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Encuentro por los derechos y la justicia indígena

Por Yuli Gaona
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La Constitución del Ecuador aprobada en el año 2008, reconoció en gran medida los derechos ejercidos por las comunidades, pueblos y nacionalidades a lo largo de su existencia milenaria; para facilitar este ejercicio se ha definido al Ecuador como un Estado Plurinacional e Intercultural, lo que marcó un hito importante en la región y dio respuesta a las luchas de los movimientos sociales y ciertamente Ecuador pasó, luego de Bolivia, a ser un modelo de nuevo Estado. Al garantizar el ejercicio de los derechos colectivos, en lo que respecta al ámbito de la justicia, resalta, garantiza la existencia de la Justicia Ordinaria y la Justicia Indígena en igualdad de condiciones; es decir, garantiza de manera clara la convivencia del pluralismo jurídico.

 

Bajo el paraguas constitucional, diversas comunidades, pueblos y nacionalidades han empezado a consolidar sus sistemas de justicias, en unos casos profundizando su praxis, en otros casos se intenta recuperar prácticas que ha sido dejadas de lado, y en otros casos se intenta crear nuevas formas de estructura que posibiliten fortalecer la práctica jurídica indígena. Son diversas las acciones emprendidas, pero todas apuntan a fortalecer sus sistemas de justicia con total legitimidad.

 

La Fundación Regional de Asesoría en derechos Humanos, INREDH, consciente de la diversidad de propuestas y praxis de la justicia indígena, propone este encuentro como un aporte al dialogo interno de las organizaciones indígenas y para clarificar las formas de relación con la justicia ordinaria.

 

El dialogo propuesto se hará en base a paneles en los que participarán diversas autoridades indígenas que llevan adelante la consolidación de sistemas de justicia indígena; será un diálogo abierto, sin la intención de buscar un consenso en la praxis, pues sabemos que el mundo indígena es diverso y sus sistemas de justicia también lo son y precisamente es esta su mayor riqueza.

 

Este encuentro empezará en la tarde del día jueves, 15 de febrero, con una presentación de diversas experiencias de ejercicio de la justicia indígena que han logrado consolidarse de diversas maneras, entre ellas tendremos las siguientes:

 

PANEL 1:

¿Cuál es el rol de las Organizaciones Indígenas en la consolidación de la justicia indígena?

 

Sabemos que el rol de las organizaciones indígenas es estar vigilantes sobre la situación general de los derechos de los pueblos indígenas en el Ecuador; coordinar sus luchas para exigir al Estado el respeto de estos derechos. No puede ser diferente en el ámbito del derecho a ejercer la justicia propia, más aun cuando en el país se constata que el sistema ordinario de justicia no permite un acceso adecuado a los pueblos y nacionalidades indígenas, limita de manera inconstitucional el ejercicio de la justicia indígena, violentando estándares internacionales y la propia Constitución.

 

Sin embargo quedan algunas preguntas que realizar. La Constitución establece que el ejercicio de la justicia indígena corresponde a las comunidades, pueblos y nacionalidades; entonces, ¿cuáles son las funciones específicas de las organizaciones indígenas en el ámbito de la justicia indígena? ¿Cómo pueden aportar en el fortalecimiento de la justicia indígena de los sectores a los que representa una organización? ¿Qué responsabilidad tienen cuando se intenta limitar el ejercicio de la justicia indígena o se persigue a sus autoridades por haber ejercido este derecho?

 

PANEL 2:

Los consejos o coordinaciones de Justicia Indígena

 

¿Las comunidades por sí mismas están en capacidad de enfrentar y resolver los problemas que se presentan en la actualidad? ¿Tienen necesidad de respaldo y apoyo de otras comunidades y necesitan unirse para ejercer la justicia indígena? ¿Cómo deben ser estos procesos en caso de ser necesarios?

 

Varias comunidades han conformado consejos o coordinaciones de justicia indígena; el rol propuesto para los consejos de justicia indígena es el de apoyar a las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas para que cumplan con su papel ya que son los encargados de velar por el bienestar, la tranquilidad y la paz social en las respectivas comunidades o jurisdicciones. Existen varias propuestas y experiencias en este tema:

 

a.      Algunos sostienen para que deben existir los consejos o las coordinaciones de justicia indígena y han puesto funciones específicas para ello, incluyendo el respaldo a las comunidades

 

b.     Otros manifiestan que los consejos y coordinaciones deben constituir una estructura estatal, incluso con la facultad de vigilar que las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, cumplan con su papel de administrar justicia indígena; y,

 

c.      Muchos manifiestan que no deben existir estructuras por encima de las comunidades y estas se bastan para resolver sus problemas; manifiestan que no debería haber consejos o coordinaciones dentro del sistema de justicia indígena.

 

 PANEL 3

Coordinación y cooperación entre la justicia indígena y la justicia ordinaria en temas como: declinación de competencia, cosa juzgada y dialogo entre las autoridades de la jurisdicción indígena y ordinaria.

 

La justicia indígena, coordinará, cooperará y actuará conjuntamente con la justicia ordinaria debido a que existen casos en donde están inmersos miembros de un pueblo o nacionalidad indígena, con otros habitantes de otros pueblos y nacionalidades indígenas o con el pueblo mestizo, así lo establece la Constitución y además ordena que todas las resoluciones y determinaciones de la jurisdicción indígena (autoridades indígenas) serán respetadas por las instituciones y autoridades públicas, a la vez que dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad.

 

¿Cómo se lleva a la práctica esta norma constitucional? ¿Qué experiencias tenemos?

 

Nota:

Inredh, no cubre movilización, hospedaje y alimentación.

 

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