La Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Pichincha conformada por los jueces Eduardo Ochoa Chiriboga, Xavier Barriga Bedoya y Carlos Figueroa Aguirre ratificó la sentencia venida en grado que, en primera instancia, condenó por el delito de tortura con una pena de 10 años a David A.; y a Freddy F. por el delito de tortura por omisión con una pena de 5 años.
La audiencia de apelación por el delito de tortura cometido en contra de Ángelo Ayol, ex estudiante del Colegio Mejía, menor de edad en ese entonces, que fue detenido ilegalmente y torturado mientras se desarrollaban protestas sociales en Quito, en 2014 se instaló hoy, 10 de abril del 2019, a las 08h30, en la Sala de Audiencias No. 8, de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
Durante las casi cinco horas que duró la audiencia, la acusación particular, la Fiscalía, la parte demandada sostuvieron sus teorías del caso, explicando los argumentos de su respectiva apelación. En cuanto a la apelación de la defensa de la familia Ayol, consistía en que se otorgue disculpas públicas por parte de los dos procesados portando su uniforme en una audiencia pública y, la baja de los policías, como una sanción administrativa, dentro de las garantías de no repetición. Mientras, la defensa de la contraparte apeló a la nulidad del proceso como también a la falta de materialidad, la falta de credibilidad de la víctima y a la contradicción en sus versiones.
El Tribunal de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia, después de verificar todas las pruebas presentadas por ambas partes, decidió ratificar la sentencia del Tribunal de Garantías Penales de Pichincha emitida el 25 de septiembre de 2018. Sin embargo, no dio lugar a la apelación, tanto de la familia Ayol como la de la contraparte.
Esto se da, después de que la familia de Ángelo Ayol, así como el subteniente de la Policía Nacional, David A., y el cabo segundo de la Policía Freddy F. apelaran la sentencia dictada por el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, que condenó al subteniente, como autor directo del delito de tortura con una pena de 10 años de prisión y a cancelar 40 salarios básicos unificados como multa.; y a Freddy F. por el delito de omisión con una pena de 5 años, así como una multa de doce salarios básicos unificados del trabajador en general. Además, se ordenó que la familia Ayol Barros reciba acompañamiento psicológico permanente de parte del entonces Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Al finalizar la audiencia y tras conocer la resolución del Tribunal, la madre del joven, Alicia Barros, aseguró estar satisfecha con este resultado, ya que se logró hacer justicia después de cinco años de lucha. “Estamos agradecidos con la justicia por habernos dado la verdad y reparación que nosotros pedíamos, y por haber marcado un precedente en la lucha contra los maltratos de agentes policiales”, concluyó.
Para Pamela Chiriboga, asesora legal de la Fundación de Derechos Humanos, Inredh, se hizo justicia al lograr que el Tribunal de la Sala Penal confirme y ratifique la culpabilidad de los procesados. “Logramos probar que hubo un contexto de violencia cuando detienen a Ángelo, lo trasladan y cuando está en la Unidad de Policía Comunitaria (UPC); y logramos también probar que ellos eran responsables de todos estos hechos”, afirmó la abogada.