Mónica Vera Puebla / Inredh |
01/02/2016 |
Se cumplen 12 años de la desaparición forzada de Eduardo Guachalá |
“A mi hijo yo lo dejé en el hospital y nunca más lo volví a ver”[1]
Zoila Chimbo (madre de Luis Guachalá Chimbo)
Han trascurrido 12 años de la desaparición de Luis Eduardo Guachalá Chimbo, joven con disfunción cerebral, que fue visto por última vez el 17 de enero de 2004, en el Hospital Psiquiátrico Julio Endara de la ciudad de Quito, lugar donde se encontraba internado.
Luis Eduardo por sus problemas de salud y por sus crisis convulsivas tuvo que ser internado el 10 de enero de 2004 en el Hospital Psiquiátrico. El objetivo: mejorar su salud, sin embargo, esto no ocurrió. El 12 de enero del mismo año, su madre Zoila Chimbo acudió a visitar a Luis Eduardo al Hospital pero no pudo verlo. Según información proporcionada por los médicos, no era conveniente que lo vea debido a que los pacientes, al recibir a sus familiares, en muchas ocasiones se agitan y quieren irse con ellos”.[2]
Han transcurrido 4402 días desde la desaparición forzada de Luis Eduardo y el personal del Hospital ni el Estado ha logrado responder ¿Dónde está? ¿Qué le sucedió? ¿Quién se lo llevó? ¿Qué le hicieron?
La desaparición forzada, de acuerdo al artículo 2 de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, es considerada como “la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a recon
ocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes”.
Zoila Chimbo (madre de Luis Guachalá Chimbo)
Frente a esta situación los Estados parte de la Convención, según el artículo 1 de dicho instrumento, se comprometen a:
a. No practicar, no permitir, ni tolerar la desaparición forzada de personas, ni aun en estado de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales;
b. Sancionar en el ámbito de su jurisdicción a los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa de comisión del mismo;
c. Cooperar entre sí para contribuir a prevenir, sancionar y erradicar la desaparición forzada de personas; y
d. Tomar las medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial o de cualquier otra índole necesarias para cumplir con los compromisos asumidos en la presente Convención.
El Estado ecuatoriano ha ratificado la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas por la tanto tiene la obligación de cumplir con lo establecido en la Convención, sin embargo, en el presente caso las instituciones públicas no han realizado las acciones pertinentes con el fin de investigar, sancionar y reparar la desaparición forzada de Luis Eduardo Guachalá Chamba.
Desde el año 2004 la señora Zoila no ha logrado encontrar a su hijo a pesar haber interpuesto acciones legales con el fin que el Estado ecuatoriano responda por el paradero de Luis Eduardo quien se encontraba, al momento de su desaparición en una unidad médica estatal a cargo del Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
“A los cuantos años no hacen nada, fueron hacer el allanamientos, fueron como a buscar a un animal.[3] (Zoila Chimbo, madre de Luis Guachalá Chimbo)
Entre las acciones que presentó la madre de Luis Eduardo, según información de los Archivos de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, constan:
El 3 de febrero de 2004, la madre del paciente presentó la denuncia de la desaparición de su hijo ante la Policía Judicial de Pichincha, iniciándose así una investigación que está a cargo de la Fiscalía de Pichincha. Hasta el momento, transcurridos doce años desde que se interpuso la denuncia sin lograr encontrar a Luis Eduardo.
El 2 de abril de 2004, Inredh presentó ante la Defensoría del Pueblo una acción defensorial por la desaparición del señor Guachalá Chimbo. De esta denuncia avocó conocimiento la Dirección Nacional de la Tercera Edad y Discapacitados, sin que hasta el momento las acciones desplegadas por esa Dirección hayan tenido resultados.
El 22 de noviembre de 2004, Inredh presentó una acción de hábeas corpus ante el Alcalde del Municipio Metropolitano de Quito, haciéndole conocer sobre la desaparición. Mediante providencia de 14 de diciembre de 2004, la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Quito califica la solicitud de hábeas corpus presentada a favor del Señor Guachalá y ordena que la audiencia respectiva se realice el 15 de diciembre de 2004. El día y hora señalados para la audiencia de hábeas corpus, jamás se presentó al señor Guachalá y el Director de la Unidad de Hábeas Corpus informó al equipo jurídico de Inredh que la audiencia no se realizaría puesto que el señor Guachalá no iba a ser presentado, ya que no se encontraba en el Hospital Psiquiátrico “Julio Endara”.
El 16 de diciembre de 2004 se presentó un escrito al Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito solicitándole que resolviera la causa sin que se haya tenido respuesta alguna hasta el momento. Se ha acudido en varias ocasiones a la Unidad de Hábeas Corpus del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, con el afán de insistir que se resolviera esta acción. La respuesta ha sido que se ha archivado el expediente puesto que en este caso no se va a emitir resolución.
El 19 de abril de 2005, tras casi cinco meses desde la presentación de la acción de hábeas corpus sin que se haya dictado una resolución, se consideró que ésta ha sido negada por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito; por tanto, Inredh apeló la decisión ante el Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional en su resolución 0076 – 2005-hc estableció que no se pueden cerrar las investigaciones que tenían como finalidad encontrar al desaparecido, “ esta posición que asume esta Sala del Tribunal Constitucional, que es la de dejar abiertas alternativas válidas a los familiares del desaparecido, también se hace extensiva a la Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, y cualquier otra institución estatal que esté en la obligación jurídica de comprometer su esfuerzo para coordinar acciones entre ellas con el objetivo de dar con el paradero del señor Luis Guachalá Chimbo, sin que ninguna de ellas pueda cerrar sus procedimientos de investigación y ejecución hasta que la causa encuentre una resolución definitiva”. [4]
Lamentablemente, los recursos interpuestos en instancias nacionales no han dado resultados efectivos hasta la presente fecha. Luis Eduardo Guachalá Chimbo continúa desaparecido y ninguna institución estatal ha dado la importancia necesaria al caso.
En el año 2007, la señora Zoila Chimbo, el Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) presentan la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El primero de noviembre del año 2010 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declara admisible la petición contra el estado de Ecuador. En la actualidad se encuentra en etapa de fondo dentro de la Comisión. Su familia continúa buscando justicia.
“Lo que quiero es que haya justicia eso es lo único que pido”.[5](Zoila Chimbo, madre de Luis Guachalá Chimbo)
Se espera que el caso llegue a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y que este organismo obligue al Estado ecuatoriano investigar la desaparición forzada de Luis Eduardo Guachalá, sancionar a los responsables y reparar de manera integral a las víctimas. Mientras tanto la señora Zoila, amistades de la familia y organizaciones de derechos humanos continuaremos buscando justicia por la desaparición de Luis Guachalá.
FUENTES:
- Conversatorio «Voces Ausentes, lo que no sabemos de las personas desaparecidas», Testimonio de la señora Zoila Chimbo madre de Luis Eduardo Guachalá. Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=kxH6jg641tI
- CIDH. Petición 247-07, presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
- CIDH. Informe de Admisibilidad 141/10. Luis Eduardo Guachalá Chimbo vs. Ecuador.
- Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
- INREDH. Archivo del Caso Guachalá.
- INREDH. Boletín No. 3. El Tribunal Constitucional: Una de cal y otra de Arena el Caso Guachalá. Ver en: http://www.inredh.org/index.php?option=com_content&view=article&id=51:boletin-no-3-el-tribunal-constitucional&catid=29:boletines&Itemid=29
Testimonio de la señora Zoila Chimbo madre de Luis Eduardo Guachalá. Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=kxH6jg641tI
Petición 247-07, presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, párr. 7
Testimonio de la señora Zoila Chimbo madre de Luis Eduardo Guachalá. Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=kxH6jg641tI
Petición 247-07, presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, párr. 24
Testimonio de la señora Zoila Chimbo madre de Luis Eduardo Guachalá. Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=kxH6jg641tI