Inicio Nacional Primera mina a cielo abierto en la Amazonía ecuatoriana: la FIDH reclama la suspensión del proyecto

Primera mina a cielo abierto en la Amazonía ecuatoriana: la FIDH reclama la suspensión del proyecto

Por Super User
107 views

Comunicación INREDH

19/03/2012

Primera mina a cielo abierto en la Amazonía ecuatoriana: la FIDH reclama la suspensión del proyecto

 


 

Primera mina a cielo abierto en la Amazonía ecuatoriana : la FIDH reclama la suspensión del proyecto

 


 Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)
Centro de Derechos Económicos y sociales (CDES)
Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH)



Comunicado de prensa conjunto

Ver Documento en PDF

 Paris-Quito, 19 de Marzo 2012– El pasado 5 de marzo, el gobierno ecuatoriano firmó un contrato con la empresa minera Ecuacorriente (ECSA), abriendo la vía a la explotación minera a gran escala, hasta ahora inexistente en Ecuador. El próximo 22 de marzo, una marcha ciudadana conformada por comunidades indígenas, campesinas, mujeres, estudiantes y trabajadores, que desde hace dos semanas recorre el país, llegará a Quito para exigir el respeto de sus derechos y protestar contra el desarrollo minero a gran escala en Ecuador.

ECSA es una filial de Corriente Resources, empresa minera domiciliada en Canadá, controlada por capital canadiense entre 1983 y 2010, y desde entonces filial de la joint venture China Railway Construction Corporation y Tongling Nonferrous Metals Group Co. Ltd (segundo productor de cobre en China). La firma del contrato permitirá a ECSA explotar cobre en la cordillera del Cóndor en la Amazonía ecuatoriana por una inversión estimada de más de 1 700 millones de dólares estadounidenses. El principal proyecto de explotación, el proyecto Mirador, está localizado en la provincia de Zamora Chinchipe. 

En 2010, la FIDH y sus organizaciones miembro en Ecuador (CEDHU, CDES e INREDH) denunciaron el impacto probado y potencial del proyecto sobre los derechos de las comunidades locales. Asimismo denunciaron las maniobras del Estado y de la empresa para intimidar a los integrantes de las comunidades afectadas que se opusieron a los proyectos de explotación, incluyendo actos violentos por parte de las fuerzas de seguridad. Igualmente deploraron la ausencia de consulta previa a las comunidades concernidas, particularmente a las comunidades indígenas Shuar, así como la ausencia de control estatal en los procesos de aprobación de los proyectos, junto con los riesgos medioambientales ligados a los mismos y sus posibles consecuencias sobre las comunidades indígenas y locales. 

La FIDH y sus organizaciones miembro en Ecuador llaman al gobierno ecuatoriano a suspender la implementación del contrato en espera de una solución satisfactoria para las comunidades afectadas, respeta
ndo su derecho a la consulta previa, libre e informada garantizada por la Constitución ecuatoriana. En un contexto preocupante de criminalización de la protesta social, instan al gobierno ecuatoriano a abstenerse de toda acción que pueda atentar contra la libertad de expresión de los manifestantes y su derecho a la resistencia reconocido en la Constitución. 

En vísperas de la cumbre Río + 20, la FIDH y sus organizaciones miembro ecuatorianas recuerdan que es imperativo que toda política de desarrollo económico tenga en cuenta a los individuos, en particular los más vulnerables, y respete los derechos humanos y el medio ambiente. La FIDH, CEDHU, INREDH y CDES llaman también a los gobiernos chino y canadiense a respetar su obligación de proteger los derechos humanos, incluyendo por violaciones cometidas por empresas transnacionales bajo su jurisdicción yque operen en el extranjero. En este sentido, las autoridades chinas y canadienses deben exigir a las empresas implicadas la suspensión de sus operaciones, incluso a través de sus relaciones diplomáticas. 

EcuaCorriente tiene, por su parte, la obligación de cumplir con la Constitución ecuatoriana y no iniciar trabajos mientras no se hayan cumplido con todos los requisitos estipulados en la misma. De darse la explotación minera, la empresa tiene la responsabilidad de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que sus operaciones no atentarán contra la Naturaleza ni contra los derechos de las poblaciones afectadas.

 

tomado de  http://www.fidh.org/Primera-mina-a-cielo-abierto-en-la,11510

 

Post Relacionados