daños graves e irreparables. Se debe prohibir el uso de la violencia contra la población civil por parte de la empresa minera y las instituciones estatales.
Desde las organizaciones y colectivos que adherimos a esta alerta, nos mantenemos vigilantes ante el accionar de las instituciones estatales competentes y exigimos una investigación transparente e inmediata de los últimos hechos suscitados.
 
2 CASO-DPE-1001-100101-204-2021-2801-MG de 2 de julio de 2021 CASO-DPE-1001-100101-204-2021-2801-MG de 9 de julio de 2021 CASO-DPE-1001-100101-204-2021-2801-MG de 14 de julio de 2021 CASO-DPE-1001-100101-204-2021-2801-MG de 22 de julio de 2021
3 Decreto Ejecutivo 812 de 1 de julio de 2019.
4 https://es.mongabay.com/2021/05/ecuador-minera-denuncia-a-mas-de-60-personas/
5 https://fb.watch/v/1SqIbW6Zn/
6 Acosta, et al El festín minero del siglo XXI: ¿Del ocaso petrolero a una pandemia megaminera? (2021) 7 Denuncia de cuarta mesa de seguridad minera: https://www.facebook.com/AgenciaPrensaEC/posts/321604729635858

Post Relacionados